Queja número 19/2766
El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla recomendando que sin más dilación que la estrictamente necesaria para la comprobación de los datos y requisitos previstos en la norma, se dicte resolución que ponga término al procedimiento de la persona afectada, aprobando definitivamente, en su caso, la ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, en el supuesto de que reúna los requisitos exigidos para ello en la normativa vigente.
Asimismo, recomendaba que se adopten las medidas necesarias en lo que se refiere a la dotación de los medios materiales y personales a la Delegación Territorial de Sevilla, con la finalidad de que se resuelvan las solicitudes de ampliación de la RMISA en el plazo legalmente establecido de dos meses, a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud.
En respuesta, recibimos informe administrativo por el que se nos da traslado de la relación cronológica de la tramitación del expediente, que concluye en fecha 15/01/2020 con la Resolución de Revisión por la que se procede a la ampliación de la prestación desde el 01/02/2019 hasta el 31 de julio de 2019.
A la vista de dicha información, se desprende que la Resolución formulada por esta Institución ha sido aceptada, procediendo al cierre del expediente.
77 Comentarios
Buenas tardes,
He recibido un requerimiento de subsanación para que aporte los documentos que faltaban en la tramitación de mi expediente,
Sabrían indicarme dónde puedo enviarlos o cómo puedo aportarlos de forma telemática??
Muchas gracias.
Un saludo.
Buenos días Esperanza. Tenemos a disposición de la ciudadanía las siguientes vías de comunicación con esta Institución. Recuerda que debes identificarte y aportar en número de queja asignado para incluirlo en tu expediente. Gracias y un saludo
-Puedes hacer tus trámites en la Sede Electrónica. Necesitas Firma digital para realizar algunos trámites.
- Puedes rellenar este formulario en nuestra página web.
- Puedes escribirnos un correo electrónico a: Escríbenos a defensor@defensordelpuebloandaluz.es
- Puedes escribirnos una carta a: Calle Reyes Católicos, 21 • 41001 Sevilla
- Puedes enviarnos un fax al número 954 21 44 97
- Puedes venir en persona a nuestra oficina. Nuestra dirección es: Calle Reyes Católicos, 21. Sevilla
Se recomienda pedir cita previa: Puede reservar su hora llamando al teléfono 954 21 21 21 o por correo electrónico citaprevia@defensordelpuebloandaluz.es
- Horarios de atención al público. Para acudir de forma presencial
Como la renta minima de inserción social de la junta de Andalucía, por enfermedad, ahora en marzo me toca,echar de nuevo la aplicación. Me denegaron la renta minima vital, por cuatro veces. Y ahora me han dicho que tengo, que tener la renta minima vital, denegada de este año. Estoy enferma y muy poca movilidad. Y no tengo otros ingresos. Gracias
Hola Fernanda,
Te recomendamos que, en cualquier caso, no dejes pasar los plazos de solicitud de ampliación de Renta Mínima, no obstante, te sugerimos que solicites de nuevo Ingreso Mínimo Vital y adjuntes dicha solicitud así como las últimas denegaciones de IMV a tu solicitud de Ampliación. En todo caso, te recomendamos que traslades esta cuestión a los Servicios Sociales Comunitarios, que podrán darte una adecuada respuesta a tu consulta.
Saludos
Buenos días,
Me gustaría preguntarle algunas dudas. Vivo en Córdoba pero por circunstancias sigo estando empadronada en un pueblo de Sevilla. En el domicilio que estoy empadronada no puedo vivir porque una familia engañó a mi amiga-abuela(mientras yo pasaba una enfermedad grave). He solicitado el ingreso mínimo y me pedían certificado de servicios sociales, y el ayuntamiento dice que no puede dármelo porque no vivo alli (porque no puedo entrar). Al final me denegaron el ingreso mínimo. Ahora con este papel, voy a solicitar la renta mínima de inserción. Mi pregunta es: ¿me pedirán este certificado de servicios sociales también? . Si me empadrono en Córdoba,¿puedo solicitarlo o tengo que esperar un tiempo?
Espero su respuesta. Muchas gracias.
Hola Emi,
Te recomendamos que te dirijas a los Servicios Sociales que por domicilio te correspondan (donde actualmente te encuentres residiendo) para poder resolver estas cuestiones.
