Página 79 - Los Derechos Pol2

Versión de HTML Básico

79
LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS RESIDENTES EXTRANJEROS:
LA CIUDADANÍA INCLUSIVA
Derechos Humanos en Occidente. De esta manera el carácter legal sólo
viene a certificar el plano moral-político, que es el realmente constitutivo
de los Derechos Humanos.
El prejuicio legalista occidental llevaría a tener que occidentalizar a
todo el Mundo y la propia ciudadanía transcultural. Por ello, señala que
existen medios e instituciones distintas para universalizar de una forma
no legalista los Derechos Humanos en otras culturas no occidentales,
como la apuesta por la regeneración democrática a nivel interno dentro
de cada Estado-nación y la potenciación de instituciones como el Alto
Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, por
ejemplo.
Algunas cuestiones de especial interés se desprenden de la ciudadanía
transcultural defendida por Rubio Carracedo, sobre todo en lo referente
a los Derechos Humanos, su positivación y vigencia. Serán objeto de
nuestra atención en las reflexiones con las que concluiremos esta tesis
doctoral.
III.4.e) La ciudadanía cosmopolita.
Los autores cosmopolitas señalan la incapacidad del Estado-nación
para responder a los retos de la globalización en general, y para reconocer
y proteger los derechos fundamentales de las personas en particular.
Ante esta situación, el cosmopolitismo propone hacer trascender la
ciudadanía de las fronteras del Estado- nación, residenciándola en las
instancias globales transnacionales de integración política y protección
de los Derechos Humanos.
Estas teorías tienen su base filosófica en el estoicismo romano y su
“res publica universalis” (comunidad universal de derechos), en el ideal
racionalista de Kant e incluso en un humanismo de inspiración cristiana.
Parten de la idea de que la primera lealtad de los seres humanos se
debe a la Humanidad en su conjunto, por encima de patriotismos étnico-
culturales
107
.
107
NUSSABUM, Martha; Los límites del patriotismo. Paidós. Barcelona, 2006.