Los Equipos Psico-sociales de Andalucía al servicio de la Administración de Justicia | Julio 2018

2. Antecedentes: defensoría, administración de justicia y equipos psico-sociales

  • 2.4. Reseña del escenario judicial de desempeño de los Equipos Psico-sociales de Familia.

Dentro de este apartado, dedicado a los antecedentes de las actuaciones del Defensor del Pueblo Andaluz y Defensor del Menor en el ámbito judicial, procede realizar una breve descripción del escenario judicial en el que se integran los Equipos Psico-sociales objeto de este Informe Especial.

Es evidente que el núcleo de este Informe Especial ha de ir referido a los propios Equipos; no obstante, el relato de su situación y de los cometidos que asumen quedaría inconexo de no incluir la imprescindible referencia a la organización judicial en la que prestan sus servicios deteniéndonos en el relato de sus circunstancias y estado de situación.

Los Juzgados de Familia exclusivos que existen en Andalucía son 17. Igualmente se debe tener en cuenta que en los partidos donde no hay Juzgados exclusivos en esta materia, los Juzgados de Primera Instancia comparten dichas competencias.

Estos Juzgados de Familia están repartidos de la siguiente manera:

LOCALIDAD Nº DE JUZGADOS DE FAMILIA

Almería

1

Jerez de la Frontera

1

Córdoba

2

Granada

3

Huelva

1

Jaén

1

Málaga

3

Sevilla

5

ANDALUCÍA

17 Juzgados de Familia

 

A la hora de ofrecer el análisis de la situación de estos órganos especializados, en cuyo seno prestan su asistencia los Equipos Psico-sociales, la fuente idónea son las propias Memorias del Tribunal de Justicia de Andalucía (TSJA).

El último balance literal de las actividades de estos Juzgados de Familia indica:

“En 2017 se han ingresado 25.316 asuntos (un 21% menos que en el año 2016) y resuelto 25.316 (22% menos que el año anterior, siendo esta cifra menor que la del número de asuntos registrados), quedando 112.608 pendientes al final del ejercicio.

Del total de asuntos ingresados, un 82% corresponde a asuntos de familia, un 4% corresponde a capacidades, un 12%, a jurisdicción voluntaria y un 2% a asuntos contenciosos.

Durante el año 2017 han contado con medidas de refuerzo los Juzgados de Familia de Almería (1 Juez de apoyo temporal (JAT), compartido con los Juzgados de primera instancia), Málaga (1 JAT), Córdoba (1 JAT), Jerez de la Frontera (1 JAT), Sevilla (1 JAT) y Granada (1 JAT). En los Juzgados de Huelva y Jaén han contado con refuerzo en esta materia mediante una comisión de servicio sin relevación de funciones. Pese a ello, en todas las provincias ha aumentado la pendencia, excepto en Granada, donde se ha reducido en unos 262 asuntos aproximadamente, y Sevilla, si bien la disminución de la pendencia ha sido muy escasa, 10 asuntos”.

Tras este resumen en cuanto a los aspectos de gestión y resolución, la memoria del TSJA describe los indicadores que permiten evaluar, en el sistema de gestión judicial, las cargas de trabajo en relación con los niveles o márgenes establecidos como adecuados para los recursos personales y materiales con los están dotados estos Juzgados de Familia.

La carga de trabajo de los Juzgados de Familia de Andalucía es muy superior a la estimación óptima fijada

Estos indicadores fijan un módulo mínimo y un módulo máximo de asuntos por órgano como expresión objetiva de esa capacidad en los desempeños que tiene atribuidos. Así, este tipo de Juzgados después de años de mediciones y evaluaciones ofrece unos datos consolidados que permiten concretar la carga de trabajo objetiva que pueden atender.

Como muestra el gráfico siguiente, la estimación fijada para cada Juzgado está en torno a una entrada de 1.000 asuntos por año. En cambio la realidad de la carga de trabajo es rotundamente superior.

