Página 400 - Los Derechos Pol2

Versión de HTML Básico

400
La anterior afirmación se fundamenta en el exiguo porcentaje del ya de
por sí reducido número de potenciales nuevos votantes
448
que finalmente
tuvieron la oportunidad efectiva de ejercer el derecho de sufragio activo
en los pasados comicios municipales. No faltarán las voces que vean
en esta situación una prueba más de la falta de interés por parte de
la población extranjera en la participación política, aunque por nuestra
parte consideramos que en este caso ha tenido una influencia mucho
mayor la desastrosa gestión administrativa del proceso por parte de las
instituciones públicas competentes en la materia.
De la criticada gestión existen pruebas documentales tanto de público
y general conocimiento como otras a las que se ha tenido acceso a través
de nuestro trabajo en el ámbito de la sociedad civil. El pasado mes de
junio de 2010, tres organizaciones no gubernamentales
449
integradas en
la plataforma “Todos iguales, Todos ciudadanos” ejercieron el derecho
de petición previsto en el art. 29 CE ante la Secretaría de Estado de
Inmigración y Emigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración para
recabar la siguiente información: el número de residentes de larga
duración en España mayores de 17 años que fueran nacionales de los
países con los que se estaban suscribiendo los nuevos tratados. Esos
datos serían un reflejo bastante aproximado de los residentes extranjeros
que cumplirían los requisitos para poder tener derecho por primera vez a
participar en unas elecciones municipales en mayo de 2011 (mayores de
18 años y con más de 5 años de residencia en España). Dicha Secretaría
de Estado respondió con escrito de fecha 22 de julio de 2010, aportando
los siguientes datos respecto a los nacionales de países cuyos tratados
finalmente estaban en vigor cuando se cerró la elaboración del Censo
Electoral de Residentes Extranjeros en España (CERE) de cara a dichos
comicios
450
:
448
Dado que por una parte los nuevos tratados dejan fueran comunidades de residentes extranjeros en Es-
paña tan significativas como la marroquí y la china y por otra imponen unos requisitos tan estrictos como la
necesidad de tener un tiempo de residencia en España superior a los 5 años.
449
La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía -APDHA-, la Federación Andalucía Acoge y la Asocia-
ción Cooperación y Desarrollo con el Norte de África -CODENAF-.
450
Se adjuntan en el anexo documental copias del escrito ejercitando el derecho de petición por las entidades
señaladas y la correspondiente respuesta de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
La participación política universal como requisito indispensable para la
ciudadanía inclusiva en el ordenamiento jurídico español.