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Cómo reclamar contra retrasos en las resoluciones judiciales

Miércoles, 27 Marzo, 2013

Se trata de una consulta sobre el modo de reclamar y solicitar indemnizaciones por demoras en la emisión de resoluciones judiciales.

Así informamos que la persona interesada habrá de dirigir su petición indemnizatoria directamente al Ministerio de Justicia -en todo tipo de procesos y sea cual sea el orden jurisdiccional causante de la dilación- y que “el derecho a reclamar la indemnización prescribirá al año, a partir del día en que pudo ejercitarse”.

Las personas interesadas podrán presentar sus quejas o denuncias, así como en general iniciativas y sugerencias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, en el Consejo General del Poder Judicial, en cualquiera de los órganos a los que se refiere el artículo 2 del Reglamento (Dicho artículo 2 preceptúa que corresponde a los Presidentes de los Tribunales y Audiencias oír las quejas que les hagan los interesados en las causas o pleitos; de igual modo los Jueces Decanos y, donde no existan éstos, los Jueces únicos atenderán las quejas que les formulen los interesados) o bien en el propio órgano jurisdiccional, mediante un escrito en el que se indiquen los datos de identificación del interesado, el motivo de su queja o denuncia, el órgano al que se dirige y el órgano jurisdiccional y el procedimiento al que se refiera.

La presentación podrá hacerse en el registro del órgano, recibiendo en dicho acto un justificante o copia sellada.

En la secretaría de cada órgano jurisdiccional (Juzgado o Tribunal) se tendrán a disposición de los interesados, en lugar visible y adecuadamente indicado, los correspondientes formularios para su utilización potestativa por aquellos, atendiéndose en dicho lugar también las solicitudes de información previas que se reciban. En los lugares donde tengan su sede varios órganos judiciales podrá centralizarse esta actividad en una determinada dependencia.

Tales escritos de queja o de denuncia, una vez presentados, serán remitidos para su tramitación y resolución al Decanato, cuando se trate de un Juzgado, o a la Presidencia del Tribunal o Audiencia, cuando se trate de un órgano colegiado, dentro de las 48 horas siguientes, conservando una copia para su unión al correspondiente libro y otra para su remisión al Consejo General del Poder Judicial dentro del mismo plazo, todo ello sin perjuicio de adoptar, cuando resulte fundada la reclamación o sugerencia y siempre dentro de las competencias del órgano receptor, las medidas necesarias para subsanar las anomalías que estuvieren en el origen de la reclamación o sugerencia, participando dichos extremos al órgano de gobierno. La resolución se adoptará con la mayor brevedad posible y en todo caso dentro del plazo de un mes a partir de su recepción por el órgano que haya de resolver sobre la misma.

Número de Consulta: 
CONSULTA-QUEJA 12/5147

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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230 Comentarios

sebastian (no verificado) | Febrero 5, 2024

Puse una denuncia penal de la cual llevo llevo diez años de instrucción el juez cuando tiene que resolver o pronunciarse a llegado a tardar hasta un año, hasta que empecé a quejarme ante el poder judicial , entonces lo que hacia el juez que cuando le llegaba la queja resolvía lo que tenia pendiente y le devolvía un escrito al poder judicial diciéndole que no había nada pendiente que resolver y luego lo dejaba otra vez parado asta que me volvía a quejar, así estuve años una queja tras otra para que avanzara y que no lo archivaran ,pero ya el poder judicial dejo de hacerme caso que lo veían todo normal incluso me llamaron un día para recriminarme , creen ustedes que diez años de pleito sin haber terminado todavía la instrucción es normal?con el desgaste mental y coste económico que eso conlleva mientras el imputado campa a sus anchas ?pues para los del poder judicial esta bien. por cierto hablo del juzgado numero 5 de Chiclana de la frontera.

El DPA responde | Febrero 16, 2024

Hola Felipe :

Pues si Felipe, es una barbaridad que un procedimiento penal tarde 10 años. Como se ha comentado en algunas entradas, el Defensor del Pueblo andaluz carece de competencias en materia judicial y sólo podemos intervenir en caso de dilaciones en el proceso. Si quieres,  puedes enviarnos un escrito firmado junto a la documentación que consideres de interés para que podamos valorar una posible intervención sólo en relación a las dilaciones del mismo, sin llegar a entrar en el fondo del asunto.Debes hacernos llegar el escrito de queja a través del siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario aportando la documentación que tengas.

