Página 196 - Informe_Anual_2012

Versión de HTML Básico

Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2012
194
-
Disponer de una segunda opinión facultativa sobre sus procesos.
-
El acceso a cuidados paliativos.
-
La confidencialidad de los datos relativos a su salud y sus características
genéticas, así como el acceso a su historial clínico.
Por su parte, la Ley 2/1998, de 15 de Junio, de Salud de Andalucía prevé la
posibilidad de inclusión de nuevas prestaciones en el Sistema Sanitario Público de
Andalucía, junto con las prestaciones mínimas establecidas para el Sistema Nacional
de Salud. Asimismo, en el artículo 6.2 de la citada Ley se establece que niños y niñas,
junto a otros colectivos específicos que también se reconocen, tienen derecho a
actuaciones y programas sanitarios especiales preferentes.
Por lo que respecta a la Ley de los Derechos y Atención al Menor (Ley 1/1998,
de 20 de Abril), en cuanto a los derechos en materia de salud, se ordena a las
Administraciones Públicas de Andalucía fomentar que las personas menores
reciban una adecuada educación para la salud, promoviendo en ellas hábitos y
comportamientos que generen una óptima calidad de vida. Del mismo modo, se
les obliga a garantizar una especial atención a las personas menores, para lo que
regulará la provisión de recursos humanos y técnicos y el establecimiento en las
instalaciones sanitarias de espacios con una ubicación y conformación adecuadas. A
este fin, se adaptará progresivamente la edad de atención pediátrica.
Como se ha puesto de manifiesto en el Capítulo sobre Legislación de Menores,
durante 2012 se han introducido importantes reformas en el ámbito de la atención
sanitaria, en virtud del Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de Abril, de medidas
urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) y
mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. Una de las medidas señaladas
afecta a la categorización de la Cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud,
estando pendiente una modificación de la misma promovida por el Ministerio de
Sanidad sobre las prestaciones suplementarias (prestación ortoprotésica, prestación
de productos dietéticos y transporte sanitario no urgente).
En este sentido el Ministerio de Sanidad ha remitido a las Comunidades Autónomas
una propuesta de reforma de la cartera de servicios del SNS (mediados de Agosto
de 2012) que bajo el epígrafe “
Principales temas priorizados para actualización de
cartera de servicios
”, en la que se contiene una serie de propuestas técnicas, hasta
ahora gratuitas, que pueden quedar excluidas del sistema, otras en las que se van
a modificar las condiciones de uso y algunas de nueva inclusión. Entre las posibles
exclusiones de la financiación pública el Ministerio incluye la vacuna de la gripe en
pacientes asmáticos, la oxigenoterapia o la modificación de las condiciones en las
indicaciones en terapias respiratorias a domicilio.