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Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2012
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A lo anterior, hay que añadir las reuniones de trabajo celebradas con otras
Defensorías con el propósito de debatir, analizar y poner en común las deficiencias,
carencias, o medidas de mejora en la calidad de la atención sanitaria. Unos encuentros
que comenzaron a fraguarse en 2010 y han culminado en el año 2012, dedicando
en las XXVII Jornadas de Coordinación de Defensores un apartado específico de las
mismas a la protección de las personas con enfermedad mental.
A mayor abundamiento, esta Institución, en su calidad de Defensor del Pueblo
Andaluz, en fecha reciente ha presentado ante el Parlamento un Informe que bajo
el título “La situación de los enfermos mentales en Andalucía desde la perspectiva
del Defensor del Pueblo Andaluz” realiza un recorrido por los distintos aspectos
conformadores de los sistemas sanitarios y sociales (especialmente el referido
a la dependencia en tanto que se ha convertido en la vía ineludible de acceso a
determinados servicios y prestaciones económicas), para finalmente exponer en
un extenso apartado la distinta casuística que nos traslada la ciudadanía, sobre las
cuales nos hemos postulado y cuyas resoluciones nos sirven para concluir con las
Sugerencias y Recomendaciones que estimamos nos corresponde como Comisionado
Parlamentario para garantizar los derechos fundamentales de la ciudadanía andaluza.
Las circunstancias descritas unidas al hecho de que en 2012 ha finalizado la
vigencia del I Programa de Salud Mental de la Infancia y Adolescencia (PASMIA), nos
han impulsado a dedicar parte de este Capítulo al abordaje de la salud mental de las
personas menores de edad en Andalucía.
5.2.2. Instrumentos jurídicos.
En este contexto, comencemos por los
instrumentos jurídicos
que reconocen
los derechos de niños, niñas y jóvenes afectados por estas patologías.
A nivel internacional, podemos citar la Convención sobre los Derechos del Niño,
aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989.
La adhesión de España fue publicada en el BOE de 31 de Diciembre de 1990, que
regula los derechos de los niños y las niñas para la mejora de sus condiciones de vida
en todos los países.
También traemos a colación el Convenio firmado en la Haya el 29 de Mayo de
1993, relativo a la protección de niño o niña y a la cooperación en materia de adopción
internacional; y también el Mental Health policy and Service Guidance Package:
“Child and adolescent mental health policies and plan” (Organización Mundial de la
Salud, 2005), cuyo objetivo es ayudar a los responsables políticos y los planificadores
para elaborar una política y una estrategia global para mejorar la salud mental de
la población e incluye un módulo específico para las políticas y planes de la salud
mental del niño y adolescente.