Derechos de la ciudadanía durante la COVID-19. Primera ola de la pandemia | Octubre 2020

Capítulo 2. Valoración del funcionamiento de los servicios públicos en Andalucía

 

2.2 Educación

 

2.2.1. Introducción

Uno de los ámbitos más afectados por las medidas de contención de la propagación de la pandemia ocasionada por la COVID-19 ha sido la educación. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 recoge, en su artículo 9, dos medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación. Estas medidas se concretaron, por un lado, en la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza y, por otro, en el mantenimiento de las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «online», siempre que resultara posible.

Algunos organismos internacionales como la Unesco, la ONU o la OMS no han dudado en resaltar el profundo impacto que la suspensión de la actividad docente presencial ha tenido en el ejercicio del derecho a la Educación. También han apuntado dichos organismos la necesidad de recuperar la actividad educativa para que no se incremente la desigualdad en el ámbito educativo ya existente, destacando el papel que la escuela representa como instrumento para transmitir al alumnado y al resto de la comunidad educativa información vital sobre cómo protegerse a si mismo y a sus familias.

Por lo que respecta al ámbito de la comunidad autónoma andaluza, la Consejería de Salud y Familias1 estableció la suspensión desde el 16 al 27 de marzo de 2020 de la actividad docente presencial en todo el Sistema Educativo Andaluz, conforme al ámbito de aplicación establecido en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. Seguidamente la Consejería de Educación y Deporte, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 3.6 de la señalada Ley de Educación, dictó una Instrucción2 con el objeto de favorecer la continuidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje y garantizar la organización y funcionamiento de los centros durante el periodo de suspensión de la actividad docente presencial como consecuencia de las medidas establecidas a raíz del virus COVID-19.

Conforme a esta Instrucción, se dejaba en manos de los centros educativos, con fundamento en el ámbito de su autonomía, la misión de adoptar las medidas para garantizar la continuidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje y la coordinación docente, atendiendo entre otras, a la edad del alumnado, la tipología del centro, la etapa y el tipo de enseñanza. Por su parte, los equipos docentes fueron designados como los encargados de adaptar las tareas y actividades de manera que pudieran ser desarrolladas por el alumnado en su domicilio.

 

2.2.2. De un modelo asistencial a otro telemático

Así las cosas, de un día para otro, se produce un cambio radical en sistema de enseñanza, pasando de un modelo presencial a otro telemático, lo que obligó al profesorado y a los equipos directivos a desarrollar la ardua y titánica tarea de poner en marcha una nueva modalidad de transmisión de conocimientos a distancia a través de aplicaciones interactivas, clases online, videoconferencias, etc. Y todo ello combinando estas nuevas actividades con las clásicas del encargo de tareas y deberes de seguimiento.

La enseñanza telemática, por tanto, se debió implantar de forma apresurada y sin la necesaria y adecuada planificación, generando con ello importantes vicisitudes y no pocos problemas en el desarrollo de las actividades educativas que debían desarrollar el alumnado desde sus casas. La puesta en funcionamiento de esta nueva modalidad de enseñanza, probablemente por la premura con la que debió ser adoptada, no fue acompasada de unas pautas o instrucciones detalladas y claras sobre cómo debía desarrollarse este novedoso proceso de enseñanza-aprendizaje online en el Sistema educativo andaluz. Esta ausencia de directrices ha sido, a nuestro juicio, una de las principales razones por la que el buen desarrollo de las actividades escolares para el alumnado haya estado condicionado en gran medida por la motivación del profesorado y por la implicación de los equipos directivos de los centros docentes.

La descripción de este escenario no obsta para que debamos reconocer el trabajo que la Consejería de Educación y Deporte ha llevado a cabo desde el día en que se decretó el cierre de todas las aulas de Andalucía, y las sucesivas prórrogas. Un trabajo que ha tenido como objetivo garantizar los medios adecuados para que en unas circunstancias tan excepcionales como las vividas durante el confinamiento se pudieran continuar impartiendo las distintas enseñanzas y materias curriculares. Nos referimos, por ejemplo, a medidas como el reforzamiento de la plataforma Moodle Centros para que alcance a la comunidad educativa y el profesorado pueda impartir docencia online; adaptación y ajustes del Sistema de Información Séneca para absorber la demanda; o el refuerzo de la atención en las plataformas educativas digitales y publicación del espacio web eAprendizaje.

Por otro lado, la disparidad en el desarrollo de la enseñanza telemática quedó reflejada en las reclamaciones que los ciudadanos presentaron ante la Defensoría. Fueron muchas las quejas de familias que se lamentaban de las graves dificultades encontradas para que sus hijos pudieran seguir el proceso educativo por la elevada carga de trabajo impuesta a los alumnos. Y, en sentido contrario, también se recibieron reclamaciones de familias por lo que consideraban una dejadez de funciones del centro docente ya que las tareas escolares impuestas eran totalmente insuficientes para un adecuado desarrollo y evolución del proceso de enseñanza.

