Página 532 - Informe_Anual_2012

Versión de HTML Básico

Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2012
530
Por todo ello, y ante la firmeza de la Sentencia Judicial que declaraba su idoneidad
para la adopción, es por lo que presentaron en el registro de la Delegación Provincial
de Igualdad y Bienestar Social de Sevilla un escrito, en el que solicitaban que se
agilizase la emisión del certificado que acreditaba su idoneidad como adoptantes,
ya que en caso contrario se vería frustrada su expectativa de adopción. Al momento
de presentar la queja seguían sin tener contestación y ante la perentoriedad de los
plazos es por lo que solicitaron la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz.
Tras nuestra intervención en la queja desde la Delegación Provincial nos
confirmaron la emisión y comunicación a los interesados del mencionado certificado,
indispensable para proseguir con los trámites de adopción.
También recibimos quejas en relación con la actuación de las entidades
colaboradoras (ECAI): así en la
queja 12/6287
los interesados se mostraban
disconformes con la poca influencia de ECAI ante el desfase entre asignaciones y
familias en espera para Filipinas; también en disconformidad con la liquidación de
gastos realizada por la ECAI tramitamos la
queja 12/6334
, o la
queja 12/438
.
En este caso la persona interesada nos decía que estaba tramitando un expediente
de adopción internacional a través de una ECAI. Su expediente, dirigido hacia la
Federación Rusa, acumulaba años de retraso y por este motivo, añadido a que su
situación económica había empeorado al encontrarse en desempleo, decidió finiquitar
su relación con dicha ECAI pidiendo que le enviaran una liquidación de las cantidades
anticipadas respecto de las gastadas por la ECAI.
Al estar disconforme con dicha liquidación, se decidió a presentar una demanda
judicial, para lo cual había solicitado abogado por el turno de oficio. Ante el temor
por el hecho de que el procedimiento judicial pudiera implicar algunos gastos cuya
precaria economía actual no podía afrontar es por lo que solicita asesoramiento de
esta Institución, el cual le proporcionamos indicándole el alcance del reconocimiento
del beneficio de justicia gratuita y el posible alcance de un pronunciamiento en costas
por parte del órgano judicial.
6. 7. Menores con trastornos del comportamiento.
Tal como viene ocurriendo en años
anteriores dentro de este apartado resulta
obligado destacar las quejas que nos
presentan familiares de menores afectados
por trastorno de conducta, angustiados
ante la ausencia de síntomas de mejoría y
la sucesión de incidentes violentos que afectan al menor y su entorno familiar y
social de relaciones. Todo ello sin que la respuesta asistencial de las Administraciones
“La problemática de los
menores con trastornos de
comportamiento es amplia y
se refleja en las quejas que los
familiares realizan ante esta
Institución.”