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Vivienda para mujeres víctimas de violencia de género

En la queja 03/35 la interesada nos escribía desde una casa de acogida para mujeres maltratadas, dependiente del Instituto Andaluz de la Mujer, en la provincia de Málaga, donde se había refugiado procedente de Sevilla, tras haber denunciado a su marido por malos tratos, y frente al que había presentado demanda de separación matrimonial. La interesada tenía reconocida la condición de minusválida, desde el año 1996, en grado del 65%, condición que le dificultaba el desempeño de algunas tareas, y por la que percibía una prestación no contributiva. Carecía de empleo, a pesar de haber buscado insistentemente por toda la provincia de Málaga. Al parecer tampoco había podido acogerse al Programa Cualifica, ya que las sesiones formativas estaban ya iniciadas cuando la interesada ingresó en el centro de acogida.

Según nos manifestaba, cercana a agotar el tiempo máximo permitido, le habían concedido una prórroga de estancia en la casa, por dos meses más. Sin embargo, expresaba su desesperación por la falta de apoyo que estaba recibiendo, por parte del centro de acogida, a la hora de buscar una vivienda de alquiler asequible a su situación económica. Lógicamente, al haber abandonado su residencia en Sevilla por motivos de seguridad, no contaba con familiares ni amigos que pudieran apoyarla en Málaga.

Admitida a trámite la queja, solicitamos el oportuno informe al Instituto Andaluz de la Mujer, que nos respondió en el sentido de que la interesada había recibido la atención integral contemplada en el Servicio de Atención y Acogida del IAM. Al mismo tiempo se señalaba que, de acuerdo con los datos manejados por ese Organismo Público, la interesada contaba con ingresos económicos suficientes para rehacer una vida normalizada, tras superar la etapa de violencia vivida, pues no tenía menores a su cargo y si bien sus necesidades eran de vivienda, contaba, al menos coyunturalmente, con recursos económicos suficientes para atender los gastos de un alquiler.

 
Tras analizar esta información, quisimos conocer el baremo o los criterios aplicados por el Instituto Andaluz de la Mujer para decidir que, a pesar de reconocer su necesidad de vivienda, la interesada no reunía los requisitos para acogerse a la medida nº 16 del vigente Plan de Acción del Gobierno Andaluz contra la violencia hacia las mujeres, consistente en facilitar el acceso a viviendas de promoción pública en alquiler a mujeres víctimas de malos tratos, dato que estimábamos de sumo interés para poder valorar, en toda su extensión, este caso. En consecuencia, a fin de continuar con la tramitación de este expediente, le solicitamos nuevo informe, el cual nos fue respondido en los siguientes términos:
"La medida nº 16 del Plan de Acción del Gobierno Andaluz contra la violencia hacia las mujeres, corresponde su ejecución a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, que en el Decreto 149/2003, de 10 de Junio, por el que se aprueba el Plan Andaluz de la Vivienda y Suelo 2003-2007, ya contempla como destinatarias específicas de las actuaciones en materia de vivienda a las mujeres que padecen violencia de género.

Desconociendo este organismo si la interesada ha tramitado solicitud para acogerse a este programa, y en su caso de haber sido denegada, los motivos de la misma, extremo que opinamos la Consejería de Obras Públicas podrá aclarar a esa institución".

Trasladado el informe a la interesada, ésta nos comunicó, en primer lugar, que su situación económica había empeorado seriamente, tras agotar la prestación Renta Activa de Inserción y perder su empleo como cuidadora. Tampoco había sido seleccionada para el programa de inserción laboral Cualifica del IAM debido a la invalidez que sufre en sus manos. Carecía de todo tipo de ingresos, por lo que estaba recibiendo ayudas de emergencia a través de Cáritas y de los Servicios Sociales municipales, habiendo tenido que recurrir a la mendicidad para obtener algún dinero. Residía, junto con su hija y su nieto, en una vivienda de alquiler. Esta situación había hecho empeorar su salud psíquica por lo que había comenzado un tratamiento con antidepresivos.