Así las cosas, mientras que algunos alumnos tuvieron perfectamente planificadas, controladas y supervisadas sus tareas escolares, pudiendo continuar con su proceso de aprendizaje vía telemática; otros, por el contrario, se debieron conformar con recibir propuestas generales de actuación, sin una planificación reglada, y sin la necesaria supervisión del centro escolar, dependiendo el desarrollo de las tareas de la voluntad pero sobre todo de la disponibilidad de padres y madres.

Esta situación puso en tela de jaque a muchas familias que no dudaron en criticar la dificultad para adaptarse a criterios cambiantes, la multiplicidad de plataformas y canales para la docencia, aparte de los problemas para conciliar su trabajo con el necesario apoyo educativo a sus hijos, sobre todo en Infantil y Primaria donde los alumnos son menos autónomos. Para muchos padres y madres ha sido una auténtica odisea compaginar el teletrabajo con su labor de ayuda y seguimiento de las tareas escolares, especialmente en el caso de las familias más numerosas.

Por otro lado, el profesorado y los equipos directivos debieron desarrollar una ingente labor de adaptación para desempeñar sus cometidos de forma eficiente. No faltaron los lamentos de quienes tienen encomendada la importante tarea de enseñar como consecuencia de la ausencia de instrucciones claras y criterios unificados para abordar la actividad docente durante el cierre de las aulas. Ello les provocó un sentimiento de abandono y cansancio. A lo largo de toda la fase de confinamiento los medios de comunicación se hacían eco de la necesaria improvisación a la que debían ir recurriendo el profesorado para hacer posible la continuidad del proceso educativo.

Aprovechamos estas páginas para reconocer públicamente el enorme esfuerzo realizado por los profesionales de la educación para dar continuidad a los procesos de enseñanza-aprendizaje a través de medios telemáticos en unos momentos ciertamente difíciles y convulsos. Vaya desde aquí nuestro agradecimiento.

En otro orden de cosas, los criterios para la evaluación de las enseñanzas impartidas de forma telemática, o mejor dicho, la ausencia de esos criterios en tiempo, generó también incertidumbre en la comunidad educativa. El problema surge porque, a finales del mes de marzo, la Administración educativa todavía no había ofrecido indicaciones sobre cómo habría de realizarse la evaluación del segundo trimestre del curso, ni tampoco respecto de las actividades a realizar por parte del alumnado durante el periodo en el que estuviera suspendida la actividad docente presencial.

Este asunto se solventó con la publicación de otra Instrucción3 donde se recogía, entre otros principios, que se primaría el repaso y la recuperación sobre lo trabajado en los dos primeros trimestres del curso, poniendo el foco en los aprendizajes imprescindibles; y se avanzaría en lo previsto en las programaciones para el tercer trimestre, cuando sea posible para el alumnado, y se considere que beneficiará su promoción académica. Una vez más, la norma recurre al principio de autonomía pedagógica y organizativa de los centros, para la planificación y el desarrollo de la actividad en este nuevo contexto de aprendizaje, así como para la toma de decisiones.

 

2.2.3. Brecha digital en la educación

Pero, sin duda, uno de los principales problemas derivado del cierre de las aulas y el establecimiento de las enseñanzas de forma telemática ha sido que una parte del alumnado no dispone en sus hogares de los medios y recursos tecnológicos necesarios y adecuados para desarrollar la actividad lectiva de manera virtual.

Esta realidad evidencia, con toda su crudeza, la existencia, ya anterior a la pandemia, de una brecha digital sufrida por la población más vulnerable, o lo que es lo mismo, una brecha social que ahora se manifiesta de esta manera, y que pone de relieve la necesidad de implementar las medidas adecuadas para paliar esta lacra que, una vez más, golpea a quienes se encuentran en una situación económica y social más precaria. Es cierto que esta brecha digital entre el propio alumnado ha venido preocupando desde hace tiempo, sin embargo, es en estos momentos cuando sus negativos efectos se han hecho más evidentes y sus soluciones más necesarias.

El éxito de este novedoso sistema de enseñanza telemática impuesto tras el cierre de las aulas se encontraba condicionado, qué duda cabe, por la conectividad en las viviendas del alumnado y por las competencias digitales. Pero, lamentablemente, ni todos los hogares disponen de conectividad o con la adecuada calidad; ni todas las familias disponen de los dispositivos electrónicos necesarios para que niños y adolescentes desarrollen de forma telemática las actividades educativas impuestas por la escuela.