Saludos

indefenso (no verificado) | Agosto 17, 2023

"El procurador del Comùn" de Castilla Leon nos dicen que no existe, y nos derivan al Defensor
del Pueblo Español, que hace lo mismo: Cuando hay cacicadas judiciales evidentes y con visos
de corrrupciòn y prevaricaciòn, se lava las manos como Pilatos. Vemos que los caciques judiciales
en este que algunos llaman Estado de Derecho, gozan de impunidad absoluta, mientras tenemos
que mantener con nuestros impuestos a unos cuantos llamados pomposamente "Defensores
del Pueblo", que dicen tener las manos atadas "legalmente" para defender al Pueblo del que viven.

sebastian (no verificado) | Febrero 5, 2024

completamente de acuerdo con usted puse una denuncia penal llevo diez años de instrucción el juez cuando tiene que resolver o pronunciarse a llegado a tardar hasta un año hasta que empecé a quejarme ante el poder judicial , entonces lo que hacia el juez que cuando le llegaba la queja resolvía lo que tenia pendiente y le devolvía un escrito al poder judicial diciéndole que no había nada pendiente de resolver y luego lo dejaba otra vez parada asta que me volvía a quejar, así estuve años una queja tras otra para que avanzara y no lo archivaran ,pero ya el poder judicial dejo de hacerme caso que lo veían todo normal incluso me llamaron un día para recriminarme , creen ustedes que diez años de pleito sin haber terminado todavía la instrucción es normal?con el desgaste mental y coste económico que eso conlleva ?pues para los del poder judicial esta bien. por cierto hablo del juzgado numero 5 de Chiclana de la frontera.

Carmen Ruiz (no verificado) | Octubre 27, 2023

Completamente de acuerdo con usted

indefenso (no verificado) | Agosto 17, 2023

Con todos los respetos al Defensor/a :
Que la justicia sea "independiente", no deberia significar, que los jueces hagan literalmente lo que
les da la gana, conculquen las leyes que emanan (no se olviden) del pueblo español al que choricean
y sean impunes, incluso , en contra de lo que dicen las Leyes. Es sencillamente un insulto a la
inteligencia, al sentido comùn, y una burla al supuesto Estado de Derecho en el que nos dicen
que vivimos. ¿Cuantos jueces y fiscales han sido expulsados en un año?
Cobrar unas costas judiciales indebidas , se debe :
a)Desconocimiento absoluto de las Normas vigentes, por lo tanto ineptitud evidente
b) Si se conocen las Normas y se aplican contraviniendolas a sabiendas es PREVARICACION
c) Si ademàs las costas indebidas se cobran tambien de forma duplicada, la cacicada es evidente
Con estos antecedentes puestos en conocimiento del llamado Organo de Gobierno de los
Jueces y Fiscalia, nos preguntamos, ¿ Como puede seguir impune el o la Responsable de estas
cacicadas palmarias, en un Estado de Derecho?

annon (no verificado) | Enero 16, 2024

Porque lo pones en conocimiento de los cómplices del juez, los fiscales. En vez de eso hay que ponerlo en conocimiento del CGPJ que es quien tiene la potestad sancionadora (es como darle a un jefe motivos para el despido disciplinario de uno de sus trabajadores), y ponerlo en conocimiento del tribunal supremo, puesto que están aforados. La forma adecuada para ponerlo en conocimiento se llama DENUNCIA. Y si además, incluyes un otrosí digo pidiendo el testimonio del letrado de la administración de la justicia de todos y cada uno de los tomos del expediente (puesto que es el fedatario de las actuaciones del juez), puede acabar con que el LAJ le acabe tirando mierda al JUEZ. Ten en cuenta que a no muchos les gustan sus jefes.

indefenso (no verificado) | Agosto 17, 2023

El Juzgado de Piedrahita(Avila) con la inacciòn absoluta de la Fiscalia :
a) cobra costas judiciales que no proceden (tras recurso del ciudadano choriceado lo reconocen)
b) cobra estas mismas costas judiciales improcedentes de forma duplicada
c) a sabiendas de la cacicada cometida y reconocida ante el llamado Organo de Gobierno de los jueces (que sigue "mirando para otro lado"), transcurridos mas de dos años, SIGUEN SIN REINTEGRAR EL DINERO A SUS LEGITIMOS DUEÑOS.
Si a esto le llaman "Estado de Derecho", ¿Que es una TIRANIA JUDICIAL?

