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Urge ampliar la red de plazas concertadas de Atención Residencial para atender los casos de dependencia: Insistimos

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 17/4555 dirigida a Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía

El Defensor del Pueblo Andaluz formula Resolución a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía por la que sugiere que impulse los trabajos prioritarios que viene desarrollando para ampliar la red de plazas concertadas de Atención Residencial, con la finalidad de que puedan culminar en nuevas concertaciones, dando así respuesta a las necesidades reales del colectivo de personas con discapacidad con dependencia reconocida, en sus diversos perfiles, promoviendo las actuaciones que permitan completar el mapa de recursos en todos los ámbitos provinciales con demanda, acomodar el número y clase de centros y de plazas residenciales a la referida demanda y hacer efectivo el derecho subjetivo de este colectivo de dependientes a acceder a un recurso residencial adecuado a su perfil.

ANTECEDENTES

1. Con fecha de 17 de agosto de 2017 se recibió en esta Institución escrito de queja cuyo promotor nos trasladaba su enérgica protesta, ante la insuficiencia de recursos que la Administración competente dedica a las personas discapacitadas y en situación de dependencia reconocida.

Específicamente, el compareciente explicaba que, a sus 39 años, desde hace muchos es el cuidador de su hermano D. (...), gran dependiente y discapacitado con síndrome de down. Responsabilidad que ha tenido que venir compaginando con sus ocupaciones laborales, e incluso perjudicado su acceso al empleo.

El gran dependiente tiene asignado como recurso del Sistema, plaza concertada en centro ocupacional, concretamente en el Centro Aprosub de su localidad de residencia en Castro del Río, a 22 kilómetros de Córdoba.

Desde hace mucho tiempo, el promotor de la queja viene reclamando de la Delegación Territorial de Igualdad y Políticas Sociales de Córdoba, la satisfacción de dos pretensiones, ambas nunca satisfechas.

La primera, objeto de esta queja, se refiere a la ampliación de plazas concertadas de respiro familiar. Explica el interesado que la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales carece de plazas de respiro familiar, o, al menos, no las tiene en número suficiente para atender la demanda de las personas que necesitarían contar con este beneficio. Lo que en la práctica se traduce en la imposibilidad de que el cuidador puede valerse de un descanso, siendo además muy escasas las plazas privadas ofrecidas en esta modalidad.

El compareciente aclaraba que en su localidad, Castro del Río, solo hay una plaza de respiro familiar privada, además de las once plazas permanentes concertadas. De manera que son insuficientes para las más de treinta y cinco familias que concurren a las mismas y que son usualmente todas aquellas cuyos familiares dependientes discapacitados ocupan plaza concertada en el centro ocupacional.

Planteaba en segundo lugar el promotor de la queja, la cuestión referida a la falta de aprobación del recurso residencial propuesto a favor de su hermano, por la vía de la revisión del PIA, que circunscribía a obtener plaza concertada en el mismo Centro Aprosub. Pretensión que se tramitó en queja distinta y que dio lugar al dictado de Recomendación dirigida a la Delegación Territorial.

2. Admitida a trámite la queja, esta Institución acordó requerir la emisión del preceptivo informe a la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, cuya respuesta recibimos en diciembre de 2017.

El informe expresó, en primer lugar, que el interesado había presentado reclamación en dos ocasiones por la cuestión objeto de la presente queja (el 30 de junio y el 23 de septiembre de 2017), recibiendo respuesta el 5 de octubre.

Respecto del afectado, señaló que su gran dependencia se reconoció por Resolución de 2 de noviembre de 2007 y que desde el 28 de junio de 2013 cuenta con el recurso de UED con terapia ocupacional “Caipo” Aprosub Castro del Río. Recurso que en noviembre de 2014 fue completado con el de 22 horas de servicio de ayuda a domicilio.

Indica el informe, además, que el 1 de julio de 2016 fue solicitada la revisión del PIA del dependiente, proponiéndose el reconocimiento de plaza en Residencia de adultos Aprosub Castro del Río. Es decir, en el mismo Centro en el que el dependiente cuenta con plaza de UED. La propuesta referida fue devuelta para su ampliación a todo el ámbito provincial, explicando igualmente a la familia que en la Residencia pretendida existía una lista de espera por la falta de disponibilidad de plazas. Por todo lo cual, la propuesta validada se concretó en plaza residencial de ámbito provincial, aún con preferencia en el Centro anteriormente aludido de su localidad, supeditada a la existencia de vacante y a la lista de espera existente.

Centrándose en el objeto de esta queja, la Delegación Territorial explicó que las plazas de respiro familiar para personas con discapacidad en el centro residencial de adultos CAIPO-CASTRO DEL RÍO, habían dejado de existir desde el 31 de marzo de 2017, debido a la extinción del convenio de colaboración existente con Aprosub, a petición de dicha entidad. Indicando que la red de Centros con plazas destinadas a estancias residenciales temporales para personas con discapacidad, es decir, Respiro Familiar, en la provincia de Córdoba comprende un total de 4 plazas, 2 en Residencia de Adultos en Lucena y otras 2 en Córdoba, respectivamente estas últimas, una para Gravemente Afectados Psíquicos y otra para Psíquicos.