Ante esta realidad, fueron varias las iniciativas promovidas mayoritariamente por algunos ayuntamientos, en coordinación con los centros docentes, para facilitar ordenadores o tablets y conexiones a internet con el propósito de que ningún alumna o alumna se quedaran atrás. Pero estas iniciativas –impagables– no dejan de representar una mínima parte de un problema de gran importancia, tanto cuantitativa –puesto que son miles los hogares con niños y niñas en toda Andalucía que no tienen acceso a la enseñanza telemática–, como cualitativa –en cuanto a la calidad de la enseñanza que recibirán aquellos que no cuentan con esta posibilidad–.

Además de ello, hemos de tener presente las particulares circunstancias de cada familia, y las dificultades en las que se encuentran, como ya hemos señalado, para poder ofrecer a sus hijos e hijas la ayuda y el apoyo que necesitaban.

Para ilustrar esta realidad podemos citar algunos ejemplos. Es el caso de una familia compuesta por los progenitores y dos menores, el padre trabajaba de sol a sol; la madre, auxiliar de ayuda a domicilio, trabaja cinco horas de lunes a viernes y algún sábado; los niños, una pequeña de cinco y otro de diez, pasaban la mañana con su tía y dedicaban la tarde a ponerse al día con los deberes de la escuela, para lo que únicamente contaban con el teléfono móvil de la madre, así que no tenían con qué seguir la rutina escolar. Debían turnarse para utilizar el móvil, y a esta falta de material para seguir el día a día de la educación a distancia suman otro problema: ayudar en los deberes, para lo que los progenitores no se encontraban capacitados.

También señalamos como ejemplo la situación de una familia compuesta por la madre y sus tres hijos de cuatro, ocho y diez años, respectivamente, que van al mismo centro. El problema se multiplicaba, de esta manera, por tres. La progenitora alegaba que en su casa no dispone de medios para que sus hijos siguieran las clases, más que nada, por el mero hecho de que tenían el mismo horario lectivo, pero no tres ordenadores. Ella había tratado de conseguir las tareas para sus hijos a través del móvil o fotografías, pero con la obligatoriedad de acceder a los libros establecida posteriormente, según comunicó el centro docente, a través del portal de Anaya, no podría realizar dicha actividad. De hecho, fue clara con la maestra de uno de sus hijos y le había dicho que no quedaba otro remedio que suspenderlo, puesto que no podría realizar las tareas una vez que estas tuviesen que efectuarse a través de libros digitales.

En este contexto, la Defensoría ha reclamado que se establezca como objetivo prioritario para las Administraciones públicas procurar los medios adecuados a aquellos hogares en los que no se dispone del material informático o dispositivos adecuados y suficientes, o conexión a la red de internet, para garantizar a todos los alumnos y alumnas el acceso y disfrute de su derecho constitucional a la educación en igualdad de condiciones que el resto del alumnado que sí dispone de estos medios.

Sin perjuicio de lo anterior, se inició una investigación de oficio ante la Consejería de Educación para conocer las medidas concretas implementadas por la Administración educativa para evitar la “desconexión” que sufre el alumnado afectado por las circunstancias descritas, así como las medidas de apoyo que posteriormente va a requerir para no sufrir el desfase en el aprendizaje respecto del alumnado que sí ha tenido acceso a la enseñanza telemática desde el inicio del confinamiento (queja 20/2575).

En respuesta a esta investigación, la Administración educativa señaló que, conscientes de la problemática y de la importancia de que el alumnado pudiera continuar su actividad formativa, facilitó un total de 7.401 tablets y 7.871 tarjetas SIM para la conexión a internet, priorizando el reparto de este material entre el alumnado matriculado en centros que estén desarrollando planes de compensación educativa, en centros ubicados en zonas de la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social-Intervención en zonas desfavorecidas en centros determinados con un índice socio cultural 1, y también la priorización al alumnado en curso de finalización de etapa.

Además de la medida indicada, se alude por la Consejería de Educación a la puesta en marcha del programa “El cole en casa con la banda”, una iniciativa realizada en colaboración con Canal Sur que ha tenido como objetivo reforzar el apoyo y la atención educativa a todo el alumnado de educación Infantil y Primaria que se encontraba en sus viviendas por el confinamiento. Especialmente esta iniciativa habría beneficiado a los niños y niñas que mayores dificultades han tenido para acceder a recursos telemáticos.

Para paliar este problema, y de cara al recién iniciado curso 2020/2021, la Administración educativa ha puesto en marcha una iniciativa denominada «transformación digital»4. Un concepto que incluye actuaciones dirigidas a la mejora y modernización de los procesos, procedimientos y hábitos de las organizaciones educativas y de las personas que, haciendo uso de las tecnologías digitales, mejoren su capacidad de hacer frente a los retos de la sociedad actual. Teniendo en cuenta su inminente implantación, esta Defensoría prestará una singular atención al desarrollo de la señalada iniciativa, así como a los recursos asignados para su puesta en funcionamiento y desarrollo.