Daniel (no verificado) | Junio 26, 2023

Hola tengo una denucia hace 5 meses por malos tratos con un parte de lexiones y m encuentro de baja con rehabilitación y dejando de percibir dinero en contra de mi ex esposa creo q existe un retraso procesal ya q es una persona irregular en españa y anda viajando en el territorio y puede ser difícil de encontrar....es retrasó esto? Y que debo o puedo hacer...graciad

El DPA responde | Junio 30, 2023

Hola Daniel, con los datos que nos trasladas y sin tener acceso a información sobre el expediente, no podemos darte una respuesta adecuada por esta vía. Si cuentas con un/a abogado/a que esté asistiéndote en el procedimiento, podrá indicarte si existe o no dilación judicial. en caso contrario, te aconsejamos que nos llames al 954212121 para poder aclarar la consulta.

Saludos

Juan Carlos (no verificado) | Mayo 29, 2023

Me ha suspendido un juicio por la huelga,se puede hacer una reclamacion por perjudicarme,gracias un saludo

El DPA responde | Mayo 31, 2023

Hola Juan Carlos,

No tenemos datos suficientes para darte una respuesta adecuada. Llámanos al 954212121 para poder aclarar tu consulta o envíanos un escrito  aportando todos los datos, junto con la documentación sobre el asunto. https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Saludos

indefenso (no verificado) | Febrero 21, 2023

El juzgado de Piedrahita(Avila) cobra cantidades duplicadas y transcurrido un año, no las ha devuelto
a pesar de haber reconocido por escrito ante el llamado Organo de Gobierno de los Jueces españoles
tal cobro duplicado. Tampoco contesta a los Recursos interpuestos, el ùltimo en Junio de 2022.
Nos sentimos atracados judicialmente, no sòlo por lo relatado antes, sinò tambien por otras
tropelias de este mismo juzgado, que pudieran ser constitutivas de prevaricaciòn, con el "mirar
para otro lado" del CGPJ. La Ley dice, que cuando alguien se percata de que ha cobrado una
cantidad indebida, debe proceder de forma inmediata a devolver lo cobrado indebidamente.
Este Juzgado parece dispuesto a incumplir la Legislaciòn Vigente. ¿Estado de Derecho o Tirania?

JOSE ANTONIO (no verificado) | Abril 26, 2023

Yo también sufro mismo atropello reciente en el Juzgado 2 de Estepa, donde tras embargo de mas del doble de la ejecución no se me devuelve el sobrante y para nada sirven los escritos que a la Secretaria Judicial sobre impulso procesal que se han realizado habiendo inclusive que compensar otras ejecuciones a mi favor, en definitiva he tenido que pedir un préstamo personal para subsistir de los que solo pago intereses y me tendré que joder de por vida porque ellos tienen el poder de la justicia y no tengo derecho a protestar ni reclamar, eso se llama buen trabajo, y conseguida meta de joderme, respeto a la justicia y siempre lo haré aunque me sienta impotente y desgraciado.

El DPA responde | Mayo 2, 2023

Buenos días. En esta Defensoría nos asignan competencias para tratar cuestiones sobre dilación en proceso judicial. Por este motivo, te invitamos a que nos taslades escrito de queja detallándonos el problema y adjuntando la documentación que creas de interés para dirigirnos a la Administración competente en tu nombre. Si así lo decides, en este enlace (El Defensor en un clic) informamos sobre las distintas vías que el Defensor del Pueblo Andaluz ofrece a la ciudadanía para trasladarnos escrito de queja. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarle. Un saludo

JOSE ANTONIO (no verificado) | Mayo 20, 2023

No sirve para nada explicar y mandar documentación al Defensor, al final siempre dicen lo mismo que en cuestiones judiciales no pueden meterse, y así me ha pasado a mi, nos vemos impotentes ante la administración de justicia a la cual no podemos protestar por que si no encima el retraso es mayúsculo, que le vamos hacer, confió y seguiré confiando en la justicia algún día se resolverá.

El DPA responde | Mayo 20, 2023

Hola Jose Antonio. Efectivamente, la Justicia es un poder del estado y es independiente tal y como lo establece la Constitución Española en su artículo 117, en el Título VI. Del Poder Judicial.

