Página 386 - Los Derechos Pol2

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jurídico- formal dificulta la universalización de la participación política. La
escalada represiva de las políticas migratorias, los principios ideológicos
tradicionales vinculados al Estado- nación y la propia estructura social
dificultan en la práctica la acción política de las personas extranjeras,
incluso en el ejercicio de los derechos que ya tienen reconocidos. Otro
de los elementos que no facilita su participación es el propio modelo
de democracia imperante, marcadamente representativa y separada de
la sociedad
424
. La integración cívica de las personas extranjeras tendría
unas condiciones mucho más favorables en modelos de democracia más
participativos
425
. La presencia de esa creciente comunidad de personas
sin nacionalidad española con un nivel de participación reconocido tan
escaso ha puesto de relieve las deficiencias del sistema democrático en
general, más allá de las políticas específicas de extranjería
426
.
La necesidad de avanzar en el reconocimiento de los derechos políticos
de los extranjeros se basa tanto en argumentos estrictamente jurídico-
políticos (la situación actual ataca al principio de igualdad formal, al
principio democrático y a la legitimidad institucional), filosófico-morales
(dignidad humana), funcionales
427
, sociológicos (los flujos migratorios
como realidad social irremediablemente vinculada ala globalización)...
424
Cuestión de absoluta actualidad en nuestro país tras la notable movilización ciudadana exigiendo refor-
mas en el sistema democrático, surgida tras las decisiones tomadas en el vigente contexto de crisis por los
representantes políticos electos, que son valoradas por gran parte de la ciudadanía como carentes de legitima-
ción por no tener conexión alguna con el programa electoral por el que fueron elegidos estos representantes
y por no tener en cuenta la contestación social que están teniendo. Ver en:
425
Se ha llegado a esgrimir como argumento contra el reconocimiento de los derechos políticos de los resi-
dentes extranjeros la tendencia a una inferior participación electoral de los residentes extranjeros respecto a
los “autóctonos” allí donde tienen reconocido el derecho de sufragio. Ver p.ej. en MESSINA, Anthony M.; “The
political incorporation of inmigrants in Europe. Trend and implications”, en MESSINA, Anthony M. y LAHAV,
Gallya (coord.); The Migration Reader: exploring politics and policies. Lynne Rienner. Boulder- CO, 2006, pp.
470-493. Ya hicimos en anteriores capítulos las correspondientes valoraciones respecto a este tipo de argu-
mentaciones.
426
LUCAS MARTÍN, Javier de y otros; Los derechos de participación de los extranjeros….cit., pp. 51 y ss.
427
“No a los impuestos sin representación”, “Bueno para luchar, bueno para votar”. Ver en RASKIN, Jaime;
“Legal aliens, local citizens. The historical, constitutional and theoretical meanings of alien suffrage”, Univer-
sity of Pennsylvania Law Review, nº 141. 1993, pp. 391 a 441. En este sentido nos parecen muy pertinentes
las voces que advierten de los riesgos de justificar el reconocimiento de los derechos en general, y los políticos
en particular, de los extranjeros en argumentos funcionales-utilitaristas que ensalzan fundamentalmente la
aportación de éstos a la economía o al mercado laboral de la sociedad de acogida, ya que por una parte se
pueden volver en contra en contextos de crisis como el actual y por otro porque conllevarían unos fundamentos
filosófico-políticos de la ciudadanía ciertamente pobres.
La universalización de la participación política.