 

2.2.4. Las TIC para una educación inclusiva

Continuando con este asunto, hemos de resaltar, por otro lado, el protagonismo que han adquirido las Tecnologías de la información y comunicación (TIC) para el proceso de inclusión educativa del alumnado con necesidades educativas especiales. Un alumnado, no lo olvidemos, expuesto aún a mayor vulnerabilidad y desigualdad en el acceso a su educación en las especiales circunstancias tras la suspensión de la presencialidad en las aulas.

Ciertamente las TIC se han considerado como una herramienta muy valiosa, dado el papel que pueden desempeñar en el desarrollo de una educación flexible e individualizada, evitando las limitaciones de los sistemas tradicionales y ofreciendo un canal más sencillo de acceso a las fuentes de conocimiento y formación, al mismo tiempo que facilitan un aumento de la autonomía, una mejora de la integración social y la comunicación interpersonal del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

La suspensión de la actividad educativa para este tipo de alumnado desde que se acordó el cierre de los centros docentes, si no se potencia el seguimiento de su proceso por vía telemática, puede conllevar a una desconexión del ámbito educativo. Una desconexión que de prolongarse en el tiempo incrementa el riesgo de fracaso escolar y abandono temprano del Sistema educativo. Si el acceso a las TIC de este alumnado se muestra imprescindible en una situación de normalidad, en las especiales circunstancias derivadas de la suspensión de las clases presenciales, se convirtió en irrenunciable para seguir avanzando en su educación. Caso contrario, estos niños y niñas se verán afectados por una doble exclusión y marginación.

Y en este ámbito de la educación especial debemos señalar las vicisitudes acontecidas en el proceso de enseñanza del alumnado con discapacidad auditiva. Conocimos que durante la suspensión de las clases de forma presencial por el coronavirus, estos alumnos no estaban recibiendo de manera telemática el apoyo imprescindible de los intérpretes de lengua de signos.

Estos profesionales son contratados a través de la adjudicación de la prestación del servicio a la empresa con la que mantienen la relación laboral. Desde que se decretó el estado de alarma, a las intérpretes –en su mayoría mujeres–, se les estuvo facilitando información contradictoria sobre su situación laboral, ya que, al parecer, la Agencia Pública Andaluza de Educación (APAE) no concretaba las medidas que debían seguir para continuar desarrollando sus cometidos. Después fueron informadas por su empresa de que no se iba a proceder a ningún tipo de ERTE porque se mantendrían sus puestos de trabajo, sin embargo, cuando preguntaron cómo y qué medios se les iba a facilitar para continuar con su actividad de manera telemática la Agencia Pública informó de que no podían ejercer su actividad porque sus contratos se encontraban “suspendidos”.

Al parecer, la Administración contratante habría facilitado a la empresa la partida necesaria para que pudiera abonar las nóminas a las intérpretes a pesar de tener su actividad paralizada. Pero, paradójicamente, el alumnado con discapacidad auditiva, que debía continuar con sus obligaciones formativas, seguía sin poder acceder a este servicio indispensable. Y ello porque la Junta de Andalucía había equiparado todos los servicios externalizados sin distinguir entre los que son prescindibles durante el estado de alarma, como el comedor o el transporte escolar, y los que son irrenunciables, como la interpretación de la lengua de signos española, tal como se concibe en la Ley 11/2011, de 5 de diciembre, por la que se regula el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y con sordoceguera en Andalucía.

En este contexto, iniciamos una investigación de oficio ante la Consejería de Educación para conocer con exactitud la situación del alumnado con discapacidad auditiva así como las medidas que se van a adoptar o, en su caso, ya se hayan adoptado, para posibilitar que aquel siga recibiendo el apoyo de los especialistas en lenguaje de signos (queja 20/2615).

La respuesta obtenida confirma la ausencia del servicio de intérpretes de signos en estas especiales circunstancias. En efecto, la Agencia Pública Andaluza de Educación procedió, en cumplimiento de la Instrucción de 13 de marzo de la Viceconsejería de Educación y Deporte, a la suspensión de todos los contratos de servicios educativos que gestiona durante la suspensión de la actividad docente presencial, incluidos los intérpretes de lengua de signos, habiéndose recibido instrucciones específicas de reanudación del servicio por parte de la Consejería de Educación. En cualquier caso, para la prestación telemática de dicho servicio hubiese sido necesario formalizar nuevos contratos ya que se necesitarían, por parte de las empresas adjudicatarias, determinados medios de teletrabajo para su personal cuyo coste no se incluía en los contratos iniciales.