Sólo en Granada, la provincia con menos asuntos, la entrada de casos se aproxima a 1.600 expedientes al año, llegando en el supuesto más extremo a los 2.700 asuntos al año en el Juzgado de Familia de Jerez de la Frontera.

Tabla 1

Fuente: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

 

Concretamente, la Memoria del TSJA comenta al respecto: “La carga de entrada referencial para los Juzgados de Familia gira en torno a los 1.088 asuntos, incluida jurisdicción voluntaria y ejecución, si bien el CGPJ, a la vista de la STS (Sala Tercera) de 9 de octubre de 2014, utiliza también como criterio técnico el indicador de entrada fijado por Acuerdo del Pleno de 9 de octubre de 2003, esto es, 1.000 asuntos, excluida la jurisdicción voluntaria, por lo que dicho porcentaje o indicador se supera en los órganos judiciales andaluces de este tipo. Es necesario aumentar la actual planta, al tiempo que especializar un Juzgado de familia en Jaén, máxime al ponerse en funcionamiento durante 2018 un nuevo Juzgado de primera instancia. Mientras tanto, deberán mantenerse todas las medidas de refuerzo existentes”.

Para completar este contexto de la organización judicial en la que se adscriben los Equipos Psico-sociales, podemos ratificar esta situación con mayor trayectoria analizando los contenido de la Memoria del TSJA correspondiente al año 2016, en cuyo periodo de tiempo “se ingresaron 33.166 asuntos (un 3% menos que en el año 2015) y resuelto 32.350 (5% menos que el año anterior, siendo esta cifra menor que la del número de asuntos registrados), quedando 13.969 pendientes al final del ejercicio. Del total de asuntos ingresados, un 72% corresponde a asuntos de familia, un 4% corresponde a capacidades, un 13%, a internamientos, un 9%, a jurisdicción voluntaria y un 2% a asuntos contenciosos. En el año 2016, de manera temporal o completa, han contado con medidas de refuerzo los Juzgados de Familia de Almería (1 JAT, al 50% desde el mes de octubre), Málaga (1 JAT), Córdoba (1 JAT), Jerez de la Frontera (1 JAT), Sevilla (1 JAT) y Granada (1 JAT, hasta el mes de septiembre). Pese a ello, en todas las provincias ha aumentado la pendencia, excepto en Málaga, donde se ha reducido en unos 500 asuntos aproximadamente y Sevilla, si bien la disminución de la pendencia ha sido muy escasa, 24 asuntos. La mayoría de los asuntos de familia corresponden a divorcios consensuados (21%), divorcios no consensuados (15%), seguidos de modificación de medidas no consensuadas (12%) y medidas coetáneas e incidentes (11% cada uno)”.

Tabla 2

Fuente: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

 

El gráfico evidencia una trayectoria de sobrecarga de trabajo. En unos valores de módulo de asuntos en torno a los 1.000 casos al año, los datos que presentan todos los Juzgados ratifican una dimensión de expedientes que dobla esa previsión.

En unos valores de módulo de asuntos en torno a los 1.000 casos al año, los Juzgados de Familia de Andalucía doblan esa previsión

Debemos añadir, para situar estos datos en sus justos términos, que los módulos indicados son el resultado de un control de los asuntos que se residencian en los distintos órganos judiciales. Desde hace años, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) realiza un completo seguimiento de estos indicadores que pretenden aportar datos objetivos de cargas de trabajo y de disponibilidad de servicio según las distintas jurisdicciones, demarcaciones e instancias. Gracias a una actividad de control y verificación de estos indicadores establecidos durante décadas, el órgano de gobierno de los jueces puede fijar desde parámetros acreditados la capacidad de respuesta del Sistema Judicial ante la litigiosidad que la sociedad genera.

Decíamos en apartados anteriores que el Defensor del Pueblo Andaluz, también Defensor del Menor de Andalucía, ha desarrollado una dilatada labor de atención a las demandas y quejas que se suscitan en la materia de la Administración de Justicia. Y en una buena parte de estas reclamaciones ha quedado acreditada una carencia estructural de medios en la organización judicial.

