El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución del Parlamento de Andalucía dedicada a proteger los derechos y las libertades de la ciudadanía comprendidos en el Titulo primero de la Constitución y en el Título primero del Estatuto de Autonomía para Andalucía (derecho a la Igualdad, derecho a la Educación, derecho a la Protección de la Salud, derecho de acceso a la Cultura, derecho a disfrutar de un Medio Ambiente adecuado, derecho a la Vivienda, derecho al Trabajo, etc.)
Su regulación se encuentra recogida en la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Para el desarrollo de estas funciones de protección de derechos y libertades puede supervisar las actuaciones de las Administraciones Públicas de Andalucía (Ayuntamientos, Diputaciones, Consejerías de la Junta de Andalucía, Agencias públicas, Empresas públicas, Hospitales públicos, etc.)
De este modo, cuando una persona tiene un problema con alguna de estas Administraciones Públicas, puede presentar una queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz para que éste intervenga en el conflicto.
También puede plantear una consulta, si lo que desea es que el Defensor del Pueblo Andaluz le asesore en alguna cuestión que afecte a alguna de las Administraciones Públicas de Andalucía.
Finalmente, se puede solicitar que por parte del Defensor del Pueblo Andaluz se lleve a cabo una mediación. Esta actuación está pensada, con carácter general, para aquellos casos en los que la solución al problema planteado por la ciudadanía requiere la colaboración de alguna Administración Pública, de entidades prestadoras de servicios de interés general o de algunas entidades privadas a las que el Defensor no puede supervisar.
Ejemplo de estas actuaciones de mediación son las intervenciones que el Defensor realiza ante la compañía ENDESA, ante TELEFÓNICA, ante algunas entidades financieras o ante determinados organismos de la Administración Pública del Estado, como la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
26 Comentarios
Puse una reclamación ante la Junta de Andalucía por el cambio realizado en la tabla de ponderación de grados universitarios para el ejercicio 2020/2021. Ellos no me lo resuelven y no harán nada. Se trata de que el grado universitario de Ciencias de la Actividad Física y del deporte, siempre ha estado vinculado a dos ramas, las de sociales y las de la salud. EN el BOJA de 22/06/2018 cambian las ponderaciones de las asignaturas para el curso 2020/2021poniendo el grado de Ciencias del Deporte en la rama exclusivamente de sociales y por ello, pasando de ponderar la asignatura de matemáticas II (que se estudia en la rama de la salud y es la más difícil) 0,1, menos que las matemáticas de sociales (que son más faciles) que ponderan 0,2
Esto siginifica que los niños que echaron su matrícula para bachillerato a finales de junio de 2018, pensando que para hacer la carrera de Ciencias del Deporte valía hacer el bachillerato de ciencias de la salud, se encuentran que en segundo de bachillerato, le cambian la ponderación para la selectividad que tienen que realizar, porque cambian la rama de ese grado a ciencias sociales, dejando de pertenecer a la rama de salud, siendo un fallo garrafal si consideramos que el deporte es salud. Teniendo esta tabla de ponderación efectos para el ejercicio que viene (ni siquiera este) deberían corregirla y meter las matemáticas II del grado Ciencias de la Educación Física y del Deporte en la rama de la salud y ponderar por tanto con 0,2, igual que las matemáticas de ciencias sociales.