En segundo lugar mostraba su desconcierto por el contenido del informe emitido por IAM, ya que nunca fue informada sobre la existencia de un programa específico de acceso a la vivienda. No obstante, siguiendo las indicaciones contenidas en el informe se había dirigido a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas en Málaga para solicitar información sobre el programa de viviendas para mujeres víctimas de violencia de género, y allí le informaron sobre su existencia y sobre la necesidad de presentar escrito de solicitud. Un tiempo después le comunicaron que ocupaba el puesto número 17 en la relación de solicitantes, la cual se confeccionaba según los datos facilitados por el Instituto Andaluz de la Mujer. Al parecer sólo una de las mujeres integrantes de la lista había resultado adjudicataria de una vivienda.

La interesada pudo consultar la mencionada lista y reconocer a algunas mujeres con las que compartió un tiempo de estancia en la casa de acogida, de las que sabía que habían vuelto a sus domicilios conyugales o se marcharon de Málaga, de lo que deducía que el listado en cuestión no estaba actualizado. Finalmente, el 28 de Noviembre de 2003 presentó ante esa Delegación Provincial escrito de solicitud de vivienda para mujeres víctimas de maltrato. Unos días antes, el 21 de Noviembre de 2003, había presentado solicitud de vivienda ante el Instituto Municipal de la Vivienda, solicitud a la que se asignó 385 puntos.

Teniendo en cuenta estas nuevas circunstancias, recientemente hemos solicitado la colaboración de la Delegación Provincial de Obras Públicas de Málaga y el Ayuntamiento de Málaga, para el esclarecimiento de últimos estos hechos.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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200 Comentarios

Eva maria (no verificado) | Julio 24, 2017

Soy una mujer maltratada madre soltera creo k nací para sufrir en el 2012 denuncia a mi pareja casi me mata lo pillaron con ñas manos en la masa la pOlivia bueno ahora después de estos años estoy sufriendo de nuevo agresiones tanto física como psicologíca podría solicitar de nuevo para cobrar la ayuda después de haberla cobrado en 2012 gracias

El DPA responde | Agosto 9, 2017

Estimada Eva Maria, nadie nace, ni debe nacer para sufrir sino para vivir con intensidad y alegria la vida. Si has tenido un problema de maltrato es muy importante que sepas salir y para eso debemos de intentar ayudarte todas las administraciones publicas.

Te recomendamos que te pongas en contacto con el centro de información  la mujer de tu provincia o de tu localidad para que te ayuden en las gestiones  y prestaciones que puedas tener derecho.

 

¿Qué ayudas económicas existen para mujeres víctimas de malos tratos?

 

1. Ayudas del artículo  27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género mujeres víctimas de violencia de  género con especial dificultad para obtener un empleo.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía la regulación de estas ayudas se ha llevado a cabo por Orden de 25 de mayo de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer en régimen de concurrencia no competitiva.

Requisitos, para obtener la condición de beneficiaria:

  1.  Encontrarse domiciliada en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  2. Acreditar la situación de violencia de género de la forma legalmente establecida.
  3. Carecer  de  rentas  que, en  cómputo  mensual,  superen  el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  4. Tener  especiales  dificultades   para   obtener   un  empleo,  que  se acreditar a través de un informe del Servicio Andaluz de Empleo.

Las situaciones de violencia de género se acreditaran con la Orden de protección a favor de la mujer.

Excepcionalmente, será título de acreditación de la situación de violencia   de género el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la   denunciante es víctima de este tipo de violencia en tanto se dicta la orden de protección.

Sólo podrá ser concedida una ayuda por beneficiaria, con independencia de la obtención por parte de ésta de una nueva Orden de protección o sentencia condenatoria.

