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Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2012
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temprana edad. Todos lo intentos por reconducir su conducta fueron inútiles. Desde
el año 2005 estuvo tratado por diferentes profesionales. En 2008 cambió de psiquiatra
y en Mayo de 2012 la psiquiatra que lo atendía le indicó que cuando cumpliera los
14 años lo denunciara ante la Fiscalía de Menores, por maltrato a los progenitores.
Continúa informando el interesado que su hijo estaba siendo sometido a
diferentes tratamientos farmacológicos, con un coste considerable que a veces no
era recomendable asumirlo. Había acudido a diferentes organismos públicos para
solicitar información sobre qué hacer con él y nada daba resultado, lo único que le
restaba, siguiendo las indicaciones de la psiquiatra, era denunciarlo ante la Fiscalía
de Menores, pero antes de proceder a ello, solicitaba información acerca de que
podía suponer para su hijo ingresar en un centro de reforma y preguntaba si había
otra vía de ayuda, para evitar denunciarlo.
En este apartado también se han recogido las consultas por desavenencias
vecinales. Con bastante frecuencia se reciben llamadas para denunciar que una vecina
o vecino agrede, insulta o amenaza a niños, niñas y jóvenes, pidiendo asesoramiento
sobre las actuaciones que deben llevar a cabo para solucionar el problema.
Un ejemplo de ello lo tenemos en la
Consulta 12/7875
. La madre de tres
menores pedía información sobre cómo actuar con respecto a una vecina
que
permanentemente importunaba a sus hijos.
Tenía una niña de 4 años y gemelos de
18 meses por lo que era inevitable que hicieran algún ruido, pero en ningún momento
justificaba la conducta de la vecina que golpea con la escoba el techo. También, los
insultaba y les gritaba cuando los veía por la calle o en los espacios comunes del
edificio.
Preguntaba qué podía hacer, ya que
había denunciado a la vecina en una
ocasión ante la Guardia Civil, la denuncia no prosperó y la situación continuaba igual.
Ante dichas cuestiones orientábamos a nuestros interlocutores que si el asunto
persistía debían denunciar ante la Guardia Civil, Policía Nacional o en el Juzgado
cuantas veces sucedieran los hechos, a fin de que por parte de dichos organismos
se interviniera en aras a la defensa de los derechos de la personas menores, pues
al tratarse de un asunto entre particulares, según nuestra Ley reguladora, esta
Institución no está facultada para intervenir.
7.3.7. Derechos personales.
En este apartado se recibió el
9,40%
de las consultas, respecto del total de las
atendidas. En el mismo, se han recogido denuncias relativas a la dificultad de padres
y madres para registrar a hijos e hijas en el Registro Civil, dificultad para obtener
la documentación necesaria para viajar con menores extranjeros, problemas para
el reconocimiento de paternidad, vulneración del derecho al juego y al descanso
de personas menores, asesoramiento sobre la Ley de Dependencia, denuncia de