La Sareb y el Fondo Social de Vivienda también son instrumentos de la política de vivienda

La necesidad de incorporar un mayor número de viviendas para alquiler social ante el escaso número existente actualmente en el parque público de viviendas de Andalucía, es una constante que viene siendo reiterada por el Defensor del Pueblo Andaluz, máxime teniendo en cuenta la situación que afecta al derecho a la vivienda, reflejada en el voluminoso número de quejas que se han recibido en la Institución durante 2015.

En los últimos años hemos asistido a un aumento sin precedentes de la demanda para las viviendas de promoción pública destinada a los sectores de la población con menores recursos económicos, existiendo un amplio sector que no puede acceder por sus propios medios a las viviendas de régimen libre.

Por ello hemos pedido que las viviendas en poder de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB) y del Fondo Social de Viviendas (FSV) puedan cederse a las personas con menor poder adquisitivo en régimen de alquiler, al haber tenido noticias de que dicha sociedad traspasaría de forma temporal la gestión de otras 2.000 viviendas a las administraciones regionales y locales para destinarlos a usos sociales, como ya hiciera con otro volumen igual en 2013.

La cesión de estas viviendas requiere de un convenio con una administración autonómica o local, a la que se ceden las viviendas con el compromiso de aceptación de una serie de condiciones como pueden ser el pago de una contraprestación a la SAREB para la cobertura de los gastos de comunidad, seguros, tasas y tributos vinculados a la propiedad, así como que la Administración firmante se hará cargo de los gastos de gestión y administración de las viviendas.

Hasta la fecha tenemos constancia, según la información que facilita la propia SAREB, de la firma de convenios para la cesión de vivienda en varias Comunidades Autónomas. En el caso de Andalucía, esta Institución ha tenido constancia de que la Consejería de Fomento y Vivienda está negociando con la SAREB la firma de un convenio de cesión de viviendas para usos sociales. También de negociaciones con el Ayuntamiento de Córdoba.

Hemos pedido que las viviendas de la SAREB y del FSV puedan cederse en alquiler a las personas con menor poder adquisitivo”

Por otro lado, otra vía para la puesta a disposición de viviendas para alquileres sociales es el Fondo Social de la Vivienda, originado por un convenio de 2013 firmado por los Ministerios de Economía y de Servicios Sociales con las principales entidades bancarias de España, para que se destine parte del parque de viviendas vacías que las entidades financieras tienen en cartera, en régimen de alquiler social a familias que han perdido su casa y que se encuentran en riesgo de exclusión social.

Con relación a todo ello, en las Jornadas de Coordinación de las Defensorías del Pueblo, celebradas en septiembre de 2015 en Santander, se realizaban algunas propuestas relacionadas con la SAREB y con el Fondo Social de la Vivienda, tales como que “debe considerarse que la SAREB y el Fondo Social de Viviendas son elementos determinantes de la política de vivienda, y que las bolsas de vivienda en su poder, así como las que se encuentran en manos de las entidades financieras, están especialmente sujetas a la función social de los inmuebles residenciales dada la vinculación de esos activos con la política económica y financiera”, o que debe “intensificarse la difusión del Fondo Social de Viviendas y su conocimiento por el público; ampliar los supuestos y flexibilizar los requisitos para que las personas y familias que han perdido sus viviendas puedan acceder a las que nutren el FSV”.

A la vista de cuanto antecede, procedimos a incoar de oficio la queja 15/6039, ante la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, las ocho Diputaciones Provinciales y ante los 29 Ayuntamientos andaluces cuyos municipios cuentan con más de 50.000 habitantes, a fin de conocer si por dichos organismos, se ha efectuado requerimiento o solicitud a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB) en orden a la cesión de viviendas para destinarlas a fines sociales, gestiones llevadas a cabo a tal fin, previsiones temporales para que pueda producirse la aludida cesión y estimación del número de viviendas cuya gestión pudieran asumir.

* Ver más en IA 2015. Capítulo 1.13.2.9 Vivienda

¡SOLUCIÓN YA! ante las situaciones de pobreza energética

Muchas familias han seguido acudiendo al Defensor del Pueblo Andaluz durante 2015 para solicitar ayuda para poder atender los pagos de facturas y evitar el corte de luz, pese a las medidas adoptadas por las distintas Administraciones. Y otras muchas han acudido cuando ya se encontraban sin suministro.

