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Pedimos al ayuntamiento que arbitre medidas para atender la necesidad de vivienda en su municipio

Queja número 24/7327

En relación con el expediente de queja recibido en esta Institución, la promotora de la queja nos trasladaba que necesitaba ser atendida por los servicios sociales comunitarios frente al desahucio al que tenía que hacer frente; sin más recursos que una pensión de 789 euros. También nos informaba que se encontraba inscrita en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de Torreperogil.

Tras conocer que, al parecer, no se estaba realizando ninguna actuación concreta para paliar su frágil situación solicitamos informe Ayuntamiento de Torreperogil para conocer qué intervenciones específicas se estuvieran realizando en su beneficio.

A este respecto nos informaban del total de intervenciones realizadas, centradas en ayudas económicas puntuales para el pago del alquiler, acciones de índole socio-sanitaria para el reconocimiento del grado de discapacidad e informe de vulnerabilidad en relación al desahucio anteriormente referenciado. Unas ayudas que, si bien contribuyen en su bienestar, no habían revertido su situación referida a la necesidad de un recurso residencial estable tras su desahucio.

De la información aportada por el Ayuntamiento se detectaba la falta de vivienda pública municipal y la carencia de recursos efectivos que esa Corporación Municipal parecía tener, para dar una respuesta efectiva a cualquier persona en situación de emergencia habitacional. Tampoco nos daban a conocer las actuaciones que el Ayuntamiento estaba realizando para dar una respuesta a las personas que se encontraran en una situación similar a la suya, que requiere de los organismos públicos para mejorar su calidad de vida.

Así, tras el análisis de los hechos y teniendo en cuenta las consideraciones legales pertinentes, se dictó Resolución en el siguiente sentido:

RECOMENDACIÓN 1: para que se tome contacto con la persona afectada y se articulen cuantas intervenciones de carácter urgente pudieran ser posibles, ya que este Defensor desconoce si pudiera estar en situación de calle; tanto en el ámbito socio-sanitario como en el de la urgencia social y que le garanticen una existencia digna.

RECOMENDACIÓN 2: para que se atiendan situaciones de emergencia habitacional para personas en situación de vulnerabilidad, facilitando aquellos recursos que les impida quedar en situación de extrema precariedad, bien a través de medios propios, o bien articulando mecanismos de coordinación eficaces con otras Administraciones Públicas con competencia en esta materia.

RECOMENDACIÓN 3: para que se pongan los medios necesarios para una gestión del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de su municipio, que permita dimensionar la necesidad de su población.

RECOMENDACIÓN 4: para que, en caso de no disponer de un Plan Municipal de Vivienda y Suelo, se articulen los medios necesarios para su redacción y aprobación o en su caso se solicite la colaboración de otras administraciones para ello”.

En el informe remitido como respuesta a la resolución, en relación a la recomendación 1 y 2, hemos sido conocedores de que causó baja en el Padrón Municipal de ese municipio, el pasado 4 de marzo de 2025 y que fue a vivir a la localidad de Úbeda a un nuevo piso de alquiler contando con la ayuda de los Servicios Sociales que le proporcionaron una prestación de emergencia social, por importe de 560 €, para hacer frente a la fianza de este inmueble. No obstante, nos informan que en esta vivienda ha permanecido durante 2 meses, aproximadamente, compartiéndola con otra inquilina.

También nos informaba que actualmente ha regresado a Torreperogil, y se encuentra residiendo en otra casa de alquiler con otra persona, circunstancia que le permite estar más holgada económicamente, según usted misma manifiesta. En la última cita que ha mantenido con los servicios sociales de fecha 25 de junio, se han retomado los trámites de su valoración de discapacidad y de dependencia.

Por lo que respecta a la recomendación 3 relacionada con la gestión del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Torreperogil, nos informa el ayuntamiento que “se encuentra desactualizado debido a que se ofertan muy pocas viviendas públicas. Se actualiza cuando la Junta de Andalucía comunica que se encuentra libre alguna vivienda y hay intención de adjudicarla. La oferta, sin embargo, es mínima a lo largo del año y siempre son viviendas de la Junta de Andalucía

Si bien el ayuntamiento nos informa que aceptan nuestra recomendación y que se comprometen “a articular medidas para informar adecuadamente a la ciudadanía sobre los requisitos para su inscripción en el Registro, manteniéndolo actualizado para cualquier tipo de adjudicación que se produzca”.

A este respecto le hemos transmitido, que este Registro, además de tener como objetivo la adjudicación de vivienda protegida respetando los principios de igualdad, transparencia, publicidad y concurrencia, también es indispensable para recoger la demanda de vivienda protegida de modo que sirva de base para que este Ayuntamiento pueda planificar sus políticas de vivienda.

En consecuencia, le trasladamos la importancia de que usted esté inscrita en el régimen que más se acomode a sus circunstancias socio-económicas, dado que de lo contrario podría darse el caso de que fuese seleccionada para una vivienda protegida que excediera de sus recursos económicos.

Y en relación a la recomendación 4, referida al Plan Municipal de Vivienda y Suelo, nos informaba que sí “existe un Plan Municipal de Vivienda y suelo, aprobado por el Pleno municipal con fecha 26 de julio de 2018, elaborado por los técnicos municipales con la colaboración de la Excma. Diputación Provincial y presentado a la Consejería de Fomento y Vivienda con fecha 19/07/2018”.

A este respecto, considerando la fecha en la que fue aprobado, siendo éste una herramienta esencial para que los Ayuntamientos definan y desarrollensus políticas de vivienda y suelo, se le ha trasladado al Ayuntamiento, la necesidad de revisar el mismo, a los efectos de adecuar el diagnóstico y las actuaciones planificadas a las necesidades actuales, que requieren que se aúnen esfuerzos para dar una respuesta a la demanda de vivienda asequible existente en el municipio, bien sea a través de iniciativas públicas como privadas.

Así las cosas, y siendo conocedores de que cuenta con el apoyo de los servicios sociales comunitarios, tras un detenido estudio de la información recibida, así como el resto de aportaciones hechas en relación a la resolución formulada, podemos deducir que el Ayuntamiento de Torreperogil ha aceptado la resolución.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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