Sin formación ni medios, la Policía Local no pueden ejercer el control sobre la conducción bajo los efectos de las drogas

En el año 2015, la Guardia Civil realizó el mayor número de pruebas preventivas sobre el consumo de drogas entre conductores de vehículos. En concreto, según las noticias a las que esta Institución tuvo acceso, 68.959, de las que 22.415 dieron positivo. Es decir, que un tercio de los conductores a los que se les hizo el control de drogas tenía sustancias estupefacientes en su organismo.

El problema se centra en que la Guardia Civil interviene en las vías interurbanas, pero en el espacio urbano el control corresponde a la Policía Local, con la consecuencia de que en la gran mayoría de los municipios no pueden ejercer ese control por carecer de la formación técnica necesaria y de los medios para la realización de los test de verificación sobre el consumo de drogas.

Justamente por ello, interesamos información sobre estas cuestiones en la queja 16/0707, abierta de oficio, ante la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, las Diputaciones Provinciales, la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, la Asociación de Jefes y Jefas y Directivos y Directivas de las Policías Locales de Andalucía (AJDEPLA) y de la Asociación de Técnicos de Educación y Seguridad Vial de Andalucía (ATESVAN).

De las respuestas obtenidas pudimos verificar que, efectivamente, en la inmensa mayoría de los municipios, existen unas carencias extraordinarias tanto de medios materiales, que impiden, de plano, practicar las pruebas, como de formación, pues la Ley de Enjuiciamiento Criminal exige, en su art. 796.1.7º, que las pruebas a realizar se ajusten a un protocolo que no es posible cumplirlo sin la adecuada formación.

En la gran mayoría de los municipios no pueden ejercer ese control por carecer de la formación técnica necesaria y de los medios”

Es verdad que la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía ha realizado diversos cursos dirigidos a agentes de la Policía Local con esta finalidad, pero no puede asumir la demanda de cursos de formación en este ámbito y las escuelas municipales o son insuficientes, o carecen de la formación y medios para atender las necesidades formativas de la Policía Local en este ámbito. Es inaplazable buscar una solución a este problema.

En cuanto a los medios materiales para la práctica de estas pruebas, con independencia de algunos grandes municipios, que sí poseen los denominados narcotest, lo cierto es que la mayoría carecen de estos medios y es la DGT la que, eventualmente, se los facilita, pero lo cierto es que un porcentaje importante de municipios no pueden practicar estas pruebas.

La situación es tal que incluso se producen incongruencias como el hecho de que algunos municipios que sí disponen de test para detectar drogas, no cuentan con etilómetros, lo que en modo alguno es operativo ya que, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Fiscalía de Seguridad Vial de Andalucía, Ceuta y Melilla, el control de alcoholemia debe preceder al de drogas, que se llevaría a cabo si el primero da negativo o existen sospechas fundadas, por mostrar la persona conductora algún síntoma que no es incompatible con la ausencia de alcohol en el cuerpo.

En la actualidad, se conoce perfectamente que la conducción bajo los efectos de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas supone un extraordinario riesgo para la seguridad vial y que estas sustancias están presentes, en un alto porcentaje, de las víctimas de los accidentes de tráfico.

De acuerdo con ello, a modo de conclusión, en el documento que hemos preparado (informe queja 16/0707) podemos decir que las políticas de Seguridad Vial tienen una extraordinaria relevancia dentro del programa de la Unión Europea DRUIG por los riesgos y consecuencias que se derivan de los accidentes de tráfico.

De acuerdo con ello, se hace muy necesario aprobar medidas efectivas que permitan ejercer esta importantísima labor por parte de la Policía Local a fin de evitar, controlar, disuadir y, en su caso, sancionar o poner a disposición de los órganos judiciales competentes a quienes conduzcan bajo los efectos de estas sustancias.