Página 268 - Los Derechos Pol2

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en el país de origen de las personas extranjeras a las que se pretenda
otorgar éstos en España. Surge el interrogante sobre el contenido de la
reciprocidad, en el sentido de si ésta implica una identidad estricta en las
condiciones de ejercicio del derecho de sufragio en España y en el país
de que se trate. El Consejo de Estado, en su informe de 24 de febrero de
2009, determina que aunque no se exija una coincidencia plena, sí que
debe tener un nivel considerable de equivalencia.
Algunos autores apuntan que para que pueda considerarse que existe
un nivel de equivalencia aceptable las elecciones en el país de que se
trate deben cumplir los estándares internacionales democráticos, deben
reconocer como mínimo el sufragio activo en el ámbito municipal y el
periodo de residencia exigido debe ser similar
298
. Otros realizan una
interpretación del criterio de reciprocidad todavía más flexible, ya que
consideran que éste alude a una
reciprocidad de reconocimiento
del
derecho de sufragio, y no del
ejercicio
del mismo, es decir, que bastaría
con el reconocimiento abstracto del derecho de sufragio, no siendo
imprescindible la posibilidad de su ejercicio realmente efectivo. Siguiendo
esta interpretación defienden que sería suficiente con un texto legal del
ordenamiento jurídico español que reconozca en general el sufragio local
a los residentes extranjeros de países que también lo reconozcan a los
españoles
299
.
Aún aceptando que la reciprocidad no implica una identidad estricta
de condiciones de ejercicio, bajo nuestro punto de vista con varios de los
países con los que España ha establecido acuerdos de reconocimiento
mutuo de participación política a nivel municipal es difícil sostener la
existencia de una equivalencia equilibrada en las condiciones de ejercicio
del derecho de sufragio. Esta cuestión será analizada con detenimiento
en próximos apartados.
Desde una perspectiva formal, el art. 13.2 CE reconoce dos tipos
de reciprocidad
.
La convencional, que se plasma a en un instrumento
298
SANTOLAYA, Pablo y DÍAZ CREGO, María; El sufragio de los extranjeros…cit., p. 16.
299
ROSA, F. Esteban de la; “Artículo 6. Participación pública”, en ESPLUGUES, C. (coord.); Comentarios a la
ley de extranjería. Tirant lo Blanch. Valencia, 2006, pp. 142-178.
Condiciones de ejercicio del derecho de sufragio por los residentes
extranjeros en España.