Estas ayudas serán compatibles con cualquiera de las previstas en la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayudas y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad sexual. Además, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 17 de la referida Ley, podrán acceder a estas ayudas sociales todas las mujeres afectadas por la violencia de género, con independencia de su origen, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

2. La Renta Activa de Inserción.

Podrán ser beneficiarias del programa de Renta Activa de Inserción aquellas  mujeres que acrediten, la condición de víctima de violencia de género  mediante certificación de los Servicios Sociales de la Administración competente o del centro de acogida, por resolución judicial, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal.

Para ello, deberán no tener derecho a prestación contributiva, subsidio por desempleo, o a la renta agraria; carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en computo mensual al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias; y asumir un compromiso de actividad con el fin de favorecer su inserción laboral. Dicho programa ofrece:

  1. Asesoramiento personalizado de los Servicios Públicos de Empleo para la búsqueda de trabajo.
  2. Incorporación preferente a cursos de formación profesional, talleres de empleo, empleo de interés general, etc.
  3. Percepción durante un máximo de 11 meses (renovables hasta un máximo de tres anualidades en los supuesto de víctimas de violencia de género) de una renta mensual igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en cada momento.
  4. Percepción en un pago único de una ayuda suplementaria consistente en la suma de 3 meses de la cuantía de la renta activa de inserción, para aquellas mujeres en situación de malos tratos que se hayan visto obligadas a cambiar su residencia por esta causa.

3.  Ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad  sexual, Ley 35/1995, de 11 de diciembre.

Establece  un  sistema  de  ayudas  públicas  en beneficio de las  víctimas directas e indirectas de los delitos dolosos y violentos, cometidos en España, con el resultado de muerte, o de lesiones corporales graves, o de daños graves en la salud física o mental. Se beneficiarán asimismo de las ayudas contempladas por esta Ley las víctimas de los delitos contra la libertad sexual aun cuando éstos se perpetraran sin violencia.

Podrán acceder a estas ayudas quienes, en el momento de perpetrarse el delito, sean españoles o nacionales de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o quienes, no siéndolo, residan habitualmente en España o sean nacionales de otro Estado que reconozca ayudas análogas a los españoles en su territorio.

De acuerdo con lo establecido en el apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, no tendrá la consideración de beneficiario, a título de víctima indirecta, quien fuera condenado por delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas, cuando la fallecida fuera su cónyuge o persona con la que estuviera o hubiera estado ligado de forma estable por análoga relación de afectividad, con independencia de su orientación sexual.

En el caso de fallecimiento, lo previsto en el párrafo anterior será exigible respecto de los beneficiarios a título de víctimas indirectas (las hijas/os de la persona  fallecida, siempre que dependieran económicamente de ella, con independencia de su filiación y edad, en defecto de las citadas personas serán beneficiarios los padres de la víctima) con independencia de la nacionalidad o residencia habitual de la fallecida.

A los efectos de la presente Ley, son lesiones graves aquellas que menoscaben la integridad corporal o la salud física o mental y que incapaciten con carácter temporal o permanente a la persona que las hubiera sufrido. No se considerará incapacidad permanente aquella que no suponga un grado de minusvalía de, al menos, el 33 %.

4. Derecho de acceso a la vivienda y residencias públicas para mayores.

Las mujeres víctimas de violencia de género serán consideradas colectivos prioritarios en el acceso a viviendas protegidas y residencias públicas para mayores, en los términos que determine la legislación aplicable.

 

Aqui te ponemos un enlace con más información al respectgo:

http://www.juntadeandalucia.es/temas/familias-igualdad/mujeres/violencia...

Un saludo y muchos ánimos. Quedamos a tu disposción para cualquier cosa que necesites.

