Página 210 - Los Derechos Pol2

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corazón de Europa un monarca “comparta la soberanía” con el pueblo
y participe activamente en el ejercicio del poder ejecutivo y legislativo
(Liechtenstein)
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o incluso que un Estado se constituya como un régimen
absolutista teocrático (Ciudad del Vaticano). 5) Estados respecto a los
que ni siquiera existe consenso sobre su condición de europeos (Turquía).
6) Países cuya estructura político-jurídica es equiparable a los Estados
miembro de la Unión (Islandia, Noruega o Suiza). Dada esta diversidad,
nos centraremos en estos últimos países que tienen un sistema político
asimilable a los miembros de la Unión Europea, además de Liechtenstein,
en su condición de Estado parte de del Espacio Económico Europeo.
III.1.a) Noruega:
El art. 50 de la Constitución noruega (CN) reserva en general el derecho
de sufragio a los nacionales noruegos, sin hacer mención expresa a los
comicios locales. Relacionando este artículo con lo dispuesto por el art.
61 CN para el sufragio pasivo se podría concluir que la CN excluye de
forma expresa la participación de residentes extranjeros en el ámbito
nacional, pero no hace lo mismo respecto al local.
Partiendo de ese marco, la legislación electoral
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reconoce desde hace
décadas el sufragio activo y pasivo a los residentes extranjeros en las
elecciones municipales. A los ciudadanos de países nórdicos no se les
exige ningún plazo mínimo de residencia y al resto una residencia superior
a los 3 años. El reconocimiento de la participación política a los residentes
extranjeros en los comicios locales posibilitó que Noruega y España
suscribieran un tratado internacional bajo el criterio de reciprocidad, que
entró en vigor en 1991, para reconocer el derecho de sufragio de sus
respectivos nacionales en el ámbito local.
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Información sobre Liechtenstein obtenida del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación:
http://www.maec.es/es/MenuPpal/Paises/ArbolPaises/Liechtenstein/Monografia/Documents/Liechtens-
tein.pdf 10/11/2011
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La ley electoral noruega vigente es la Ley nº 57, de 28 de junio de 2002.
Países europeos que no pertenecen a la Unión.