Saludos
Hola, desearía saber, de mí ampliación de la remisa, pues hacé un mes que pidieron la documentación de empadronamiento y bancaria está todo ya gestiones hechas, cuando me confirman la resolución de la remisa, pues estoy en una situación crítica de vivienda y demás gracias saludos
Hola franciso,
Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) y, por tanto, no resuelve los expedientes, en los que deben figurar todos los datos para emitir la correspondiente resolución. De ahí que no podamos responder a tu consulta.
Te recomendamos que traslades esta cuestión a los Servicios Sociales municipales para que respondan a la misma teniendo en cuenta todas las circunstancias sociofamiliares que se pueden plantear. La Junta de Andalucía ha puesto en servicio un correo electrónico para la información sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es
También puedes utilizar el formulario general de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgformweb/formularioInsercionIGA.faces
En cualquier caso, si observases cualquier irregularidad o demora, puedes trasladarnos un escrito de queja firmado junto con toda la documentación que poseas, por medio de cualquiera de las vías que encontrarás en el siguiente enlace
Hoy me ha llegado la carta concediendome la ampliacion de la renta minima de insercion
Cuando debo solicitar la nueva ampliacion?
Gracias
Hola Carlos,
Te informamos de que el artículo 16 del Decreto Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, indica que la duración de la RMISA será de doce meses y se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de doce meses mientras persistan las circunstancias que la motivaron y se mantenga la concurrencia de los requisitos y condiciones exigidas para su concesión. En concreto, para acceder la ampliación el precepto indicado establece lo siguiente:
"3. Para acceder a la ampliación mencionada en el apartado 2, la persona titular de la unidad familiar deberá solicitarlo como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Una vez finalizada la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud
4. Se dará tratamiento de solicitud inicial a las solicitudes de ampliación que se presenten una vez finalizada la percepción de la prestación, bien por finalización del plazo de duración, o bien porque hubiera correspondido la extinción de la misma por variar las circunstancias que motivaron su concesión, una vez dictada la correspondiente resolución de extinción."
Por tanto y respecto de la solicitud de la ampliación de la RMISA, te aconsejamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu localidad con objeto de que estos puedan informarte más adecuadamente del proceso de solicitud de la ampliación de RMISA.
En todo caso, si al dirigirte tanto a los Servicios Sociales municipales o a la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia no recibes respuesta o, en caso de que la recibas, estás disconforme con su contenido, puedes dirigirte a esta Institución remitiéndonos una comunicación con objeto de que podamos estudiar su caso. Ello lo podrás realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tienes firma digital) (enlace). Si no tienes firma digital y utilizas correo electrónico o nuestra página web, no olvides de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante). A esta comunicación deberás adjuntar toda la documentación que poseas sobre este asunto.
Saludos
Hola, he recibido la aprobación de la RMIS con carácter retroactivo por lo que me ingresan el monto total de los meses que ya se han pasado más un mes que está por delante hasta que finalice el periodo aprobado. Mi pregunta es ¿A la hora de solicitar la ampliación, en la parte de ingresos, yo no tengo nada de ingresos, debería poner la cuantía de la RMIS o no cuentan? Gracias
Hola,
En principio entendemos que la Administración ya cuenta con ese dato, puesto que lo que estás solicitando es una ampliación de la misma prestación que ya te fué reconocida y aprobada.
En cualquier caso, si tienes cualquier duda sobre la Renta Mínima de Inserción, te recomendamos que traslades esta cuestión a los Servicios Sociales municipales para que respondan a la misma teniendo en cuenta todas las circunstancias que se pueden plantear.
La Junta de Andalucía ha puesto en servicio un correo electrónico para la información sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es
Saludos
Hola, recibí la renta mínima el 30 de diciembre de 2021 con efectos retroactivos, mi duda es sobre la ampliación, ¿tendría que solicitar de nuevo o podría aun realizar dicha ampliación?
Hola Laura
a modo genereral te informamos de que la ampliamción se podrá solicitar como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía. Una vez finalizada la percepción, no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud. Con los datos que nos trasladas, parece que el 30 de diciembre reibiste la resolución de aprobación de renta mínima, pero no dejas claro si cobraste algunos meses atrasados con caracter retroactivo, o has percibido el total de pagos de una sola vez, debido a la demora en la Resolución. En este último caso, habitualmente, en la misma resolución que has recibido, se establece un plazo de 1o días hábiles para solicitar la ampliación.