Buenos días. Me gustaría saber si tienen competencias para solicitar aclaración a unos Magistrados del TSJA sobre una sentencia dictada sin fundamento jurídico. Tan sólo resuelven que "la pretensión ha sido ya valorada y resuelta en esa misma sala con ocasión de resolverse idéntica situación litigiosa a la que ahora se discute" y hace alusión a una sentencia en la que la apelante intenta que se le de la razón contra una actuación de la Administración en un concurso de méritos basando su argumento en una base que impide expresamente se le valore el título que el apelante pretende que se le valore por lo que, lógicamente, la sentencia no podía ser sino denegatoria pues la Administración ha cumplido con lo preceptuado en las bases. No ocurre lo mismo en mi caso que aún haciendo referencia a la misma base que rige el concurso, la misma no impide que se me valore el título que pretendo se me valore y así lo determinó el Juez en primera instancia sin condenarme a costas ya que, según el juez, "se trata de un supuesto que genera serias dudas jurídicas", dudas que no generaba el supuesto de la otra sentencia ya que lo actuado por la Administración estaba regulado en las Bases del Concurso y las mismas no habían sido recurridas por lo que las Bases del Concurso son la "Ley" por la que ha de regirse el concurso. Por tanto, aún refiriéndose a la misma base, los dos supuestos son totalmente diferentes. No entiendo cómo TRES Magistrados del TSJA que han firmado la sentencia, han podido caer en tan tremendo "error", de lo que se deduce, que sólo han leído la apelación formulada muy por encima y al ver que se trataba de la misma base, han determinado dictar esa "sentencia" que, al igual que la otra, determina "la singularidad del caso y la existencia de dudas de derecho". Me dejan abierta la puerta al recurso de casación pero me lo desaconsejan ya que, en primer lugar, pueden inadmitir el recurso y ya en ese punto condenarme a costas entre 1000 y 2000 € y, en segundo lugar recurrir ante el Supremo cuando estoy segura que confirmaría la sentencia es un gasto que no me puedo permitir. Y digo que estoy segura porque no van a ir en contra del Juez que dictó la sentencia en primera instancia y mucho menos contra la Administración con los efectos que eso llevaría aparejados. "Decirle a la Administración que ha actuado "incorrectamente", pues no lo va a hacer porque podría ser causa de anulación del concurso y eso tendría muchísima repercusión. Es más fácil decirme a mí que no y ya está. Ya he gastado muchísimo en intentar que se reconozca mi derecho y no puedo más. Sé que tengo razón y que esto perjudica mi futuro pero está claro que la suerte no ha estado de mi lado. Se trata claramente de un error de los Magistrados pero demostrar ese error no es posible si no recurro. Entonces, los jueces ¿pueden dictar las sentencias que les de la gana sin que nadie les diga que no han hecho su trabajo?. Me encuentro totalmente indefensa ante esta situación. Sólo quiero que dicten una sentencia con su fundamento jurídico ajustado a mi apelación. Quiero que alguien les "tire de las orejas" porque no han hecho su trabajo y han sido no uno sino tres Magistrados del TSJA. ¿Qué hicieron? ¿Mirarlo en 2 minutos?. Si le hubiesen dedicado al menos los 7 minutos que se requieren para leer la apelación, no habrían podido dictar la sentencia que han dictado. Después del retraso que ha llevado ya que han tardado un año en dictarla. Por favor, dígame qué puedo hacer, si tiene competencias el Defensor del Pueblo Andaluz en pedirle explicaciones a esos Magistrados. ¿Pueden hacer lo que les de la gana?. No me digan que recurra en casación porque, como he dicho antes, no me puedo permitir gastar más dinero pero sí quiero que esta situación sea del dominio público. Que se sepa que esa es la "Justicia" que tenemos y que nos encontramos "indefensos" ante situaciones así porque no existe, que yo conozca, ninguna forma de defendernos si no es mediante los tribunales, lo que lleva implícito, gastar más y más dinero. Muchas gracias. Un saludo.
Buenos días,
A este respecto, hemos de indicarle que esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, carece de competencias para supervisar la actuación de los Órganos de la Administración de Justicia actuantes en el ejercicio de la función jurisdiccional encomendada por la Constitución. Según nuestra Norma Suprema (Art. 117.1) “la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley”.
Es por ello que, ni las decisiones adoptadas por los Juzgados y Tribunales en el ejercicio de su función jurisdiccional son susceptibles de revisión por parte de instituciones ajenas al Poder Judicial, ya que solo cabe interponer contra las mismas los recursos jurisdiccionales que quepa formular contra ellas, ni se puede intervenir en relación con hechos pendientes de un proceso judicial en tramitación, ni suplir las funciones de dirección técnica que en éste tienen los abogados.
Un saludo.