Nuestra preocupación por esta realidad social nos ha llevado a denunciar públicamente esta situación en numerosas ocasiones y a reclamar la necesidad de una solución urgente a este problema que está llevando a muchas familias a situaciones de grave riesgo de exclusión social.

El Programa extraordinario para suministros mínimos vitales ha supuesto un apoyo económico extra para atender este tipo de situaciones, y aunque los recursos disponibles entendemos que deberían ser suficientes para atender la demanda de la población, no hay una adecuada organización que permita su efectividad o la misma no se produce en igualdad de circunstancias según la localidad de residencia.

Es por ello que esta Institución ha instado al Parlamento y al Gobierno andaluz a trabajar en pos del reconocimiento de un derecho que garantice el acceso a unos suministros mínimos a personas y familias que no dispongan de los recursos económicos necesarios para afrontar el pago de su factura eléctrica.

Por ello, nos alegra conocer que una propuesta en este sentido se encuentra incluida entre los compromisos anunciados por el Gobierno de la Junta de Andalucía para esta nueva Legislatura. Sin embargo, en tanto este reconocimiento no se produce, consideramos necesario seguir buscando alternativas que hagan posible una respuesta adecuada a la situación de pobreza energética y que la respuesta no llegue tarde, cuando el corte de suministro ya se ha producido.

En este sentido hemos lanzado una propuesta a la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y a Endesa para la puesta en marcha de medidas destinadas a luchar contra la pobreza energética en todo el territorio andaluz (queja 15/3016).

Nos hemos ofrecido para impulsar un protocolo de actuación ante situaciones de pobreza energética"

Esta Institución se ofrece para organizar e impulsar una reunión de trabajo cuyo fin sería la elaboración de un protocolo de actuación ante situaciones de pobreza energética, que recoja las bases de actuación tales como la definición de quién debe considerarse en situación de pobreza energética, procedimiento a seguir para evitar el corte de suministro por impago o forma de financiación.

Al protocolo se anexaría un convenio marco en el que se definirían las responsabilidades que asume cada parte en relación con la aplicación del protocolo.

Pese a haber recibido la respuesta favorable de la distribuidora eléctrica, transcurridos más de cinco meses no hemos recibido respuesta alguna por parte de las Administraciones interpeladas ni siquiera para obtener un pronunciamiento acerca de su valoración o para informar de otras actuaciones que pudieran haberse iniciado para atender la situación de pobreza energética.

* IA 2015 Capítulo 1.11.1 Servicios de Interés General (Introducción)

La batalla contra el calentamiento global se libra en nuestras ciudades

Nuestras ciudades, como hemos repetido una y otra vez, son espacios de oportunidad en todos los ámbitos de la vida social y económica, pero también en ellas se generan acciones que comprometen el desarrollo sostenible.

Así, en estos espacios se consumen más de dos tercios de la energía que se produce a nivel mundial, generándose en su seno más del 70% de las emisiones de CO2 cuyo efecto invernadero y sus consecuencias en el calentamiento global parecen poco cuestionables. Sirvan de botón de muestra los informes de evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (Panel Intergubernamental del Cambio Climático, IPCC) que evidencian esa realidad en el análisis de la extraordinaria información que, año tras año, recopila, procesa y permite extraer conclusiones.

El conocido adagio ecologista de “pensemos globalmente y actuemos localmente”, cuando hablamos de ciudades, reviste un sentido especial pues, en gran medida, son el campo de batalla donde se va a librar la lucha contra el calentamiento global y a afrontar otros retos de la sostenibilidad ambiental.

Necesitamos planes de movilidad sostenible, cuya credibilidad no desmienta la realidad cotidiana del uso abusivo del transporte de motor privado alimentado con combustibles de origen fósil, o la ausencia de itinerarios y espacios peatonales de calidad, seguros y accesibles; necesitamos un nuevo urbanismo que no genere la crítica unánime por su carácter depredador e insostenible, incluso por parte de quienes, con su voto y bajo su responsabilidad, aprobaron, en el ámbito local y autonómico planes de ordenación urbanística que son causa del insostenible desarrollo territorial de los últimos años. Planes que, una y otra vez, de forma tozuda, han mantenido una visión de ensanche en lugar de rehabilitación y reciclaje, dejando una enorme huella ecológica no sólo territorial sino también energética por el uso intensivo del trasporte en vehículo privado y el consumo energético que demanda la funcionalidad de los inmuebles edificados a su amparo.

