Página 597 - Informe_Anual_2012

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7. SERVICIO DEL TELÉFONO DEL MENOR
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nacional y la Asociación Protégeles estaban actuando ya para que se eliminara el
citado video de las redes sociales.
7.3.5. Sistema de protección.
Nuestros interlocutores plantearon denuncias contra el Sistema de protección en
un
6,94%,
respecto del total de las llamadas. Éstas quedaron distribuidas tal que el
0,34%
se quejaron del procedimiento de desamparo tutela y guarda administrativa;
un
6,15%
sobre acogimiento residencial y familiar, y
0,45%
del procedimiento de
adopción
.
En cuanto al acogimiento residencial, se recibieron llamadas por parte de la familia
nuclear y familia extensa solicitando ayuda por disconformidad con el desamparo
de sus hijos e hijas, por considerar que los menores desamparados estaban
desprotegidos en los centros de protección; por ingresar a hermanos en diferentes
centros o para solicitar información sobre qué hacer para recuperar a sus hijos o hijas
desamparados.
Un número significativo de las consultas recibidas por disconformidad con el
desamparo de sus hijos, la realizaron las familias víctimas del desempleo, con uno
o más miembros de la familia en paro. A modo de ejemplo, citaremos la
Consulta
12/4059
en la que la demandante, madre de 3 hijos, después de separarse del
padre de los menores, perdió su empleo y su exmarido dejó de pagarle la pensión
alimenticia. La prestación económica que percibía era insuficiente para cubrir todos
los gastos del hogar y, en alguna ocasión, se vio obligada a pedir ayuda a los Servicios
Sociales comunitarios. Según la interesada, la Trabajadora Social, conocedora de
su situación, elevó informe al Servicio de Protección de Menores de la Delegación
Territorial de Salud y Bienestar Social, procediendo dicho organismo a declarar en
desamparo a los niños, con medida de protección de internamiento en centro de
protección. La interesada estaba desolada, no compartía la decisión de los técnicos
del Servicio y solicitaba la ayuda del Defensor del Menor para recuperar a sus hijos.
También podemos citar la
Consulta 12/5255
. La que la abuela de tres
menores de
12, 8 y 5 años, relataba que su hija había ingresado en prisión, y en
consecuencia sus nietos debían quedar a cargo del padre. Sólo la más pequeña se
marchó a vivir con el padre, los dos mayores eran de padres diferentes y estos no se
responsabilizaron del cuidado de sus hijos. Por tanto, la interesada se hizo cargo de
su nieto mayor y una tía paterna de su segunda nieta. Debido a la falta de recursos
económicos, ambas familias acogedoras, de hecho, se vieron obligadas a solicitar
ayuda al Servicio de Protección de Menores, e intervinieron ingresando a los dos
hermanos en un centro de protección. Continuaba exponiendo que sus nietos lo
estaban pasando francamente mal y no comprendían porqué no podían estar con su