Página 283 - Informe_Anual_2012

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6. LAS QUEJAS
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6. 2. Problemas medioambientales.
Con bastante frecuencia las quejas dirigidas a esta Institución en relación con
el medio ambiente hacen referencia a problemas derivados de la realización de
actividades que resultan molestas para los interesados y que, de algún modo, afectan
a la esfera de sus derechos fundamentales, especialmente a los derechos relativos a
la salud y la intimidad personal y familiar.
Dijo Schopenhauer que “La inteligencia es una facultad humana inversamente
proporcional a la capacidad de soportar el ruido”. Según esto, algunas autoridades
públicas de Andalucía parecen estar empeñadas en que la sociedad que les rodea
sea menos inteligente de lo que es, ya que así no pondría problemas para soportar
ruidos por encima no sólo de lo que establece el ordenamiento jurídico sino también
de lo que recomiendan las propias autoridades sanitarias.
Y es que no puede entenderse de otra
manera el hecho de que año tras año el ruido
sea la principal causa de actuación en materia
medioambiental, que se sigan produciendo
graves afecciones de los derechos de la ciudadanía, en general, y a los de los menores,
en particular, y que pese a ello no exista una reacción decidida, firme y proporcionada
por parte de los poderes públicos afectados para poner fin a este despropósito.
Afortunadamente, nuestra Sociedad goza de un magnífico grado de inteligencia
y reacciona convenientemente ante los menoscabos que supone el estar sometido
a unos niveles excesivos de ruido y ante la ineficacia e incluso la inactividad
administrativa que a veces se produce en este tipo de supuestos.
Ejemplo de esta reacción son las quejas que se promueven ante esta Institución
del Defensor del Pueblo Andaluz, que merecen toda nuestra atención, especialmente
si cabe cuando los derechos y libertades que están en juego son los de menores.
No importa que la fuente ruidosa sea un establecimiento hostelero, como ocurría
en la
queja 12/3294
; un determinado sistema de recogida de basuras, como se
planteaba en la
queja 12/2902
; unas instalaciones de telefonía, caso de la
queja
12/1796
; una academia de baile, como era el caso de la
queja 12/6018
; los
ensayos de una banda de música, como pasaba en la
queja 11/4779
; los cohetes
que son lanzados con ocasión de la celebración de un festejo, como era el caso de
la
queja 12/1861
; o una explotación dedicada a la cría de pollos, como ocurría en
la
queja 12/5424
.
En todos los supuestos, cuando se produce una incidencia de esta índole y,
especialmente, cuando puede afectar al descanso del menor, a su capacidad para
“El
ruido
compromete
seriamente los derechos de las
personas menores”