La sustitución del consumo de combustibles de energía fósil por energías renovables, la apuesta por un modelo de movilidad sostenible, que descanse necesariamente en los desplazamientos peatonales, el uso de la bicicleta y el transporte público, no puede ser detenida por más tiempo.

Las evidencias científicas y los efectos demoledores que está teniendo el calentamiento global ha hecho que, por primera vez en la historia, cerca de 200 países, reunidos en la Cumbre de París, en el marco de la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, COP21, hayan ratificado un tratado, de ahí su carácter vinculante, para alcanzar un objetivo que la mayoría de los participantes y amplios sectores de la sociedad civil consideran irrenunciable: no superar en el año 2100 en 2 Cº la temperatura de nuestro planeta respecto de “los niveles preindustriales”.

Ese objetivo se ha asumido por las partes firmantes del tratado, 195 países, e incluso se ha producido una “declaración de intenciones” para que esa temperatura no se supere en un grado y medio.

No obstante, estos compromisos se asumen a distintas velocidades y con diferentes esfuerzos, según se trate de países desarrollados, emergentes o en situación de pobreza.

Con todas las limitaciones del Acuerdo adoptado, que no son pocas en los términos en los que se ha redactado, no debe hacernos olvidar que sólo ha comenzado a recorrerse un largo camino hacia la meta del 2100, a la que no se podrá llegar si no se van cumpliendo, de manera fehaciente, las etapas intermedias. Esta condición previa, hoy por hoy, no está garantizada, por lo que las instituciones y la sociedad civil deben mantenerse alertas y exigentes para que nada nos pueda detener en su recorrido.

El Defensor del Pueblo Andaluz ratifica su compromiso en el cumplimiento de ese objetivo y pondrá en marcha distintas iniciativas para que las ciudades aprueben políticas coherentes en el ámbito del urbanismo, la movilidad, el control de actividades, etc., con el objetivo de la Cumbre de París. Al fin y al cabo, como ha manifestado, en distintas ocasiones el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, no tenemos un plan B, porque no tenemos un planeta B.

* Ver más en IA 2015. Capítulo 1.8.1 Medioambiente (Introducción)

Por el acceso a la gratuidad del comedor escolar con independencia de la titularidad del colegio

Abogamos por la extensión de la gratuidad del servicio de comedor escolar a todo el alumnado que lo necesite, con independencia de la titularidad del centro donde se encuentre escolarizado

El Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, aprobado por el Gobierno andaluz, tiene entre sus líneas asegurar la garantía alimentaria a colectivos especialmente vulnerables y personas con escasos recursos económicos, incluyendo el refuerzo de la alimentación infantil en los centros docentes públicos de Andalucía. Al alumno en situación de exclusión social se le reconoce la gratuidad del servicio de comedor escolar y se le proporciona además el desayuno y la merienda.

Sin embargo, desde que comenzó la crisis económica, el comedor escolar ha pasado de ser un instrumento de conciliación de la vida familiar y laboral a una medida de apoyo social, de manera que gran parte de las plazas disponibles en colegios públicos son ocupadas por familias que han acreditado encontrarse en riesgo de exclusión.

Hace tiempo que esta Institución viene abogando por la extensión de la gratuidad del servicio de comedor escolar a todo el alumnado que lo necesite, con independencia de la titularidad del centro donde se encuentre escolarizado. Esta petición encuentra su mayor justificación en el caso de los centros concertados ubicados en zonas de transformación social. No olvidemos que la prestación del servicio de comedor en los centros concertados queda al margen de la financiación pública.

Hasta hace dos años esta situación de desigualdad se paliaba con la suscripción de convenios de colaboración entre los titulares de los colegios ubicados en las zonas señaladas y la Administración educativa. Pero esta solución ha encontrado su fin cuando los convenios de colaboración han sido objeto de reparo por la Intervención que es, a la postre, el organismo que tiene potestad de autorizar o no el gasto correspondiente.