El DPA responde | Julio 25, 2017

Buenos días Eva María. Hemos trasladado tu consulta a los compañeros para que te respondan. Esperamos que hayas denunciado los malos tratos que nos comentas. si tienes algún problema para denunciar o necesitas ayuda, nos lo comentas. Gracias 

El DPA responde | Mayo 10, 2017

Buenos días María. Es bastante duro lo que nos cuentas, sentimos que hayas pasado por todas esas circunstancias que nos comentas. Vamos a trasladar tu comentario a los compañeros para que lo valoren. Gracias y ánimo

Esperanza (no verificado) | Marzo 23, 2017

Me gustaria ablaros por privado .necesito ayuda

Mari (no verificado) | Diciembre 6, 2017

A mí también me gustaría hablar por privado es importante urgente y de una de las casas de acogida

El DPA responde | Diciembre 20, 2017

Hola Mari, disculpa el retraso. Dinos un telefono al que podamos llamarte (no saldrá publicado)

El DPA responde | Marzo 24, 2017

Buenos días Esperanza. Puedes facilitarnos un teléfono, por este mismo sitio y no lo publicaremos, para poder llamarte nosotros. Si lo prefieres nos puedes llamar al 954 212121. También tenemos un correo electrónico donde nos puedes escribir           defensor@defensor-and.es, otra vía que te ofrecemos es nuestra página web (adjunto enlace al final de esta respuesta). También decirte que estamos en redes sociales: Facebook @DefensordelPuebloAndaluz y en twitter @DefensorAndaluz. Bueno esperamos tu respuesta, un saludo

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

 

Clara (no verificado) | Febrero 23, 2017

Buenos días, yo tengo una orden de protección respecto a mi ex pareja desde 2013. Estoy actualmente en una casa pero tengo que abandonarla pronto. Tengo una hija de 7 años que vive conmigo. Cuando finalice su orden de alejamiento no quiero que sepa donde vivimos . Donde puedo informarme para solicitar una vivienda? Podría él conocer este domicilio de algún modo o están protegidos los datos? Gracias

El DPA responde | Marzo 2, 2017

Estimada Clara,  para poder darte una información más concreta necesitariamos saber el sitio donde vives. si quieres puedes dejarnos un telefono en privado para llamarte o llamarnos al 954212121.

De todas formas te enviamos un enlace a la página web del Instituto de la Mujer donde puedes encontrar mucha información sobre el tema que nos preguntas.

http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/index.php/2013-08-08-1...

 

Maribel (no verificado) | Febrero 17, 2017

Hola...el día 2 de febrero recibí una paliza por mi ex pareja y tengo miedo,ya lo denuncié y tengo orden de protección de 300 metros,y me quiero ir de la vivienda por que teno pánico,pero no al una casa de acogida sino a un piso de alquiler social ya que solo cobro 426 euros y tengo dos hijas...como informarme?

El DPA responde | Febrero 22, 2017

Hola Maribel, este tema es muy personal para tratarlo aqui, si te parece bien dejanos un telefono para llamarte o  enviamos uno correo a defensor@defensor-and.es  donde nos indiques tus datos y lugar donde ocurren los hechos para poder informarte mejor.

De todas formas, te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios sociales del Ayuntamiento para que te hagan un seguimiento y con el Instituto Andaluz de la Mujer. Esperamos tus noticias para poder informarte mejor. Un saludo.

Soy mari angeles (no verificado) | Enero 31, 2017

Necesito ayuda teno 31 no tengo recurso ni cobro nada esty.sufriendo malos trato por mi pareja y el padre de mi pareja tengo fos hijas y llevo cuatra año sufriendo malos trato.y hoy asido lo mas me a pegadoy ne cogido del cuello yano puedo mas.necesito ayuda para mi y mis hijas donde nos podamos hir.por que como no tengo nada me amenaza por quitarme a nis hijas y por eso esty aguantando paliza por ella no quio que me las quiten.por favor.necesito un sitio de acogida y desde ayi poderle denuncia.tengo miedo a queme aga algo por favor necesito ayuda urgente mi numero 658479905 necesito irme de aqui urgente y poderdenunciar

El DPA responde | Febrero 1, 2017

Hola Mari. Te llamamos

El DPA responde | Febrero 1, 2017

Mari Angeles, te estamos llamando al teléfono y no respondes. Dinos a qué hora te podemos llamar o si lo prefieres puedes llamarnos al 954 212121

