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Propuesta de coordinación en los procesos de incapacitación
relativos a personas con discapacidades psíquicas. Octubre 2013
Una vez verificado el ingreso, debe realizarse una comunicación del
mismo a la Autoridad Judicial, del lugar donde radique el centro, dentro
del plazo máximo de veinticuatro horas (art. 763 LEC).
2. 4. 2. 1. 3.
Cambio de situación.
La transformación de un ingreso de voluntario en involuntario y viceversa,
implica la necesidad de comunicarlo a la autoridad judicial del lugar de
residencia actual de la persona con discapacidad. En el primer caso, (por
ejemplo en el supuesto de la adopción de una medida de sujeción) para
obtener la correspondiente autorización y en el segundo (en el caso de
concesión de un permiso terapéutico), a efectos informativos.
2. 4. 2. 2.
Ingresos en centros residenciales.
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2. 4. 2. 2. 1.
Consideraciones generales.
Aunque el internamiento en espacios residenciales de personas que no
tienen capacidad para decidir sobre si mismas puede afectar a personas
con distintos tipos de discapacidad, se hace referencia específica a
continuación a personas mayores que se encuentran en situación de
desamparo, por considerar que son aquellas que pueden dar lugar a
mayores y más frecuentes confusiones y dificultades.
Con carácter general debe tenerse en cuenta aquí lo que se expresa
en relación con las hospitalizaciones involuntarias, es decir que la
intervención del ámbito civil de la Administración de Justicia tiene
por objetivo velar por que el internamiento de una persona que no
tiene capacidad de decidir sobre sí misma se haga realmente en su
beneficio, ante una necesidad constatable en los términos fijados en la
Ley. La autorización no sustituye sino que se subordina a las decisiones
profesionales y administrativas que en cada caso determine la indicación
y asignación de una plaza concreta.
1) Para la redacción de este epígrafe se ha tomado como referencia el documento “Pautas de actuación en
las personas mayores que viven solas y no pueden valerse por sí mismas”, autor: Santos Urbaneja, Fernando.