Al no disponer ya de las subvenciones, y a la espera de una prometida solución por Educación, los centros concertados han tenido que ir pagando como han podido parte de los gastos devengados de la prestación del servicio de comedor y han acumulado una importante deuda a las empresas de catering que, mostrando una enorme sensibilidad por conocer la difícil situación de los usuarios, han continuado sirviendo la comida sin recibir la totalidad de la contraprestación.

Ha sido al inicio del curso 2015-2016 cuando las empresas de catering hicieron pública su imposibilidad de seguir prestando el servicio en estas condiciones, por lo que los centros docentes no pudieron abrir el comedor escolar. Como es habitual, los perjudicados fueron principalmente los niños y niñas, la gran mayoría de ellos en riesgos de exclusión, que no recibían ni una sola comida completa al día tal como venía ocurriendo en años anteriores.

Esta situación provocó una importante alarma social: se estaba dejando sin comedor escolar a los niños y niñas más vulnerables.

Ante esta tesitura los contactos de la Institución con responsables de la Consejería de Educación y la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, junto con los titulares de los centros docentes fueron constantes con el objetivo de poner término a una situación que tanto preocupaba. Se trataba de encontrar una fórmula jurídica que permitiera a estos centros obtener fondos públicos para el pago del servicio de comedor escolar o bien que se financiara de alguna manera el mismo.

Finalmente la Consejería de Educación tiene previsto modificar el Decreto 192/1997, de 29 de julio, por el que se regula el servicio de comedor que se presta en los centros de titularidad de la Junta de Andalucía, para dar cobertura legal que posibilite ampliar la prestación de este servicio en los centros de estas características que, por su singularidad social y especificidad del alumnado, es de justicia y solidaridad atenderlos.

* Ver más en IA 2015. Capítulo 1.4.2.5 Educación

Menos trámites burocráticos en los Programas de Tratamiento Familiar

Los beneficios del Programa de Tratamiento a Familias con Menores son innegables. Es más, en estos momentos ocupan una posición clave en las actuaciones preventivas con familias en situación de riesgo o precariedad social, muchas de ellas como consecuencia de la crisis económica. Su intervención evita en algunos casos la separación de los niños y niñas de sus familias y, en otros, permite la reversión de una medida de protección, tras dotar a las familias de habilidades con que superar los déficits detectados y que repercutían negativamente en la atención a los menores a su cargo.

Este programa se desarrolla por los Servicios Sociales Comunitarios tras la suscripción de convenios de colaboración entre la Junta de Andalucía y las Corporaciones Locales que, con una vigencia anual, están obligados a su renovación año tras año. Y es aquí donde surgen los inconvenientes burocráticos que en determinadas ocasiones, afectando a unas provincias u otras, se producen en cada uno de los periodos en que se realiza la renovación.

Tanto la Junta de Andalucía como los Ayuntamientos necesitan cumplir unos trámites de legalidad. Pero ocurre que dichos trámites en ocasiones se pueden complicar por diversas incidencias explicables por la complejidad de los expedientes, siendo dificultoso imputar la responsabilidad a una u otra Administración. Aun así, lo cierto es que no dejan de sucederse casos en que por períodos de tiempo cortos, pero significativos, algunos equipos de tratamiento familiar dejan de prestar su labor en espera de que se cumplan los trámites de renovación de los convenios.

En esta tesitura, la necesidad de suscribir anualmente tales convenios hace que el personal que tiene que contratar la Corporación Local para la prestación de este servicio deba tener, necesariamente, un horizonte temporal, ya que la vigencia del Programa depende de la decisión de la Junta de Andalucía de continuar, modificar, ampliar o reducir aquel.

Pero el problema no acaba aquí. A ello se une la obligatoriedad de acudir a la bolsa de contrataciones temporales conforme a la reglamentación de la propia Corporación Local, de acuerdo a los criterios establecidos en la negociación colectiva, y respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en la selección del personal.

Conscientes de la importancia de la labor que desempeñan estos dispositivos, emprendimos, de oficio, una actuación ante la Consejería de Igualdad y Bienestar Social para que valorara la posibilidad de dotar de mayor estabilidad a los equipos de tratamiento familiar mediante una modificación de su reglamentación. Un cambio que, a la postre, permita suscribir convenios de mayor duración, evitando que anualmente se realicen innecesarios trámites para su renovación.

