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Un establecimiento adapta su actividad hostelera para hacer compatible el ocio y el descanso

Queja número 22/1304

Esta queja venía motivada por la problemática de ruidos que la reclamante sufría en su domicilio, generados por la terraza de veladores de un establecimiento sito en un local próximo a su vivienda, del que decía que desde hacía más de un año venía siendo autorizado por el Ayuntamiento a colocar altavoces en exteriores para disponer de música pregrabada, además de veinte mesas con sombrillas.

De este establecimiento decía además que ejercía de discoteca en su zona interior, sin tener licencia de actividad de discoteca y sin cumplir las medidas acústicas para realizar tal actividad, lo que causa graves molestias al descanso.

Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones, esta Institución formuló a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Rota resolución en la que, en síntesis, le sugeríamos al Ayuntamiento Rota que se revisase la autorización de veladores concedida para otorgar otra nueva compatible con el descanso de los colindantes, que se incoara expediente para determinar si el local cumplía los objetivos de calidad acústica con un ensayo y que se procediera a una especial vigilancia del establecimiento para garantizar que su actividad cumplía con lo autorizado. Además, también sugeríamos la redacción y aprobación de una ordenanza que regulase específicamente el régimen completo de las terrazas y veladores para establecimientos de actividades públicas que dote de seguridad jurídica la concesión de estas instalaciones y los criterios a tener en cuenta, la tipología de veladores y otras circunstancias, incluyendo previsiones sobre el derecho al descanso y contaminación acústica y un régimen disciplinario por el incumplimiento de las licencias concedidas.

En su respuesta a nuestra Resolución el Ayuntamiento nos trasladó la aceptación de la misma, dando cuenta de que el citado establecimiento había regularizado su situación, teniendo ya en aquellos momentos la consideración de establecimiento de hostería con música (Tipo I), contando con todos los informes acústicos, técnicos y jurídicos favorables. n relación con la sugerencia realizada en dicho expediente, indicaba que se valoraría la misma a los efectos de su incorporación en el futuro plan normativo de la localidad.

Por lo expuesto en el párrafo anterior dimos por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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