3. A la vista de lo expuesto, dirigimos una petición de informe complementario a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, de cuya respuesta resultó la confirmación de no existencia de plazas concertadas de Respiro Familiar en el Centro Residencial CAIPO Castro del Río y el concierto de 10 plazas de Residencia de Adultos con Terapia Ocupacional.

La Agencia concluía que: “En la actualidad, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, está trabajando de forma prioritaria por ampliar la red de plazas concertadas de Atención Residencial, sin que hasta la fecha haya previsión de nuevas concertaciones”.

4. Trasladado el contenido de los informes al promotor de la queja, reitera su petición de contar con plaza de respiro familiar a favor de su hermano discapacitado y gran dependiente y destaca la injusticia de no poder acceder a este recurso ni poder contar tampoco con la plaza residencial propuesta en el PIA.

CONSIDERACIONES

Ha sido objeto del presente expediente de queja la pretensión de su promotor relativa a que su hermano discapacitado y gran dependiente a su cargo, pueda beneficiarse de plaza residencial temporal de Respiro Familiar, preferentemente en su localidad de residencia. Petición ésta que promueve con insistencia, a la vista de que el afectado tiene asimismo pendiente la asignación de plaza residencial concertada propuesta en la revisión del PIA, que tampoco obtiene satisfacción a causa de la falta de plazas disponibles al efecto.

Como reflejan los informes evacuados por la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y por la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, son únicamente cuatro las plazas destinadas a estancias residenciales temporales para personas con discapacidad en la provincia de Córdoba, lo que claramente explica la imposibilidad de que las personas potencialmente destinatarias de las mismas puedan acceder a un recurso de este tipo.

Esta circunstancia se ve agravada en el caso del gran dependiente y del hermano a su cargo, por la falta de conclusión de su procedimiento de revisión del PIA, debido a haberse propuesto como idóneo un recurso residencial para el que tampoco existen plazas disponibles.

La insuficiencia del número de plazas concertadas destinadas a los dependientes con discapacidad y perfiles específicos en todo el territorio de nuestra Comunidad Autónoma, ya ha sido objeto de pronunciamiento por esta Defensoría, en la Recomendación dirigida a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en la queja de oficio 16/6941, aún pendiente de respuesta por parte de la misma.

En este sentido, esta Defensoría interesó de la Administración autonómica competente que abordara el examen de las necesidades reales del colectivo de personas con discapacidad con dependencia reconocida, en sus diversos perfiles, promoviendo las actuaciones que permitan completar el mapa de recursos en todos los ámbitos provinciales con demanda, acomodar el número y clase de centros y de plazas residenciales a la referida demanda y hacer efectivo el derecho subjetivo de este colectivo de dependientes a acceder a un recurso residencial adecuado a su perfil.

Y traemos a colación este posicionamiento, aun cuando sea ajeno al verdadero objeto de esta queja, en la medida en que entendemos que el interesado está viendo afectado su derecho por ambas carencias y que ambas están relacionadas (falta de plaza de respiro familiar y falta de plaza residencial permanente), de tal modo que la asignación de un recurso residencial permanente haría innecesaria la pretensión del respiro familiar y, a su vez, la falta transitoria en la resolución de aquélla quedaría entretanto compensada con el acceso ocasional a éste. Ambas opciones, sin embargo, le han estado vedadas hasta la fecha.

Desde un punto de vista general, la realidad trasladada por la Directora Gerente de la Agencia de Dependencia, es ciertamente poco clarificadora y en cierto modo contradictoria, al indicar que “está trabajando de forma prioritaria por ampliar la red de plazas concertadas de Atención Residencial” y al propio tiempo concluir que no existe “previsión de nuevas concertaciones”. No sabemos si en dichos trabajos prioritarios dirigidos a una hipotética ampliación de la red de plazas residenciales, se incluyen las residenciales temporales de Respiro Familiar.

Por todo lo anterior, y de conformidad a la posibilidad contemplada en el artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz, nos permitimos trasladar a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, la siguiente

RESOLUCIÓN

SUGERENCIA: Que impulse los trabajos prioritarios que nos ha informado que viene desarrollando para ampliar la red de plazas concertadas de Atención Residencial, con la finalidad de que puedan culminar en nuevas concertaciones, dando así respuesta a las necesidades reales del colectivo de personas con discapacidad con dependencia reconocida, en sus diversos perfiles, promoviendo las actuaciones que permitan completar el mapa de recursos en todos los ámbitos provinciales con demanda, acomodar el número y clase de centros y de plazas residenciales a la referida demanda y hacer efectivo el derecho subjetivo de este colectivo de dependientes a acceder a un recurso residencial adecuado a su perfil.

Ver asunto solucionado o en vías de solución

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

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