 

2.2.5. Nuevo escenario para el curso escolar 2020/2021

Y si este era el panorama descrito en el pasado curso escolar, sin duda, el más inédito de la historia reciente, son muchas las dudas, temores e inquietudes que se cernían de cara al comienzo del curso escolar 2020/2021, previsto para mediados del mes de septiembre. Un curso cuya vuelta presencial a las aulas y su continuidad viene condicionada por la evolución de la pandemia, es decir, el número de rebrotes que aquella y durante su desarrollo se fuesen detectando.

Ciertamente el curso escolar 2020/2021 se presentaba también con muchas incertidumbres y grandes retos a superar: dispositivos suficientes para que todo el alumnado pueda seguir las enseñanzas de forma telemática en caso de que no fuera posible el reinicio de forma presencial, inversión en infraestructuras y personal, revisión del curriculum, o mayores recursos para el alumnado con necesidades educativas especiales, entre otros.

A lo anterior habría que añadir el escepticismo de muchos profesionales de la docencia y equipos directivos que se mostraban preocupados y molestos con una administración educativa que, en su criterio, se habría amparado, durante el curso 2019-2020, en la autonomía de los centros para no aportar soluciones a los múltiples problemas surgidos durante el confinamiento, ni tampoco recursos, o la realización de inversiones necesarias para cumplir de cara al futuro con las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias para evitar los contagios del coronavirus en el ámbito escolar.

Los problemas para el curso 2020/2021 comenzaron con la formalización de las matrículas. Conocimos, a través de las consultas recibidas en nuestro Servicio de atención e información a la ciudadanía, a través de las redes sociales y por las numerosas noticias aparecida en la prensa, que miles de familias no podían matricular a sus hijos e hijas en sus respectivos centros docentes por problemas técnicos sufridos en los servidores de la Secretaría Virtual de la Junta de Andalucía.

A pesar de que tras detectarse las incidencias iniciales se procedió por la Administración educativa a triplicar la capacidad de dichos servidores, este hecho no evitó que persistieran los problemas de colapso en la red, de modo que en muchas ocasiones los usuarios debieron estar varias horas intentando acceder a la matriculación online sin poder conseguirlo.

Dado que el plazo de matriculación concluía el lunes día 8 de junio, las familias se encontraban desconcertadas porque finalizado el mismo no hubieran podido formalizar las matrículas, desconcierto que compartían los propios centros docentes, algunos de los cuales aconsejaron a las familias que se acercaran al centro a formalizarla de manera presencial, que era precisamente lo que se trataba de evitar, esto es, que padres y madres se desplazaran a los colegios.

Ante tales hechos, iniciamos una investigación de oficio con la Administración educativa para comprobar las medidas adoptadas para solventar los problemas técnicos citados, así como sobre la posibilidad de prorrogar el plazo de matriculación en el caso de que no se pudieran resolver los problemas surgidos con la celeridad que requiere la premura de dichos plazos (queja 20/3528).

Pero la principal preocupación de toda la comunidad educativa se centra en la organización del curso académico 2020/2021 para cumplir con las medidas impuestas por las autoridades sanitarias para evitar los contagios del COVID-19 en las escuelas. La evolución de la amenaza para la salud pública de la pandemia obligaba a anticipar las medidas que deben regir el ejercicio educativo. Con el propósito de crear un entorno escolar seguro tanto para el alumnado como para el profesorado, se han debido adoptar medidas de distinta naturaleza de cara a la vuelta a las aulas. Estas medidas han sido recogidas en unas Instrucciones de la Viceconsejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía5, de 6 de julio, elaboradas conforme a los criterios y directrices dictadas por las autoridades sanitarias6.

Dichas instrucciones, desglosadas en 22 aspectos, han sido comunicadas y difundidas a los distintos centros educativos afectados por las mismas, a fin de estudiar sus contenidos y disponer de las medidas organizativas propias de cada centro en el marco de tres principios de actuación: entorno escolar seguro; autonomía y flexibilidad organizativas; y actividad docente presencial.

Podríamos resumir el mencionado proceso emprendido de cara al curso 2020/2021 en base a unos principios previos y comunes que se han fijado desde la autoridad educativa. Dichos principios deberán aplicarse en cada centro en el marco de esas capacidades de autonomía y flexibilidad y desplegarse con una relación de medidas específicas desde cada colegio o instituto función, lógicamente, de la evolución de la situación sanitaria. De este modo, cada centro docente ha debido elaborar su propio protocolo de medidas, con una serie detallada de aspectos de obligada regulación y que se han incluido formalmente en cada Plan de centro.

Sin embargo, la puesta en práctica de algunas de estas actuaciones está resultando ciertamente complicada teniendo en cuenta las posibilidades materiales y logísticas de muchos centros educativos. La antigüedad de los inmuebles donde se ubican algunos colegios e institutos, la escasez de espacios en los mismos o la insuficiencia de personal, son algunos factores que convertirán en una utopía el distanciamiento social exigido por las autoridades sanitarias.

