1.3.3 Actuaciones de oficio, Colaboración de las Administraciones y Resoluciones no aceptadas

Por lo que se refiere a actuaciones de oficio, a continuación se relacionan las que han sido iniciadas a lo largo del año:

Queja 16/0332, dirigida al Ayuntamiento de Sevilla, relativa al fallecimiento de persona sin hogar en el Albergue Municipal de Sevilla.

Queja 16/0696, dirigida al Ayuntamiento de Sevilla y a la Secretaría General de Servicios Sociales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, relativa a posible paralización del programa ZNTS en la ciudad de Sevilla.

Queja 16/2178, dirigida a las 8 Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, relativa a la falta de protocolo para articular traslado de dependientes con PIA aprobado a Andalucía.

Queja 16/2259, dirigida a la Dirección General de Personas con Discapacidad de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, y diversas Federaciones y Asociaciones de personas con discapacidad, relativa a la falta de desarrollo del Sistema Arbitral de la Discapacidad en Andalucía.

Queja 16/3279, dirigida a la Dirección General de Personas Mayores y Pensiones no contributivas de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y Ayuntamientos con más de 50.000 habitantes, relativa a personas mayores solas en Andalucía.

Queja 16/4239, dirigida al Ayuntamiento de Úbeda, relativa a una persona alcohólica que vive en la calle sin apoyo ni recursos socio-sanitarios.

Queja 16/6483, dirigida al Ayuntamiento de Cádiz, relativa al fallecimiento de una persona sin hogar en Cádiz, en la vía pública.

Queja 16/6600, dirigida al Ayuntamiento de Sevilla, relativa a pareja de jubilados que vive en la calle en la ciudad de Sevilla.

• Queja 16/6941, pendiente de iniciar actuaciones ante la Administración afectada, relativa a plaza residencial para perfiles específicos.

• Queja 16/6978, pendiente de iniciar actuaciones ante la Administración afectada, relativa al procedimiento de reconocimiento de la discapacidad en Andalucía.

En el ejercicio 2016 la colaboración de las Administraciones responsables en materia de dependencia y Servicios Sociales para con esta Institución, ha sufrido dilaciones, dentro de lo habitual, dado el volumen de información que se hace preciso reclamar como consecuencia de las diversas quejas tramitadas.

Por el contrario, sí fueron asumidas prácticamente la mayor parte las Resoluciones individuales que a lo largo del pasado año fuimos emitiendo en los expedientes de queja individuales en materia de Dependencia y Servicios Sociales.

No obstante, en la queja 13/4146, en la que esta Institución formuló Resolución a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, tras ello recibimos información adicional del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache, a la vista de cuya aportación le hemos remitido escrito a la Delegación aludida, por el que mostramos nuestra disconformidad y la inclusión en el Informe Anual al Parlamento de Andalucía entre aquellos asuntos que el Defensor del Pueblo estimaba que no se han resuelto positivamente cuando ello hubiera sido posible.

Asimismo, en la queja 14/4213 y queja 15/2109, en las que formulamos Resolución consistente en Recomendaciones de actuación, se ha procedido a su conclusión y cierre con una valoración de discrepancias técnicas de la Administración a la que dirigimos la misma, con el pronunciamiento que esta Institución efectuó en las resoluciones aludidas, no obstante, hay que reconocer que en la queja 15/2109, la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales afectada manifestaba que aceptaba la recomendación formulada, si bien a pesar de que solicitada por la reclamante la revisión del PIA en noviembre de 2014 y de que la propuesta de los servicios sociales comunitarios señalaba como recurso más adecuado a la nueva situación de la dependiente la residencia para adultos con terapia ocupacional que fue validada en diciembre de 2014, estaba la persona dependiente aún a la espera de disponibilidad de plaza en una residencia para adultos.

Ante ello, no podemos entender que nuestra recomendación haya sido aceptada, pues dos años después la persona dependiente aún está esperando disponibilidad de plaza, aunque esta es una cuestión que quizás escapa de la competencia de las Delegaciones Territoriales incidiendo de lleno en la política de concertación de plazas de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de la Junta de Andalucía.