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Tras subsanar el error de su cuenta bancaria, recibe el dinero reconocido de la ayuda para cuidados en el entorno familiar

Queja número 15/5376

El compareciente nos daba traslado de la existencia de un error administrativo en el número de cuenta corriente de su madre, que, hasta la fecha, -a pesar de haber sido comunicado a la Administración, sin ser corregido por la misma-, había impedido que le fuesen abonadas las sumas debidas como consecuencia del reconocimiento de los efectos retroactivos de su prestación económica para cuidados en el entorno familiar.

Su madre fue reconocida en situación de dependencia y por Resolución de 7 de diciembre de 2010, se le asignó como recurso del Sistema, el de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, con efectos económicos desde el 24 de agosto de 2009, ascendiendo el importe total de los atrasos devengados a 4.128,29 euros.

El pago de la referida suma se periodificó en cinco anualidades, de marzo de 2011 a marzo de 2015, ambas inclusive, de las cuales la beneficiaria no había llegado a percibir ninguna, por un error en la cuenta corriente.

Este equívoco había sido comunicado por escrito a la Administración hasta en cinco ocasiones, sin que se hubiera producido ni la corrección de los datos bancarios ni, en consecuencia, el pago de la deuda.

Lamentaba el compareciente que sus peticiones no hubieran obtenido siquiera respuesta administrativa, que las comunicaciones con la Administración eran tan tortuosas y que resultase un obstáculo insalvable corregir un mero error de cuenta.

Solicitado informe a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, se nos respondió que una vez reconocida la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, se inició el pago en nómina a la madre del interesado y se abonó correctamente la primera anualidad correspondiente a los efectos retroactivos reconocidos en su programa individual de atención. No obstante, el abono de las restantes anualidades fueron devueltas como consecuencia de un error en el número de cuenta bancario indicado por la persona interesada, por lo que se había procedido a subsanar el mismo con los datos que se indicaban. Finalmente, se procedió al pago de dichas cantidades en la nómina correspondiente al mes de enero de 2016.

Con la resolución favorable de la pretensión, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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