De igual forma, la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz establece en su artículo 17.2 los siguiente:

"El Defensor del Pueblo Andaluz no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiera por persona interesada demanda o recurso ante los Tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional..."

Por lo tanto, la Ley nos impide actuar en los casos que están sub iudice (pendiente de resolución) o se haya publicado sentencia judicial. La propia Justicia tiene los mecanismos adecuados para recurrir las sentencias judiciales. Gracias y un saludo

El DPA responde | Febrero 21, 2023

Buenas tardes. Leído su comentario, le informamos que esta página web pertenece al Defensor del Pueblo Andaluz, por lo que no tenemos competencias para actuar en otras Comunidades autónomas. Le recomendamos que traslade su queja al Procurador del Común de Castilla y León. Gracias y un saludo

marta (no verificado) | Febrero 7, 2023

Hace un año que se celebró la vista judicial por demanda declarativa de gastos extraordinarios de hijos. El juez no ha resuelto a pesar de varios escritos por parte de mi abogado para impulso procesal. La dilación judicial es excesiva y no sé qué se puede hacer para que el juez resuelva

El DPA responde | Febrero 7, 2023

Buenos días. En esta Defensoría nos asignan competencias para tratar cuestiones sobre dilación en proceso judicial. Por este motivo, te invitamos a que nos taslades escrito de queja detallándonos el problema y adjuntando la documentación que creas de interés para dirigirnos a la Administración competente en tu nombre. Si así lo decides, en este enlace (El Defensor en un clic) informamos sobre las distintas vías que el Defensor del Pueblo Andaluz ofrece a la ciudadanía para trasladarnos escrito de queja. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarle. Un saludo

Pedro (no verificado) | Diciembre 30, 2022

Yo llevo esperando 5 años y ya es frustrante tuve un accidente laboral grave en una fábrica de oxígeno los denuncie por lo penal en febrero de este año el estado del proceso ha pasado a procedimiento abreviado pero hasta el día de hoy nada , es inmoral que para que a una persona que ha tenido un accidente laboral tenga que esperar tantísimo tiempo y lo que me quedé para que le den sus derechos cuanto tendré que esperar mas

El DPA responde | Diciembre 30, 2022

Buenos días Pedro, cómo sabes, el Defensor del Pueblo Andaluz puede actuar en el caso de que se produzcan dilaciones en proceso judicial. Si este es tu caso, te invitamos a que nos traslades un escrito de queja. En este enlace (El Defensor en un clic) te ofrecemos las diferentes vías para que nos dirijas el escrito de queja si así lo decides. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y un saludo.  Felices Fiestas!!!

Felipe (no verificado) | Noviembre 30, 2022

Hola,fui despedido improcedente mente el 14/02/2020 y me anulan el acto de conciliación por la pandemia , me marcan fecha de juicio para el 29/11/2022 y resulta que cuando estoy en el juzgado hay huelga de administradores judiciales y me suspenden el juicio hasta que me den nueva fecha , después de esperar casi 3 años y por algo ajeno a mi persona me pasa esto , cuánto tiempo me pueden retrasar ahora de nuevo el juicio?
Por favor responder , muchas gracias.

El DPA responde | Diciembre 2, 2022

Hola Felipe :

Te recomendamos que traslades tu consulta a los Servicios de Orientación Jurídica de los colegios de abogacías donde se halle el juzgado o tribunal que vaya a conocer del asunto. En el siguiente enlace puede consultar los datos de los mismos https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Directorio_SOJ_abril_2018.pdf

Por otra parte, si lo deseas, en caso de existencia de un excesivo retraso en el procedimiento judicial, como nos indicas en tu consulta, puedes enviarnos un escrito firmado junto a la documentación que consideres de interés para que podamos valorar una posible intervención sólo en relación a las dilaciones del mismo, sin llegar a entrar en el fondo del asunto.

Debes hacernos llegar el escrito de queja a través del siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario aportando la documentación que tengas.

Saludos

José Alberto (no verificado) | Noviembre 23, 2022

Hola e puesto dos reclamaciónes por impago de indemnización que tardan dos meses en pagarme i cuando quiere la secretaria de alicante es increíble alguien me puede ayudar a saber cómo puedo hacer para cobrar lo que se me deve

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