Página 162 - Los Derechos Pol2

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e introduce su interpretación extensiva de los derechos de asociación,
reunión, sindicación, huelga, educación y a la asistencia jurídica gratuita.
Pero, sin embargo, aprovecha esta reforma para introducir nuevos recortes
en los derechos de los extranjeros en ámbitos distintos a los tratados por
la STC 236/2007. La LO 2/2009 establece limitaciones para las personas
extranjeras en el derecho de acceso a la vivienda, en el derecho a vivir en
familia o en el derecho a la libertad ambulatoria, entre otros; también
endurece el régimen de infracciones y sanciones en materia de extranjería
(previendo nuevas infracciones que sólo son tales cuando interviene una
persona de nacionalidad extranjera)... Algunas de estas modificaciones
serán objeto de nuestra atención más adelante.
Consideramos esta circunstancia como un ejemplo muy ilustrativo de la
marcada tendencia restrictiva de la legislación en materia de extranjería
en España, en la línea de la dirección imperante en el ámbito competencial
de la Unión Europea. La inclusión en una reforma legislativa, impuesta
por el Tribunal Constitucional al declarar inconstitucionales determinadas
limitaciones de derechos de las personas extranjeras, de nuevas
limitaciones en otros ámbitos da buena medida de una determinación
política firme a la hora de regular esta materia. La lógica de la seguridad,
del control de fronteras y del utilitarismo económico-laboral se impone
de forma clara frente a una visión que apueste por la equiparación
progresiva entra nacionales y extranjeros en el reconocimiento de los
derechos fundamentales y, en definitiva, por un nuevo concepto de
ciudadanía más inclusivo.
A pesar de lo expuesto, es de justicia poner de relieve que la LO
4/2000 ha sido objeto de una nueva reforma tras la operada por la LO
2/2009 que sí supone un paso adelante en materia de protección de
derechos fundamentales de las personas extranjeras. La LO 10/2011,
de 27 de julio, modificó el art. 31 bis LO 4/2000 para salvaguardar de
la incoación de expediente sancionador en materia de extranjería a las
mujeres extranjeras víctimas de violencia de género que se encuentren en
situación documental irregular.
La LO 2/2009, de 11 de diciembre.