Por ello, en no pocas ocasiones, hemos podido constatar una reiterada incapacidad del Sistema Judicial para dar respuesta en términos solventes a los derechos constitucionales a merecer una tutela judicial efectiva y un proceso sin dilaciones indebidas debido, sustancialmente, a la manifiesta carencia de órganos judiciales para dar el servicio que la sociedad requiere. De este modo, a través de frecuentes actuaciones de oficio, la Institución ha expresado ante las autoridades autonómicas responsables de Justicia que se propugnara la creación de nuevos juzgados, como medida ineludible para afrontar estas severas carencias.

Entre las argumentaciones que hemos expresado en estos casos, contenidas en los Informes que anualmente presentamos ante el Parlamento de Andalucía, destacamos las siguientes:

“Recordemos que el indicador medio que ha sido adoptado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para la tipología de estos órganos es la asignación de una ratio de entrada de asuntos al año. Entendemos, a falta de otros criterios que desmientan este indicador o ratio, que, con la situación actual de litigiosidad adscrita a las competencias del Juzgado no podrá ser ofrecida la atención y servicio que se exige de este órgano y, desde luego, no ha sido atendida en los últimos ejercicios en los que se han volcado unas cifras de asuntos perfectamente sobrepasada a sus capacidades de tramitación y de resolución.

Atendiendo a las informaciones que nos ofrecen, la creación de nuevos órganos judiciales es la medida ineludible no ya para superar la situación actual, sino para disponer de unos niveles organizativos mínimos e imprescindibles susceptibles de impartir justicia en la materia.

Las cifras que hemos tenido la oportunidad de analizar evidencian las causas de esta situación, y que expresan una manifiesta sobrecarga de trabajo. Unas cifras absolutamente dispares e inadecuadas con el módulo fijado en esa horquilla que pone su límite máximo de asuntos de entrada por año, según se establecen los acuerdos del Pleno del CGPJ.

Y hemos de añadir que la continua alusión al módulo de entrada de asuntos por año, o a otros indicadores, no deja de ser un imprescindible criterio objetivo de referencia a la hora de establecer con magnitudes medibles y objetivas la organización y funcionamiento de estos órganos judiciales. La fijación de las cargas de trabajo para los juzgados –sea cual sea su naturaleza– son un presupuesto clave a la hora de asignar una coherente disposición de medios personales y materiales que permitan, finalmente, ofrecer el servicio de juzgar y hacer cumplir lo juzgado que constitucionalmente les corresponde.

Dicho en otro sentido en términos ya empleados por este Defensor del Pueblo Andaluz; una sistemática desatención a estos módulos y la ausencia de respuestas correctivas eficaces sólo podrá acarrear una disconformidad con los niveles objetivos de los desempeños establecidos y, desde luego, la omisión de los deberes de calidad y servicio que se espera de estos órganos judiciales.

Por ello, la persistencia de la situación actual sin reacción ante estas medidas de creación de nuevos Juzgados no produce más que una manifiesta desatención ante las necesidades acreditadas, el agravamiento de los datos de pendencia y el colapso acumulado hacia los nuevos asuntos que continúan entrando.

Somos conscientes de la compleja distribución competencial que presenta nuestro sistema judicial en su conjunto. Pero, por cuanto respecta al proceso de creación de órganos judiciales que ya hemos comentado, las fases previas de estudio de propuestas y tramitación de las necesidades estimadas, desde el rigor y la adecuada metodología, merecen ser transmitidas con un especial ahínco y reivindicadas en el marco de una lealtad institucional que no empece la decidida puesta de manifiesto de estas soluciones inaplazables para que resulten justamente atendidas.

Sencillamente, porque la organización y planta de los Juzgados amenaza con no poder garantizar el derecho constitucional a merecer una tutela judicial efectiva y a un proceso con las debidas garantías y sin dilaciones indebidas, en los términos recogidos en el artículo 24 de la Constitución”.

Como decimos, las Memorias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no ha cejado de solicitar la creación de nuevos Juzgados especializados de Familia. Sin ir más lejos, el informe de gestión de 2017 solicita cinco nuevos juzgados de familia (pág. 205), tras la especialización del Juzgado de Jaén en 2016 y la creación de un nuevo Juzgado de Familia para Córdoba.

