De la “dilación singular” al “colapso general” de los órganos judiciales

El concepto de “dilaciones singulares”, entendido como un supuesto anómalo y peculiar de retraso en un pleito, casi ha desaparecido de nuestras quejas en este ejercicio 2015. Las dilaciones son ahora estructurales, previsibles, normalizadas y, lo peor, características de todo un modo de funcionar.

Ya es extraño encontrar una queja sobre particulares retrasos en la tramitación de un asunto judicial. Más bien encontramos juzgados colapsados cuyos asuntos son, uno tras otro, la consecuencia de dilaciones y retrasos sin remedio provocados por el nivel de parálisis que ofrece ese órgano en su habitual funcionamiento. Esa queja es una de tantas que viene provocada por la colapsada realidad de nuestro sistema judicial.

Y es que hace mucho tiempo que se superó el momento de los diagnósticos. Como decimos, contamos con un repertorio bien construido de datos e indicadores que saben ilustrar el funcionamiento de nuestros órganos judiciales. Sus cargas de trabajo, el reparto de asuntos, los niveles de desempeño que corresponden a las plantillas-tipo elaboradas para cada juzgado. Existen ratios de gestiones, tiempos, plazos, asuntos resueltos, resoluciones dictadas. Casi todo está identificado, contado y analizado. Las soluciones también, y ha llegado su hora.

Y la primera medida es asumir que nuestro sistema judicial es absolutamente insuficiente para atender las cargas ordinarias de trabajo que se residencian en nuestros juzgados y tribunales. La Memoria del Tribunal Superior de Justicia (TSJA) de 2013 indica que Andalucía lidera la ratio de asuntos por cada 1.000 habitantes (220) de toda España y es muy superior a los niveles de la Unión Europea (120 Francia, 100 Italia, 75 Alemania o 50 Reino Unido). La potencial litigiosidad o la sustanciación de asuntos que deben ser conocidos por los órganos del Poder Judicial no pueden ser atendidos con la dimensión actual del sistema judicial español. No hay juzgados para tanto pleito.

Esta conclusión viene siendo reiterada en cuantos estudios, memorias, análisis y proyectos se han elaborado para abordar la crisis de la Administración de Justicia en nuestro país. España -y Andalucía ratifica en su propio ámbito esta precariedad- no puede perseguir los objetivos correctivos que necesita su sistema judicial mientras no aborde con solemne decisión la dotación de la organización judicial que necesita.

Nuestro sistema judicial es absolutamente insuficiente para atender las cargas ordinarias de trabajo que se residencian en nuestros juzgados y tribunales”

Después de décadas de indicadores y ratios ya sabemos qué necesita nuestra Justicia; ya están medidas y contrastadas las capacidades de trabajo en cada tipo de órgano; el TSJA pide cada ejercicio los juzgados necesarios para ofrecer un servicio digno de respuesta a la sociedad. Mientras esta decisión no se adopte, mientras no se aborden desde las más altas instancias del Estado una auténtica revolución judicial, pocos avances se lograrán.

Claro que se debe trabajar en otras vías como un sumando inteligente de acciones coordinadas de mejora, como potenciar la solución extrajudicial de conflictos, favorecer la tramitación electrónica de los procedimientos, reducir la judicialización obligada de asuntos, reordenar los recursos hacia las efectivas cargas de trabajo, agilizar los procesos civiles y penales. Todo ayuda, sin duda.

Pero sin los jueces y tribunales que faltan no superaremos esta crisis sistémica y endémica. Nos limitaremos a seguir relegando la inaplazable decisión de establecer en nuestro país la presencia judicial que requiere.

Crear un nuevo juzgado vale mucho dinero. Mantener ineficaces y colapsados los que hay, cuesta mucho más.

Por nuestra parte, los últimos Informes al Parlamento concluyen parecidas situaciones: se necesitan nuevos órganos judiciales; pero no se crean; es urgente contar con personal de refuerzo pero el cupo está ya agotado sin nuevas plazas añadidas; cabrían medidas de reparto de asuntos entre juzgados, pero esos acuerdos no competen a la Administración; la adecuación de las sedes judiciales se resolverá con la futura Ciudad de la Justicia, pero no se cuenta ni con el proyecto.

La situación en determinados juzgados es sencillamente insoportable. No por un prurito de impaciencia; es que la familia que depende de una pensión para poder subsistir no puede esperar tres años para ser citada en una sala de vistas. No lo puede soportar.

Lo hemos dicho muchas veces en nuestros Informes al Parlamento y no podemos cejar en manifestar nuestro criterio que, por otra parte, se repite coincidentemente con los análisis de la Consejería o del propio TSJA. Los mismos jueces reconocen en su Memoria de 2014 que han de “ganarse con la autoridad y la legitimación diaria y el buen ejercicio profesional el respeto de los demás y la confianza de los ciudadanos” (pág. 20). Poco más se puede añadir salvo que no caben más actitudes de tolerancia malentendida, de aplazamientos o de excusas competenciales. Abordemos con valentía las necesidades que presenta la Administración de Justicia en Andalucía y en España entera.

* Ver más en IA 2015. Capítulo 1.7.2.1.2 Justicia