Si precisas más información puedes contactar con nosotros en el 954212121.
Saludos
Hola, me acaban de conceder la renta mínima del año pasado (con carácter retroactivo) y me dicen también que tengo 10 dias para solicitar la ampliación. Tengo dos dudas: 1. Lo que voy a percibir ahora (atrasos) me lo ingresan todo del golpe o mensual? 2. Para solicitar la ampliación en la web de Ventanilla electrónica, debo hacerlo como una solicitud nueva o hay algún apartado específico para hacer esta gestión. Muchas gracias
Buenas tardes Daniel. Enhorabuena. Entendemos que el pago de los atrasos se realizará en un unico pago con todo lo atrasado, pero sería más acertado trasladar tu consulta a los Servicios Comunitarios de tu Ayuntamiento o a la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia. Compartimos la información sobre la ampliación de la Renta Mínima de Inserción Social que contiene la página de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. Gracias y un saludo
Ampliación: ¿cómo y quién puede solicitarla?
A partir de 2020 pueden solicitar la ampliación por periodos de 12 meses sucesivos todas las unidades familiares, siempre que persistan las circunstancias que lo motivaron y se mantenga la concurrencia de requisitos y condiciones exigidas para su concesión.
Se podrá solicitar como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía. Una vez finalizada la percepción, no se podrá solicitar la ampliación de la misma, debiéndose cursar una nueva solicitud.
Se iniciará a instancia de la persona interesada, mediante la presentación de la solicitud marcando Ampliación. Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos, la documentación a presentar será la misma que la requerida para la concesión inicial de la RMISA. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será necesario presentar aquella documentación que ya conste en el expediente y respecto de la cual no se hayan producido modificaciones. Sí será necesario presentar, en cualquier caso, el certificado de empadronamiento histórico colectivo actualizado.
- Solicitud (Formato en PDF)
- Instrucciones de la solicitud.
La ampliación de renta minima nodeberían pararlas ya tenemos bastante con dos años de.espera defensor del pueblo usted paque esta ayuda alos necesitado que a bemos muchas personas si dinero y tenemos niños
Me han cocedido la ayuda minima de insercion laboral la emana pasada, y puedo solicitar la ampliacion pues ha sido con caracter retroactivo, me podrian indicar como volver a solicitarla ? gracias
Hola Nieves;
Suponemos que estás hablando de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). En la resolución que has recibido debe indicar cómo solicitar la ampliación y dónde debes entregar la solicitud.
En todo caso, si tienes dudas te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu municipio, que te informarán cómo hacerlo.
Saludos,
Hola me ha llegado una carta de la rmi que dice abonar en concepto de atrasos correspondientes a los meses restantes de la prestación una vez descontadas las cantidades ya percibidas,que quiere decir??
Buenos días. Entendemos, según los datos de tu comentario, que ya percibiste el abono de algunos meses de la prestación, por lo que se te abonará los meses restantes. Te aconsejamos que consultes tu expedientes de solicitud de la Renta Mínima de Inserción Social en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia o en los Servicios Comunitarios de tu Ayuntamiento donde te informarán con más presición. Gracias y un saludo
Como se realiza el trámite para la ampliación de la renta mínima de inserción social
Gracias
Hola Esperanza,
El artículo 16 del Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA), establece que para acceder a la ampliación de la RMISA la persona titular de la unidad familiar deberá solicitarla como máximo en los tres meses anteriores a la finalización de la percepción de la RMISA. Si has finalizado la percepción de la RMISA no podrás solicitar la ampliación, si no que deberás cursar una nueva solicitud.
El artículo 27, apartado 4, de la misma norma establece que la solicitud y su documentación se presentará preferentemente en los Servicios Sociales comunitarios de la localidad donde se encuentre empadronada y resida la persona solicitante.
Por tanto, te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu municipio para informarte de la documentación precisa para solicitar la ampliación de la RMISA.
Saludos,
Ase ochomese keeche la prórroga de salario iaun da da porfabor abonarlo lla ase mucha farta
Hola Manuel. Como sabrás, el Defensor del Pueblo Andaluz no es una Institución dependiente de la Junta de Andalucía y no convoca ni gestiona la prestación de la Renta Mínima de Inserción Social, por lo que te aconsejamos que traslades tu mensaje a la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia. Gracias y un saludo