Tomasa (no verificado) | Enero 25, 2017

Ola tengo qe decir qe no se ayuda nada a las mujeres maltratadas yo vivia en mallorca y me tuve qe venir a almeria porqe ese hombr yebaba 11 años maltratandome me qito a mi hija de 5años y yo tengo a mi niña de 4 yebos dos años para un juicio y ahun no se a celebrado. Es una verguenza estoy en un piso de ocupa ara mismo estoy esperando para volver a cobrar la rai porqe en casi dos años qe yebo aqi no encuentro travajo. Las asistentas sociales no ayu da n a nada es una verguenza. Ni en cosas para ls niñas ni en encontrar trabajo..en nadaa no pido dinero ni pido na da solo pido encontrar trabajo y qe me debuelvan a mi otra niñaa qe la tiene el padre esto es una verguenzaaa. Tomasanovescastro1991@gmail.com si me pueden ayudar a encontrar un trabajo lo agradeceria gracias

El DPA responde | Enero 26, 2017

Buenos días Tomasa. Hemos leído atentamente tu mensaje y te invitamos a que nos traslades una queja con toda la información posible sobre tu situación. Puedes trasladarno la queja en el correo electrónico defensor@defensor-and.es o en el enlace que te adjunto. En el caso que decidas enviarnos la queja, podemos estudiar si la administración te ha ofrecido los recursos destinados a las familias que se encuentran en tu situación. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

 

mari carmen (no verificado) | Enero 15, 2017

Hola, escribo porque necesito ayuda!! Soy mujer de violencia de género.. Tengo una niña pequeña con sólo dos añitos!! Y solo busco una vivienda que no tenga que pagar mucho.. Porque yo cobro muy poco de la RAI llevo viviendo con mi abuela solo 6 meses pero ella no me quiere en su casa! Y puff de verdad estoy desesperada por que me da igual si es centró de acogidas pero quiero estar con mi niña a donde no moleste por favor ayudarme

El DPA responde | Enero 30, 2017

Hola Mari Carmen. Me comenta mis compañeros que nos facilites un teléfono de contacto para llamarte o, si lo prefieres, nos escribes a la dirección de correo electrónico defensor@defensor-and.es facilitándonos toda la información sobre tu situación. Gracias y un saludo

Ani (no verificado) | Enero 6, 2017

Desde que yo era muy pequeña veía como mi padre maltrataba a mi madre , la echaba a la calle y no le dejaba entrar ni para comer Pero claro yo pequeña no entendía nada y le abría la puerta mi padre se enteraba y me pegaba , y ahora no esta mi madre maltratada física ahora también psicologícamente no la deja salir etc.tengo que dejar claro que año atrás le daba tal palozpalizas a mi madre que le rompía dedos.Ahora soy más mayor tengo 16 y por defenderla me sigue pegando , llevo meses convenciendo a mi madre para que llame al 016 pero claro la decisión es suya prácticamente quiere llamar pero tiene miedo ya que no tiene trabajo ni lugar donde nos quedaríamos y tiene miedo de eso y yo no puedo más.(siento que haya alguna que otra falta de ortografía pero estoy temblando de los nervios)

El DPA responde | Enero 9, 2017

Buenos días Ani. 

 

Necesitamos hablar contigo. Si quieres, puedes facilitarnos un telérono de contacto o nos puedes llamar al 954 212121. En este sitio web puedes facilitarnos el teléfono ya que los mensajes no se publican directamente, se publica bajo nuestra supervisión y, como es lógico, tu teléfono no lo publicaremos. Te mandamos muchos animos a ti y a tu madre. Esperamos tu respuesta. Gracias