Sobre este asunto, las protestas de algunos equipos directivos de los centros no se hicieron esperar. Considera dicho colectivo que no puede recaer sobre el mismo toda la responsabilidad del desarrollo de las medidas establecidas por las autoridades sanitarias para una vuelta segura a las aulas, tanto para el alumnado como para el profesorado, sin que se les faciliten los recursos necesarios para su correcta implementación.

Argumentan también que las instrucciones impartidas por la Administración educativa han generado más confusión que certezas y desconocían –en el mes de julio– el personal extra con el que contarían al inicio del curso en septiembre, lo que dificultaba los planes de organización. La falta de espacio en las aulas para cumplir con el distanciamiento social, insuficientes porteros para habilitar varios accesos en las salidas y entradas, y comedores con escasa superficie o demasiados usuarios para dividirlos en más turnos y permitir la separación, y un sinfín de elementos más, son realidades presentes en un elevado número de centros docentes andaluces que dificultan o imposibilitan la adopción de las medidas impuestas.

Desde que se publicaron las Instrucciones de la Viceconsejería de 6 de julio, la Institución ha sido testigo del malestar de diferentes miembros de la comunidad educativa por los problemas derivados de las vicisitudes de tipo organizativo en el sentido comentado. Un nuevo sistema de organización de colegios e institutos que va a suponer para el personal docente, de apoyo y la plantilla del resto de servicios un sensible aumento de funciones que afectará al ámbito de sus actuales responsabilidades, al menos como estaban definidas antes de la «nueva normalidad».

Del mismo modo, el entorno de apoyos y refuerzos que se proclaman desde la Administración educativa para la consecución de los fines aludidos ha generado iniciativas entre los equipos de los centros para anticipar esos posibles recursos añadidos en materias como los servicios complementarios de limpieza y desinfección, o de otras funciones que son aportadas por las autoridades municipales. Tampoco en esta particular responsabilidad local, a escasos días del comienzo de las clases, se habrían concretado las efectivas disponibilidades de refuerzos que se deberán aplicar de un modo generalizado o programado. Más bien, los ejemplos que hemos conocido vienen a reiterar las trabas y carencias que pesan en los servicios municipales que anticipan sus propias dificultades para aportar su alícuota parte de esfuerzo, y refuerzo, ante el nuevo curso escolar.

En esta compleja situación se venían produciendo anuncios por las autoridades educativas de medidas de incremento de personal docente con unos contingentes muy destacados de plazas (se llega a hablar de 6.300 contrataciones) que, aunque provocaba una innegable expectativa, no terminaban por concretarse en destinos específicos que vendrían a facilitar las labores de estudio y distribución de esfuerzos que en estos precisos momentos, y que no mucho después, se debían reflejar en los planes, protocolos y medidas que se redactan en estas fechas anticipadas.

Nos encontrábamos ante una situación en la que los protagonistas del Sistema educativo evidenciaban, como en pocas ocasiones, la fragilidad ante un reto de la vida docente del inminente curso en el marco de una amenaza sanitaria que deben obtener en las funciones públicas la mejor garantía para decidir esas medidas de protección para la salud de todos los colectivos, procurando las condiciones más acordes con sus intereses superiores.

En suma, una difícil situación para el alumnado y no menos delicada responsabilidad de los integrantes del ámbito educativo. Además, este enorme reto, por su dimensión y ausencia de precedentes, implica a las facetas más delicadas y comprometidas del Sistema, como son la educación compensatoria y la educación especial.

Teniendo en cuenta la trascendencia social del asunto, el titular de la Institución realizó unas declaraciones públicas solicitando que se escuche a la comunidad educativa en este trascendental proceso para llegar a un consenso. Es evidente que en las actuales circunstancias, cuando el virus amenaza de forma continuada, van a existir problemas y dificultades, al igual que ocurre en el resto de sectores, pero se trata de construir soluciones en base a un consenso.

Asimismo el Defensor demandó públicamente de la Consejería de Educación y Deporte que clarificara las instrucciones impartidas para la vuelta a las aulas y diera certidumbre en el reparto de recursos de los que iban a disponer los equipos directivos de los centros para cumplir con las medidas impuestas por las autoridades sanitarias. También abogó por que no se escatimen dichos recursos y que no se repita la situación padecida durante el confinamiento, con efectos devastadores para la educación como consecuencia de la brecha digital. Concluyó su declaración el Defensor solicitando coordinación entre la Administración educativa, los ayuntamientos y docentes y pidió expresamente generosidad a toda la comunidad educativa para que hagan un esfuerzo de entendimiento ante esta nueva situación.

