Ayudas al alquiler de vivienda. Reincidencia en los retrasos de tramitación y pago para personas vulnerables

Este año 2017, por fin y tras meses y meses de larga espera y retrasos injustificables en su tramitación, se han resuelto y abonado los expedientes de ayudas al alquiler convocadas por Orden de 3 de marzo de 2015 para dicho ejercicio. Con la conclusión definitiva de estos expedientes, en este año 2017 hemos puesto fin a un número importante de quejas en las que los interesados denunciaban el excesivo retraso que afectaba a la tramitación y conclusión de estas ayudas y a los graves perjuicios que se les estaba originando, algunos de imposible o difícil reparación.

Sin embargo, en 2017, nos hemos encontrado en la misma situación con la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2016. Una vez más, las personas beneficiarias denuncian los retrasos en el pago.

El pago de estas ayudas fuera del año natural en el que se convocan, desvirtúa el fin último para el que fueron concebidas, ya que estas ayudas están destinadas a personas con una economía precaria que no pueden afrontar por si solas un alquiler en el mercado libre. Su fin último es contribuir al pago del arrendamiento, y a mantener éste, evitándose de esta forma que se produzca un desahucio y la correspondiente necesidad de vivienda que se crea.

Los retrasos en la tramitación y los pagos están causando graves prejuicios a familias con recursos limitados”

Por ello, esta Institución ha promovido de oficio la queja 17/2903, en la que se ha formulado a la Secretaría General de Vivienda la siguiente Resolución:

Recomendación 1.- Que se proceda a la inmediata resolución definitiva de los expedientes de ayuda al alquiler de la Convocatoria 2016 que aún se encuentran en trámite debiéndose proceder a su tramitación hasta llegar al pago y abono efectivo de las mismas, a la mayor brevedad posible y sin dilaciones indebidas.

Recomendación 2.- Asimismo, recomendamos que sin más dilación se den las instrucciones oportunas para que se arbitren las medidas necesarias encaminadas a la dotación de efectivos de personal adecuados al volumen de trabajo de tramitación de las ayudas al alquiler 2016 y el previsible aumento del mismo respecto de la convocatoria de 2017, especialmente, en aquellas Delegaciones Territoriales en las que aún no se ha completado la remisión de la documentación a la Intervención Provincial para su fiscalización, arbitrando para ello, si fuera menester, un plan de choque hasta tanto se ultime la tramitación que culmine con el pago efectivo de las ayudas que nos ocupan a todas las personas que resulten beneficiarias definitivas, toda vez que su fin último no es otro que garantizar el derecho a la vivienda a quienes con sus propios medios no lo pueden satisfacer o mantener.“

En su respuesta, la Secretaría General de Vivienda, nos confirma que en algunas provincias se han abonado las ayudas y en otras, se está pendiente de ultimar algún trámite. En consecuencia, confiamos que en un plazo de tiempo que deberá ser muy breve se encuentre concluida definitivamente esta convocatoria de ayudas al alquiler y que los reiterados problemas detectados no vuelvan a producirse en la convocatoria correspondiente a 2017, aún en tramitación.