Basilio (no verificado) | Diciembre 30, 2016

Hola , hoy acabo de denunciar a mi padre por violencia de género !
Pego a mi madre en varias ocasiones y también ponía a los hijos de su hermano a que la maltratara !
Estuve un día entero con la policia hablando por teléfono , ya que mi madre está en xxxx y yo en provincia de xxx la denuncia la hice por teléfono desde aquí !
Mi madre no habla absolutamente nada de Español ,cuando llegó la policia la encontraron solo y asustada !
En este tiempo me llaman para confirmarme de que no había nada raro con ella y que todo estaba bien.
Entonces me he cabreado y les pedí que por favor me la de para hablar con ella ya que ustedes no la entienden y ella no habla nada el idioma ...
A cuál mi madre oye mi voz y sentí un escalofrío desde la punta de los pies hasta la cabeza quando oí su voz miedosa y preguntándola ¿que si quería ir con ellos ?...
Y me dijo que si ¿pero que donde ? Y que no tenía dinero !
Le dije que ellos te llevarán a la comisaría y que tú tienes que hacerle una denuncia !
Se la llevaron a la comisaría .
Luego les dije que si podría temerla unos días hasta que yo pudiera ir a por ella a recogerla de allí ya que en esta temporada ( 30 a 1 de enero ) no hay medios de trasporte y yo no tengo coche .
Me dijeron que ellos son policías y que estas cosas no las hacen y que si mi madre quere ponerle una denuncia si la recogen en un centro de acogencia .
Así que la convencí yo y el traductor a que haga la denuncia , y me dijeron que no sabe cuánto puede tardar este juicio !
He oído que un año que puede durar más también si uno de los dos se declara inocente !
¿Alguien sabe cuánto tiempo te mantiene en este centro y si se pude visitarla ?
Me da miedo que este allí sola y que no entendía a nadie !
Yo solo necesitaba unos día para recogerla y mandarla a Italia donde mi hermana .

El DPA responde | Enero 3, 2017

Hola Basilio, déjanos un número de teléfono para poder hablar contigo. El número no saldrá publicado.

Aries (no verificado) | Diciembre 20, 2016

Hola, buenas noches. Mi nombre es Elisabet, tengo 32 años y una nena preciosa de 3 añitos. El día 5 de diciembre tuve que denunciar al que era mi pareja y padre de mi hija. No es la primera vez que le denuncio. Ya lo hice en otra ocasión pero retire todo lo que había aunque el fiscal decidió tirar hacia amante con ello. Me ha separado de mi entorno, de mi familia y amigos. En enero me quedo sin la RAI, la estoy cobrando por mi anterior pareja. Estoy en la casa de alquiler en la que viviamos. Pero no puedo pagarla. No me da para todo entre casa, comida y luz. Mi familia no vive aquí y aparte con la única que hablo es con mi madre y ni siquiera me a ofrecido que vuelva... Ya que es entendible xk me he intentado todo separar de esta persona en bastantes ocasiones y siempre termina e volviendo con él. Quiero acabar con todo esto ya, y el primer paso le he dado... Pero no se que va a ser de mi y de mi niña. No puedo abandonar la vivienda ya que tengo animales a mi cargo. Que puedo hacer porfavor. Decirme algo. Las chicas del centro de la mujer me dicen que me desaga de mis animales xk a una casa de acogida no puedo ir con ellos... Pero ellos forman parte de mi pequeña familia. Mi niña se muere si no tiene a sus perros... Y que hago con todo lo que tengo en la vivienda... La ropa, las televisiones, los juguetes de mi niña, las ropas de cama... No puedo permitirme el lujo de volver a perderlo todo. Que hago por Dios.

Mi teléfono; 665995811

Nika30 (no verificado) | Noviembre 20, 2016

Hola hable con vosotros en agosto soy mujer maltratada con una niña d 2años de andujar me fui del piso dond vivia con mi ex pareja xk no estaba cobrando aun la rai,hable con vosotros por telefono me dijisteis k hablara con las asistentas y lo hice para que me dieran una ayuda para ese piso o buscar otro piso mas barato pero lo unico k m dijeron era k m podian ayudar solo dos meses d ese piso o la fianza d otro piso mas un mes pero buscatme uno mas barato no tenian.y m tuve k ir a casa d mi.madre necesito irme con mi hija a un piso k pueda pagar porfavor necesito ayuda

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