Buenos días María José. Trasladamos tu mensaje a los compañeros para su valoración. Gracias y seguimos en contacto. Un saludo
Buenas tardes, me han cobrado en el BBVA unas comisiones abusivas,según ellos por mantenimiento.Mantenimiento de que? rondando los 200 euros. Ni mi cuenta estuvo en números rojos, ni tengo tarjeta de crédito ni nada. Yo abri esa cuenta diciéndome tendría comision CERO, según ellos mi situación ha cambiado y ya no cumplía los requisitos para seguir acogida a "tal privilegio".En ningún momento se me informó de nada, ya que lo que firme fue atraves de tablet ,no me dieron copia. Segun tenía entendido era como una verificación de mi cuenta on líne verificandola con mi DNI,según me dijeron en ese momento.Ya puse queja en consumidor. Debo presentar queja conjunta ante el Banco de España? Hay bastantes afectados, de hechos están pensando en crear una plataforma por el cobro de estas comisiones abusivas e inventadas
Buenos días, si ya ha solicitado a la entidad la devolución de estas cantidades, no le han respondido y considera que se han vulnerado sus derechos como consumidor de productos bancarios, debe enviar una carta al defensor del cliente del banco que está obligado a contestar en un plazo máximo de dos meses. Su respuesta debe estar argumentada.
Si su respuesta es desfavorable o pasan dos meses y no le han contestado, el siguiente paso es reclamar al Banco de España, que se encarga de resolver las quejas, reclamaciones y consultas relacionadas con las entidades de crédito. Debe pronunciarse y emitir un informe en cuatro meses. Por último, si quiere, puede reclamar que le devuelvan las cantidades cobradas indebidamente, tendrá que reclamarlo en los tribunales.
Un saludo.
en la guardería de mi hijo (de 2 años) han publicado fotos en facebook sin mi autorizacion ni consentimiento ni nada les he pedido que las quiten pero no hacen caso ..
!!que puedo hacer !!!!
Hola María, para publicar fotos de tu hijo en RRSS es necesario que prestes tu consentimiento. Te sugerimos que solicites la retirada por escrito a la guardería y en función de la titularidad eleves la reclamación al superior correspondiente. Si no obtienes resultado con estas acciones y es de titularidad pública, nos vuelves a preguntar. Si es privada, solo cabe la denuncia. Un saludo.
Necesito que me ayude,pues tenemos problemas con el am bulatorio de nuestro pueblo por su falta de efectividad y por su falta de respeto hacia pacientes en horas de urgencias
Pues lo ultimo que hemos vivido ha sido repugnante pues un familiar se encuentra mal y se acerca al ambulatorio de madrugada aquejada de dolor de espalda, brazo y vomitos
Y no se le ocurre nada mas que inyectarla y mandarla a casa a que fuera hora de consultar a su medico
Con las mismas esta señora le dijo que ella no se pinchaba naday que lw hicieran un electro que ella tenia uninfarto
Los sanitarios le repondieron que si ella sabia lo que tenia a que iva y que aquello no es un supermercsdo
Pues con la insistencia de esta mujer al final decidieron hacerle el electro
Y cual fue la sorpresa que era.mucha gravedad asi que se tragaron las palabras y la mandaron a ecija y este hospital la tras lado en elicoptero a sevilla
Y se ve que tiene una fisura en la vena aorta
Por favor tengo mas.quejas pero esta es como la gota que colmo el vaso .Revisen el personal que vela por nuestra salud
Gracias
Hola Maricarmen,
Sentimos la situación que vivió tu familiar. Para poder examinar el caso concreto, necesitaríamos que nos hiciérais llegar un escrito con los datos de la persona afectada y la explicación de los hechos, especificando el ambulatorio donde se produjeron. El escrito debe estar firmado por la persona interesada pero puede hacérnoslo llegar ésta directamente o bien otra persona con su autorización. Así mismo, si se hubiera presentado algún escrito ante el servicio de atención al usuario del centro en relación con los hechos o se hubiera dirigido ya alguna reclamación al Servicio Andaluz de Salud en referencia al asunto, convendría que se adjuntara al escrito de queja. Podéis encontrar toda la información sobre los diferentes canales para hacernos llegar la queja en nuestra página web . En tu mensaje nos indicas que, además de este caso concreto, tienes otras quejas. Si quieres que te orientemos o valoremos nuestras posibilidades de actuación, necesitaremos que nos facilites más información. Quedamos a tu disposición.
