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Ejecutan obras ante el estado de abandono y ruina de un inmueble que origina graves perjuicios a otro colindante

Queja número 18/5504

Ante la falta de respuesta del Ayuntamiento de Carboneras a nuestra petición de que nos mantuviese informados acerca de los trámites del expediente de ejecución subsidiaria que iba a iniciar tras las alegaciones de la propiedad del inmueble objeto de la presente queja, de los actos derivados de la resolución en el caso que fuese dictada y la necesidad de respuesta expresa a las denuncias vecinales relacionadas con el asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formulamos Resolución a dicho organismo en el sentido de que, en observancia y aplicación de la normativa urbanística correspondiente, se adoptara e impulsar las medidas procedentes, por sí mismo o recabándolo a los propietarios obligados a ello, para que el solar pasara a encontrarse en las adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público según venían demandando los vecinos afectados.

En la respuesta municipal remitida nos indicaban que en septiembre de 2020 el Ayuntamiento tuvo conocimiento de la compraventa de los inmuebles objeto de la queja por un nuevo propietario, al cual, se le instó de manera verbal a ejecutar los trabajos de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización de las fincas adquiridas. Dichos trabajos, los llevó a cabo en diciembre de 2020. En enero de 2021 el Ayuntamiento comprobó la situación de la parcela, encontrándose ésta conforme en lo referente a limpieza y a la imposibilidad de accesos no autorizados al interior de los edificios de la parcela.

Con fecha 9 de abril de 2021 el nuevo propietario solicitó Licencia Urbanística de Obra Mayor para la ejecución y finalización de las dos edificaciones que fue otorgada a efectos administrativos sobre el proyecto básico presentado según acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 21 de mayo de 2021 y para la ejecución de las obras por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 3 de septiembre de 2021.

En consecuencia, el motivo de la queja desapareció en diciembre de 2020 y en la actualidad, se estaban ejecutando las obras autorizadas por la Licencia Urbanística de Obra Mayor aludida.

Con esta información, habiendo sido aceptada la Resolución formulada, dimos por concluidas nuestras actuaciones al estar ya resuelto el problema planteado.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2 Comentarios

Antonio Marcos ... (no verificado) | Julio 1, 2022

Compré una vivienda en 2008 en la cual había 56metros cuadrados en pl.baja a mí me faltan y a los vecinos les sobran según escrituras pero se niegan a a darme los.mas tarde hacen reformas sin previo aviso ocasionando daños.que puedo hacer?

El DPA responde | Julio 7, 2022

Hola Antonio Marcos,

Con los datos que nos trasladas no podemos darte una respuesta adecuada a tu consulta.

A modo general, te informamos de que el Defensor del Pueblo Andaluz no interviene en aquellos conflictos que se dan entre dos particulares, dado que no hay ninguna Administración Pública de Andalucía involucrada. En este sentido, te recomendamos que plantees tu consulta a un asesor o asesora jurídico, que te podrá recomendar las acciones a ejercer para la mejor defensa de tus intereses en el caso.

En caso de no disponer de ingresos suficientes, puedes solicitar la asistencia jurídica gratuita (En este enlace podrá encontrar información sobre los requisitos y el procedimiento para poder tener derecho a ella).

Saludos

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