Sin perjuicio de dichas declaraciones, el panorama incierto en aquel momento justificó por parte de esta Defensoría una investigación de oficio para conocer las iniciativas adoptadas por la Administración educativa para promover actividades de clarificación de las instrucciones dictadas entre los profesionales destinatarios; los dispositivos o canales de consulta y apoyo en la adopción de los criterios organizativos para los centros; y la asignación específica por centro del repertorio de medios de refuerzo personal y material anunciados (queja 20/4797). También se mantuvo en el mes de agosto una reunión de trabajo entre el titular de la Institución y el Consejero de Educación para poner de manifiesto todas las vicisitudes que se estaban produciendo en torno a la vuelta a las aulas.

En respuesta a la investigación de oficio recibimos un documento recopilatorio de «un decálogo para una vuelta al cole segura» cuyos principios básicos giran en torno a la responsabilidad compartida; participación diálogo y compromiso; coordinación; información y formación; recursos personales; recursos y materiales; flexibilización; organización; servicios complementarios; y documentación. Este documento contiene, en base a cada uno de los principios señalados un conjunto de respuestas a las diferentes dudas y cuestiones planteadas por las personas a las que se encomienda las funciones de dirección de los centros docentes.

Nadie sabe con exactitud a dónde nos llevará esta crisis sanitaria inédita y sin precedentes. Tenemos muchas más dudas que certezas. Parece que el fin de la pandemia está condicionado a los avances venideros en la medicina. Pero hasta que ello ocurra, hasta que se encuentre la vacuna contra el virus o un medicamento que permita su tratamiento el Sistema educativo debe responder a la «nueva normalidad».

En los primeros días del mes de septiembre comienza el curso 2020/2021 de forma presencial, confirmándose las incertidumbres que se cernían en los meses estivales sobre su desarrollo. Unos días antes del inicio recibimos en la Institución un ingente número de quejas de familias mostrando su preocupación y desasosiego por tener que llevar a sus hijos a los colegios sin que previamente se les hubiera garantizado un entorno seguro. Este temor se hace más patente en el caso del alumno vulnerable por padecer patologías previas que podrían complicarse de forma grave en caso de ser infectados por la COVID-19. Las quejas también reflejan el miedo a que el alumno que no padece patologías previas pudiera contraer la enfermedad y contagiarla a algún miembro de la unidad familiar con una grave enfermedad. En otros casos, se cuestiona por padres y madres la necesaria presencialidad en las aulas y abogan por las enseñanzas telemáticas apelando para ello a sus facultades inherentes a la patria potestad para decidir esta cuestión. En estos casos, muestran su desazón con el hecho de que la no asistencia sea considerada como un supuesto de absentismo escolar según declaraciones de la propia Fiscalía.

Desde luego no podemos por menos que compartir la preocupación de las familias, que se suma a la de muchas personas, con responsabilidades de distinto tipo, en relación con el inicio del nuevo curso educativo 2020/2021 ante los riesgos de la pandemia. Desde luego, la prevención reclamada es perfectamente comprensible en relación con las necesidades de seguridad para toda la comunidad educativa en este complejo escenario.

El mensaje que deseamos transmitir desde esta Institución, como Defensor del Menor de Andalucía, es que el curso escolar 2020/2021 debe desarrollarse de forma presencial con normalidad dentro de la excepcionalidad, con el consenso, la responsabilidad y la generosidad de toda la comunidad educativa, y siempre velando por el interés superior del menor.

En efecto, abogamos por la presencialidad del alumnado en las aulas. Ese sistema presencial se adopta, en el marco de un amplio consenso de las autoridades educativas españolas y de los países de nuestro entorno europeo, para garantizar el aprendizaje en condiciones de equidad, evitando las desigualdades puestas de manifiesto con la enseñanza virtual sobrevenida tras la declaración del estado de alarma y para garantizar el ejercicio de otros derechos del alumnado imprescindibles para su desarrollo integral (juego, participación socialización, etc.). Desde luego también contribuye la presencialidad a la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias así como a la reactivación de la maltrecha economía provocada por la crisis sanitaria.

Es evidente que esta modalidad de enseñanza debe ir precedida inexcusablemente de la adopción de todas las medidas necesarias para garantizar el derecho a la salud del alumnado, del profesorado y del resto de personal que presta servicios en los centros docentes, adoptando para ello todas las medidas de prevención y protección. Se trata de crear un «entorno escolar seguro». Se trata de cumplir de forma rigurosa con todas y cada una de las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias, invirtiendo a tal fin todos los recursos personales y materiales necesarios, incluyendo la contratación de personal docente y de apoyo.

En este contexto, una de las medidas más demandadas por las familias es la reducción de las ratios en las aulas. Es evidente que atendiendo a las peculiaridades de cada uno de los centros, esta opción no siempre es posible y viable. Recordemos que el Gobierno de la Nación recomendó que la ratio sea de 20 alumnos para Primaria aunque no se ha pronunciado, al menos de momento, sobre el número de alumnos en Secundaria.

