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Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2012
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5.2.3. Planes y programas para la atención al enfermo mental en Andalucía.
Este es, en síntesis, el elenco normativo que, de un modo u otro, regula la atención
y recursos a la salud mental infantil y juvenil. Pero el estudio quedaría incompleto si
no hacemos también mención a los
diferentes Planes y Programas
con los que
cuenta la Comunidad Autónoma de Andalucía destinados a dichos fines.
Debemos comenzar por mencionar el III Plan Andaluz de Salud (2003-2008),
que recoge una importante relación de estrategias para fomentar la salud de niños y
adolescentes, entre ellas, potenciar actividades de promoción de la salud instituciones
y dispositivos no sanitarios implicados en la atención comunitaria a la Salud Mental.
Por su parte, el Plan Integral de Salud Mental de Andalucía 2003-2007 (I PISMA), en
lo que a la población infantil se refiere, recoge el dato de que el porcentaje de pacientes
atendidos con trastornos de la infancia/adolescencia representa el 3,85%. Se definen las
Unidades de Salud Mental Infanto-Juvenil (USMI-J) en cada Área de Salud Mental, como
unidades específicas de apoyo a los Equipos de Salud Mental Comunitarios (ESMC) y de
atención ambulatoria y hospitalaria, total o parcial, a los problemas de salud mental más
graves de niños, niñas y adolescentes hasta los 18 años, cuyas necesidades sobrepasan
la capacidad de actuación de los ESMC. Tienen una triple función de apoyo a la atención
infantil de los ESMC, atención clínica directa y desarrollo de programas de enlace y apoyo
a otros dispositivos sanitarios, educativos y sociales.
Sin duda, esto supuso un importante avance en esta patología cuando afecta a
la población infantil, dado que en este Plan se amplía la capacidad de las USMIJ en
relación con lo que venía recogido en el Decreto 338/1988, en el sentido de que
en esta norma reglamentaria la Unidad de Salud Mental Infantil no era una unidad
hospitalaria y sólo atendía a una población infantil y adolescente de edad no superior
a quince años.
En el marco de este I PISMA se elaboró el Proceso Asistencial Integrado (PAI), el
Plan relativo al Trastorno de la Conducta alimentaria (TCA), proceso que define como
el conjunto de actividades de detección, atención y tratamiento de los problemas
emocionales, relacionales, psicológicos y físicos que puedan aparecer en torno a
la alimentación y a la imagen corporal que cumplan los criterios diagnósticos de
anorexia nerviosa y bulimia nerviosa según CIE-10 sin límites de edad.
Con criterio de continuidad, el II Plan Integral de Salud Mental de Andalucía
2008-2012 (II PISMA), tras destacar que la infancia y la adolescencia son etapas del
desarrollo humano que requieren, por su complejidad, especificidad, necesidades del
entorno y por su vulnerabilidad a los cambios sociales, un tratamiento diferente al de
las personas adultas, se postula a favor de la necesidad de que, dentro de las líneas
estratégicas de salud mental, queden explicitadas estas diferencias y se desarrollen