En suma, la jurisdicción civil especializada en Familia cuenta en la actualidad con 17 Juzgados en Andalucía sobre los que pesa una sobrecarga en torno al 150% más de entrada de asuntos sobre los módulos establecidos, lo que suma un volumen de expedientes que ratifican una acumulación de casos que quedan pendientes de resolver y, a su vez, dilatan la capacidad de despachar diligentemente los nuevos asuntos.

Los Equipos Psico-sociales desarrollan sus tareas en un volumen de trabajo superior al previsto a las capacidades judiciales y añadiendo sus propias carencias o dificultades

En este escenario, 21 Equipos Psico-sociales desarrollan su labor como un servicio técnico especializado de apoyo a estos Juzgados, procurando realizar sus tareas en el curso de un volumen de trabajo superior al previsto a las capacidades judiciales y añadiendo las propias carencias o dificultades que analizaremos.

La distribución territorial de los 21 Equipos de Andalucía no siempre se corresponde con el número de Juzgados de Familia en cada provincia

Por otro lado, llama la atención que la distribución territorial de los mencionados Equipos no se corresponde en todos los casos con el número de Juzgados de Familia existentes en cada una de las ocho provincias andaluzas.

Es así que en la provincia de Cádiz, los dos Equipos se ubican uno en la capital y el otro en Algeciras, no existiendo ninguno en Jerez de la Frontera a pesar de que éste es el único municipio con Juzgado de Familia de toda la provincia. Córdoba, en cambio, cuenta con tres Equipos frente a los dos Juzgados especializados en derecho de familia. Y los mismo acontece en Granada y Jaén, provincias que disponen de un número superior de estos recursos frente a los Juzgados de Familia. En sentido contrario encontramos la provincia de Sevilla al existir un menor número de Equipos (3) en relación con los Juzgados de la especialidad señalada (5).

Hemos de recordar que, en todo caso, estos Equipos deben trabajar también para los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción en aquellos partidos judiciales donde no hay Juzgados exclusivos de Familia.

 

LOCALIDAD Nº DE JUZGADOS DE FAMILIA Nº EQUIPOS PSICO-SOCIALES
Almería 1 1
Jerez de la Frontera 1 0
Algeciras 0 1
Cádiz 0 1
Córdoba 2 3
Granada 3 5
Huelva 1 1
Jaén 1 3
Málaga 3 3
Sevilla 5 3
ANDALUCÍA 17 Juzgados de Familia 21 Equipos Psico-sociales

 

Por otro lado, y atendiendo a razones de índole organizativas o estructurales es práctica habitual que la labor que desempeñan los 21 Equipos se ve complementada con aquella otra desarrollada por empresas externas mediante fórmulas de adjudicación del servicio a terceros, acorde con las normas de contratación del Sector Público.

El trabajo de los 21 Equipos se complementa con empresas externas contratadas por la Administración

Serán las Delegaciones del Gobierno de cada provincia las que determinen, en función de sus dotaciones de personal propio y en función de la demanda de las solicitudes de informes psico-sociales, qué informes y en qué momento se emiten éstos por el personal propio de plantilla o por la empresa adjudicataria del servicio.

En cuanto a la composición de los Equipos, se ha de tener en cuenta que no existe orgánicamente en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) una configuración específica de estos recursos, siendo que cada relación incluye un número de plazas de personal psicólogo y un trabajador social.

Así las cosas, cada Equipo, teóricamente, estaría integrado por un profesional de la psicología y un profesional del trabajo social bajo la dependencia orgánica de las jefaturas de Servicio de Justicia en las Delegaciones del Gobierno. En la práctica, en cambio, no siempre ocurre que ambos profesionales trabajen conjuntamente haciendo depender tal circunstancia bien del objeto de la pericial solicitada por el Juez (psico-social, social o psicológica) o bien de que se encuentre debidamente cubierta la correspondiente plaza en un determinado Equipo.