Conocemos, tal como se ha dejado constancia en este documento, que la ubicación y características arquitectónicas de los inmuebles de muchos colegios e institutos hacen imposible disminuir la ratio ya que ello exige la existencia no solo de más personal docente, sino de espacio para poder impartir las clases. Pero este reto, en muchas ocasiones, puede tener solución. Una solución que se concreta en la colaboración con las corporaciones locales, las cuales pueden ofrecer espacios alternativos existentes dentro del municipio donde impartir las clases. Sin embargo, esta interesante y ardua tarea de coordinación con las corporaciones locales no se ha realizado directamente por la Administración educativa sino que se ha encomendado a los equipos directivos, con fundamento, una vez más, en el principio de autonomía de los centros.

Mención especial debemos realizar para la atención del alumnado con enfermedades graves o crónicas o que conviven con familiares que padecen estas enfermedades, y para los cuales contraer la COVID-19 puede agravar dichas patologías previas. Para estos casos la Institución demanda que conjuntamente las Administraciones sanitaria y educativa elaboren unas directrices claras y precisas en las que se determinen las condiciones necesarias para garantizar la presencialidad de estos alumnos en las aulas o, en caso de que resultara inviable, garantizar su proceso de enseñanza a través del sistema telemático cuando las condiciones del centro o la evolución de la pandemia así lo aconsejen.

Por otro lado, hemos de tener en cuenta, como se ha señalado, que cualquier decisión que se adopte respecto de la vuelta a las aulas ha de estar presidida por el interés superior del alumno y, con carácter general y por las razones expuestas, este se manifiesta con la enseñanza de forma presencial. Por ello el interés superior del alumno no puede quedar supeditado a la voluntad de los padres de no llevar a sus hijos a los centros docentes. Insistimos en que es comprensible el temor y la incertidumbre de las familias ante un panorama tan sumamente delicado e incierto. Sin embargo, evitar llevar al niño al colegio por miedo al contagio no parece ser, por sí sola, una razón suficiente para privar a aquel de su derecho fundamental a la educación, por muy bienintencionada y humanamente comprensible que sea la decisión.

Sin perjuicio de las consideraciones generales expuestas en este documento, desde que ha comenzado el reciente curso venimos tramitando quejas a nivel individual referentes a colegios o institutos donde, por unas razones u otras, no se puedan cumplir o no se está haciendo con todas las medidas de seguridad impuestas. Muchas de ellas denuncian la inexistencia del personal de apoyo prometido por la Administración educativa acorde con estas medidas de seguridad y que debería estar prestando sus servicios desde el primer día del inicio del curso escolar.

En todo caso, la presencialidad del alumnado en las aulas puede verse interrumpida por el contagio de algún alumno o profesor, o por la decisión de poner en cuarentena a un grupo de convivencia; o, en el peor de los escenarios y atendiendo a la evolución de la pandemia, por las decisiones que a tal efecto acuerden las autoridades. Ante estas eventualidades, en cualquiera de los supuestos, el Sistema educativo debe estar preparado ante un eventual nuevo cierre de las aulas, evitando los errores, deficiencias y disfunciones del curso anterior. Si algo ha puesto puso de relieve el confinamiento del pasado mes de marzo ha sido la necesidad de establecer planes de inversión en infraestructuras digital en los centros educativos.

Ello exige adoptar las medidas necesarias para asegurar la continuidad de la enseñanza de todos los alumnos sin excepción atendiendo al principio de equidad. Recordemos que no todos los niños tienen las mismas posibilidades de acceso digital ni tampoco los mismos recursos y espacios en sus viviendas. Y no podemos olvidarnos de las medidas dirigidas al potenciar el acompañamiento de las familias, pieza esencial para la continuidad educativa. No solo hay que facilitar contenidos académicos y el acceso digital, sino también el acompañamiento de padres y madres, y el contacto permanente y fluido de estos con el profesorado. Un acompañamiento se perfila imprescindible en el caso de las familias más desfavorecidas que suelen presentar mayores dificultades.

 

1 Orden de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19). (Boletín Extraordinario número 5 de 13/03/2020).

2 Instrucción de 13 de marzo de 2020, de la Viceconsejería de educación y deporte, relativa a la suspensión de la actividad docente presencial en todo el sistema educativo andaluz por orden de 13 de marzo de 2020 de la Consejería de salud y familia.

3 Instrucción de 23 de abril de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativa a las medidas educativas a adoptar en el tercer trimestre del curso 2019/2020.

4 Instrucción de 31 de julio de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, sobre medidas de transformación digital educativa en los centros docentes públicos para el curso 2020/2021.

5 Instrucciones de 6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la organización de los centros docentes para el curso 2020/2021, motivada por la crisis sanitaria de la COVID-19.

6 Orden de 19 de junio de 2020, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la CCAA de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma.