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LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS RESIDENTES EXTRANJEROS:
LA CIUDADANÍA INCLUSIVA
Para que la persona extranjera pueda llevar a término esa “capacidad
jurídica iusfundamental”, y por tanto adquirir la ciudadanía plena, es
necesaria una cierta asimilación cultural del marco constitucional a
través de la nacionalidad, lo que determinará también unos límites a la
acomodación intercultural en las nuevas sociedades diversas
58
. Respecto
a estos límites se llevará a cabo una posterior reflexión más extensa.
Según esta propuesta doctrinal, los derechos civiles y sociales deben
disfrutarse en plenitud desde los primeros grados de ciudadanía, sin
que sea necesaria una residencia estable muy prolongada en el tiempo
y sin tener que ostentar la nacionalidad del Estado de que se trate. Sí se
exigirá poseer un grado de ciudadanía con un mayor nivel de implicación
con la comunidad y el Estado para ejercer los derechos de participación
política.
Una teoría muy cercana a la expuesta sería la que apuesta por una
“ciudadanía gradual multinivel”
59
. Con ella se facilitaría la integración de
la población inmigrante a través del respeto a la dignidad de la persona
y a los derechos fundamentales inviolables a ella vinculados, por una
parte, y a través de la promoción gradual de los derechos civiles, sociales,
políticos y culturales de las personas inmigrantes, por otra.
Quienes defienden la ciudadanía gradual diferencian dos ámbitos en
los derechos políticos. El primero relacionado con el ámbito local, con las
administraciones e instituciones públicas más cercanas a los ciudadanos
y a la vida cotidiana. En este espacio se muestran partidarios de abrir
la participación política a las personas con una nacionalidad distinta
a la dominante en el Estado-nación que tengan una residencia estable,
es decir, que puedan participar en las elecciones de ámbito local, y en
el caso español también en las autonómicas, tanto desde el sufragio
activo como desde el pasivo. Sin embargo, para el segundo nivel de
participación política, el referido a los procesos electorales de carácter
nacional, será necesario poseer la nacionalidad del Estado, ya que sólo
58
ALÁEZ DEL CORRAL, Benito; “Ciudadanía democrática, multiculturalismo e inmigración”. VII Congreso
ACOES: “30 años de Constitución”. Madrid, 2009, pp. 13 y ss.
59
SANZ MORENO, José Antonio; ob.cit., pp. 18-19.