En primer lugar agradecerle haberme contestado anteriormente mi pregunta era sobre una silla de ruedas eléctrica el médico especialista ( rehabilitador) me comentó que no le pertenece una eléctrica, le comento que tiene la pierna izquierda amputada y la derecha operada muchas veces y salvada ahora por las células madre,hace dos años le recetaron la prótesis la cual no podía aguantar se la volvieron a repetir y es imposible porque tiene un neuroma posperatorio con el ceatico pillado lleva muchas filtraciones y ahora está en la unidad del dolor ,con una lista de espera dicen de un año para radiofrecuencia tiene mucho dolor y no se puede poner la prótesis le querían recetar otra y dije que no se la podía poner es imposible por el dolor y quiero que me cesore si le pertenece la silla eléctrica ya que me dicen que tiene las manos bien para la normal pero está muy mal del corazón operado a corazón abierto y baypass y últimamente stens,
No puede hacer esfuerzos me gustaría me dijera como lo hago si con un informe del cardiólogo bastaría ,cambiar por prótesis le agradecería me ayudarás ya que vivimos en una calle bastante pendiente y es imposible subirlo avase de esfuerzo le quedaría muy agradecida me ayudara con quién tendría que hablar y que documentos e tiene muchos problema s por la diabetes espero su respuesta y muy agradecida un saludo....
Hola quiero que me ayuden haber cómo puedo solucionar nuestro problema mi marido está operado de corazón hace 18 años desde entonces la diabetes no ha parado y le han amputado la pierna izquierda por ahora la derecha va un poquito mejor por las células madre no sé por cuánto tiempo del corazón ya al cabo de los años empieza otravez con más sten venas artificiales y mucho ahogo vivimos en una calle bastante pendiente y dicen que la silla de ruedas eléctrica no se puede recetar con una minusvalía de noventa por ciento donde podría dirigirme rehabilitación trauma por favor espero me contesten muchísimas gracias
Muchas gracias por la contestación,aunque no sé si me explique bien , a lo que me quería referir es si es posible que me la receten ya que el especialista reabilitador nos dice que el le receta otra prótesis la cual por sus otras dolencias del corazón y ahora se está tratando del nervio ciático pillado por un neuroma posoperatorio del miembro amputado no puede ni con prótesis ni silla manual ya que es mucho esfuerzo para el ,por sus problemas coronarios y añadiendo la dificultad de dónde está situada nuestra vivienda ya que hay mucha pendiente,me gustaría saber si con un informe del cardiólogo adjuntado a la minusvalía de su movilidad reducida tendría derecho a la silla eléctrica, ya que nos dicen que le recetarian una silla manual y una prótesis la cual no usaría, por favor a ver si podrían orientarme si tiene derecho a ella y que documentación necesitaría para dicha receta.un saludo muchas gracias.
Hola de nuevo Nieves. La receta de silla electrica lo tiene que hacer su especialista, normalmente el traumatologo. LLeve todos los informes que tiene y en caso de que no se la receten puede poner una reclamación en el Servicio de Atención a Usuario del Hospital. Si no le contestan o no esta de acuerdo con lo que le contestan puede hacernos llegar un escrito con toda la documentación para ver si podemos intervenir desde el Defensor del Pueblo andaluz
Hola Nieves, la prescripción de los productos ortoprotésicos deberá ser realizada por el médico de asistencia especializada. Las prestaciones ortoprotésicas cubiertas por el Servicio Andaluz de Salud son las prótesis externas, sillas de ruedas (manuales y a motor), órtesis y otros artículos comprendidos en el Catálogo General de Ortoprotésica, así como la reparación o sustitución parcial de los componentes deteriorados de productos anteriormente dispensados.
Es necesario disponer del documento de prescripción y, posteriormente, acudir a la Unidad de Prestaciones en el centro sanitario. Es esta unidad la que hará entrega al paciente de la siguiente documentación:
Ten en cuenta que cuando se prescriban productos que no tienen establecida cuantía, será necesaria la aprobación previa de un presupuesto.
Si después de comentarlo con el medico no obtienes respuestas puedes dirigirte a nosotros para que intervengamos. Un saludo.
