Una información adecuada ayuda en la lucha contra la violencia sobre la mujer

Una información adecuada aparece como esencial en la lucha contra la violencia sobre las mujeres, tanto para las mujeres víctimas que la padecen a la hora de conocer sus derechos, ayudas y servicios, centros de atención, formas de acceder a los recursos etc., como para los y las profesionales que intervienen con aquellas mujeres que se encuentran en esta situación, los responsables públicos que han de adoptar decisiones al respecto, y la ciudadanía en general pues contribuye a su mayor sensibilización ante el execrable problema de la violencia sobre la mujer.

La información sirve para disminuir la incertidumbre y aumentar el conocimiento sobre un tema específico y, a más conocimiento, más fácil será adoptar decisiones de actuación para prevenir, erradicar o minimizar las consecuencias negativas del suceso o fenómeno de que se trate.

Es el caso que se nos planteó en la queja 13/1016, en la que el Presidente de una Asociación de Padres de Familia Separados, revisando las diversas informaciones que en medios públicos se podían dar a las mujeres que sufrieran algún tipo de violencia dentro de su relación de pareja, estaba encontrando consejos que estimaba contrarios a la legislación vigente. Ponía de ejemplo el cuaderno informativo (concretamente su página 9) del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), de la Junta de Andalucía, que se veía en la web de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, titulado Violencia Contra las Mujeres, en el que textualmente se decía: «La primera medida a tomar si tiene cuenta corriente, cartilla de ahorro o similar, compartida con su pareja, sepa que tiene derecho a la mitad de los fondos depositados en ellas. Si las cuentas bancarias están a su nombre y su marido tiene firma autorizada, retire la autorización».

Lo que ocurría era que dicha información, que había sido retirada de otros documentos informativos por el Instituto Andaluz de la Mujer, se quedaba en internet, pudiendo ser utilizada por mujeres, asociaciones, administraciones públicas (nos ponía como ejemplo los casos de algunas páginas web de diversos Ayuntamientos y de otros organismos públicos).

Admitida la queja a trámite y solicitado informe al Instituto Andaluz de la Mujer, nos informó que la publicación a la que se hacía referencia en la queja era del año 2001. En 2007, el IAM publicó una nueva versión de dicho cuaderno con el mismo título, actualizando sus contenidos a los legislativos, científicos y sociales en materia de violencia de género y adaptando sus contenidos a la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Este cuaderno editado en el año 2007 es el que aparecía en la página web del Instituto Andaluz de la Mujer y por tanto era el cuaderno informativo vigente en la actualidad.

Se añadía que, en esta publicación del año 2007 no aparecía el párrafo de la publicación del 2001 que generaba la queja. El consejo que se ofrecía, la referencia a los aspectos económicos, se incluía en el apartado “Recomendaciones” y aparecía en la página 17 con la redacción: “Velar por tu economía: Si las cuentas bancarias están a tu nombre y tu pareja tiene firma autorizada, retira la autorización”.

El Instituto Andaluz de la Mujer no tenía en sus documentos de difusión vigente y actualizados el párrafo que generaba dicha queja, no pudiendo responsabilizarse de que otras entidades mantuvieran información no actualizada en sus contenidos.

Con posterioridad pudimos comprobar que por la Federación de Municipios y Provincias se habían renovado los contenidos de su página web. No obstante, efectuado un seguimiento de las web de diversos Ayuntamientos andaluces, a algunas de las cuales aludía el interesado, se comprobó que seguían apareciendo los contenidos antiguos, sin que se hubiese procedido a su actualización, pudiéndose inducir a error a las personas que las consultasen.

En consecuencia, en virtud del artículo 29 de nuestra Ley reguladora, se ha formulado Recomendación a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) en el sentido de que se envíe circular a las Entidades Locales asociadas, a fin de que se revisen los contenidos de las guías, recomendaciones o documentos informativos sobre violencia de género publicados en sus páginas webs, para que los mismos estén lo más actualizados posible y adaptados a la normativa vigente pudiendo servir de referencia para ello, los documentos informativos que edita y publica el Instituto Andaluz de la Mujer.

Esta Recomendación ha sido plenamente aceptada, por cuanto que recientemente la Federación nos ha enviado copia de la Circular que ha enviado a los municipios asociados trasladándoles la Recomendación de la Defensoría.

* Ver más en IA 2015. Capítulo 1.6.2.9.1 Igualdad de Género