Mayor estabilidad a los equipos de tratamiento familiar mediante una modificación de su reglamentación. Un cambio que, a la postre, permita suscribir convenios de mayor duración”

Encontrándose en trámite esta actuación hemos tenido conocimiento de la aprobación del Decreto 494/2015, de 1 de diciembre, por el que se regula y gestiona el Programa de Tratamiento a Familias con Menores en situación de riesgo o desprotección.

Una vez que ha entrado en vigor esta norma, tendremos que permanecer atentos a las sucesivas convocatorias a fin de evitar inconvenientes burocráticos que pudieran dificultar la renovación de los convenios y la continuidad del servicio, y sin incidencias negativas para las familias.

* Ver más en IA 2015. Capítulo 1.9.2.1 Menores

Sucesiones. El impuesto de la discordia

Desde hace varios años, venimos recibiendo al respecto de esta figura impositiva, numerosas quejas en las que los interesados nos trasladan su discrepancia con las liquidaciones recibidas, calificando de excesivos o abusivos los tipos impositivos, y expresando opiniones contrarias a la política tributaria autonómica en esta materia, que consideran que da un tratamiento excesivamente gravoso a las herencias y donaciones, comparándola negativamente con la seguida en otras Comunidades Autónomas y demandando su urgente modificación.<

En relación con estas quejas hemos debido informar a quienes las promovían de la inexistencia de irregularidad en la actuación administrativa al ser consecuencia las liquidaciones practicadas de la regulación actualmente vigente para este tributo en Andalucía.

No obstante, esta Institución lleva tiempo contemplando con preocupación las informaciones que aportan datos reveladores de un incremento significativo en el número de personas que renuncian a herencias en Andalucía por no poder hacer frente al pago de los tributos correspondientes, así como las que apuntan a un creciente número de contribuyentes que estarían cambiando su lugar de residencia a otras Comunidades Autónomas con políticas tributarias más laxas en relación a este impuesto.

De acreditarse la certeza de estas informaciones creemos que sería necesario abrir un periodo de reflexión acerca de las inequidades que pueden derivarse de la coexistencia dentro del estado de regímenes tributarios autonómicos excesivamente dispares que introducen situaciones de evidente discriminación entre unos contribuyentes y otros en función de su lugar de residencia.

Sobre este particular, consideramos necesario que, dentro del respeto a las legítimas diferencias que en materia de política tributaria puedan tener las Comunidades Autónomas, se busquen fórmulas que limiten estas disparidades a unos márgenes que no impliquen situaciones de grave discriminación entre los contribuyentes, ni propicien prácticas de evasión fiscal que sólo benefician a los más pudientes y perjudican a los más débiles.

En este sentido, nos congratulamos de las noticias que anticipan la previsión para la actual Legislatura del inicio de procesos de reforma de este Impuesto en Andalucía, según se desprende de los compromisos hechos públicos por el Gobierno autonómico, que incluían la adopción de diversas medidas dirigidas a mejorar su equidad sin perder progresividad.

Incremento significativo en el número de personas que renuncian a herencias en Andalucía por no poder hacer frente al pago de los tributos correspondientes”

De estas iniciativas hemos ido informando a las personas interesadas, a la vez que les hemos indicado que se había previsto la creación de un grupo de trabajo en el que estarían representados los distintos Grupos parlamentarios, con objeto de debatir y adoptar propuestas de modificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, invitándoles a ejercer su derecho de participación en relación a las iniciativas legislativas que puedan derivarse.

En todo caso, estimamos que para la eliminación de los desequilibrios e inequidades de este impuesto no es suficiente con la actuación unilateral de esta Comunidad Autónoma para corregir los excesos rigoristas en su regulación del tributo, sino que se requiere una actuación concertada a nivel estatal que permita corregir también las políticas tributarias de aquellas Comunidades Autónomas que apuestan por modelos fiscales tan laxos que podrían calificarse de dumping fiscal.

* Ver más en IA 2015. Capítulo 1.1.2.1.7.2 Administraciones Tributarias