Hola, estoy desesperada porque tengo humedades en casa a causa del piso de arriba. Resulta que el piso es de servicaixa pero vive allí alguien a quien por ahora no pueden echar. Mi problema grave es que llamo a servicaixa para que arreglen la tubería o lo que sea y no me hacen caso.
Ayuda, estoy desesperada. A donde voy? no puedo permitirme un abogado de pago.
Hola Francisca, te recomendamos que te pongas en contacto con Servicaixa de manera fehaciente (por escrito y que tengas constancia de haberlo hecho) te damos los datos de contacto:https://www.caixabank.es/particular/atencioclient/subhomeatencioclient_e...
En caso de que no te conteste o te hagan caso lo mejor es que busque un un abogado particular experto en seguros que le asesore y le lleve el caso. Para demostrar de dónde procede la avería y calcular el alcance de los daños, las compañías de seguros mandan peritos. Al no existir pólizas, la peritación tendrá que ser privada. Existen gabinetes que realizan informes periciales de siniestros a particulares. Sin esta peritación es complicado que el abogado pueda presentar una reclamación al vecino que ha causado la humedad y obligarle a hacerse cargo de los costes de la reparación y del proceso jurídico. si reunes los requisitos puedes solicitar justicia gratuita. http://www.defensordelpuebloandaluz.es/sobre-el-derecho-de-asistencia-ju...
Hola, queria que me informaran que yo estuve trabajando por la insercion en octubre del 2017 asta diciembre del 2017 y luego eche la ayuda de tres meses a 223€ febrero , marzo y abril.....podria echar el salario social??
Estimada Yolanda, hay que ver la situación familiar y los ingresos de la unidad familiar. En este enlace que te dejamos abajo puedes ver los requisitos que se piden. De todas formas te recomendamos que acudas a los trabajaodres sociales de tu zona para poder gestionarlos con ellos. Un saludo.
http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales/are...
Tengo a mi hermano en prisión desde el día 17 de enero. Tiene u a condena por violencia de género la cual no hay partes médico pero si sicologicos... Una mujer que desde pequeña ha estado en colegios internos y en casas de acogidas porq su vida de pequeña no ha sido fácil... Hay pruebas donde ella dice que lo tiene en la palma de su mano cuando quiera, hay pruebas que actualmente desde hace un año está con un supuesto maltrador aunque este en prisión y el informe sicologico dice ella está sicologicamente mal por ser víctima de violencia de género... La verdad que no lo entiendo... Para mujeres maltratadas el teléfono es el 016 y para los hombres... Cual es??? Se intento quitar la vida y existen partes médicos pero claro... Como es hombre nadie lo escucha...
Buenas tardes. El teléfono del 016 es para personas (hombre o mujeres) que han sufrido violencia de género. El caso que nos cuentas, siempre según el mensaje que nos trasladas, sostiene que su hermano no ha cometido el delito por el que ha ingresado en prisión. El Defensor del Pueblo Andaluz tiene prohibido por Ley actuar en cuestiones "sub iúdice", en juicio. La justicia da la posibilidad de recurrir a instancias judiciales superiores. Te aconsejamos que inste al abogado de tu hermano para que recurra la decisión judicial. Gracias
Tengo5 hijos...de nuevo embarazada...no tengo trabajo y el casero quiere exarme de la casa donde vivo...solo pido ayuda para un alquiler social porfavor
Hola Olaya, danos un número al que podamos llamarte el lunes. No saldrá publicado
Víctima de violencia de género llevo desde 2015 sin poder divorciarme el padre del niño tiene una orden de alejamiento pero la abogada no me ayuda en nada solicito un punto de encuentro familiar pero otro abogado que solicité dice que no se puede llevar a cabo es porque la sentencia no es firme que se trata de un error de procedimiento que la juez se fue a Murcia y hay una serie de errores y que culpa tengo yo llevo años gastando dinero llamadas telefónicas y nadie me ayuda nadie me sabe decir nada hasta reciente la abogada que dice que hay errores el mismo. juzgado me dice que yo lo solucione porque ellos no me ayudaran esto es porque soy extranjera me miran con. Desprecio porque salgo llorando de cada lugar sin respuestas gracias
Hola Alma, danos un número de teléfono al que podamos llamarte. El número que nos des no saldrá publicado.