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LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS RESIDENTES EXTRANJEROS:
LA CIUDADANÍA INCLUSIVA
III.3) La sentencia del Tribunal Constitucional
236/2007, de 7 de noviembre.
Este fallo del Alto Tribunal declaró inconstitucional la privación de los
derechos de reunión, asociación, sindicación y huelga a las personas
extranjeras en situación documental irregular. De la misma manera,
consideró inconstitucionales las trabas al acceso pleno al derecho a la
justicia gratuita y, en el caso de las personas extranjeras menores de
edad en situación documental irregular, a la enseñanza no obligatoria,
privaciones y restricciones contenidas hasta ese momento en la LO
4/2000, en su redacción dada por la LO 8/2000 (arts. 7.1, 8, 11.1, 9.3
y 22.2)
210
.
Constituye un avance muy positivo que se reconozcan derechos
de marcado carácter político, como los de reunión, asociación,
sindicación y huelga, a todas las personas que se encuentran en España
independientemente de su nacionalidad o su situación documental. Un
reconocimiento que, sin duda, representa un sólido argumento a favor de la
necesidad de reconocer la dimensión política de las personas extranjeras
como factor clave de una ciudadanía verdaderamente inclusiva.
Además de la perspectiva señalada, es pertinente detenerse en el
análisis de los principales argumentos jurídicos de esta sentencia: los
esgrimidos por el recurrente (Parlamento de Navarra), por el Abogado
del Estado y por el propio Tribunal, siguiendo los completos comentarios
realizados sobre la misma por Pascual Aguelo y Ángel Chueca
211
.
210
Las sentencias del Tribunal Constitucional 259/2007 ,de 19 diciembre, 260/2007, de 20 diciem-
bre, 261/2007, de 20 diciembre, 262/2007 ,de 20 diciembre, 263/2007, 20 de diciembre, 264/2007 y
265/2007, de 20 diciembre, resolvieron distintos recursos de inconstitucionalidad contra la LO 4/2000 (en la
redacción dada por la LO 8/2000) en términos muy similares a la analizada STC 236/2007
211
AGUELO, Pascual y CHUECA, Ángel; “Los Derechos Humanos de los extranjeros en la doctrina constitucio-
nal: La sentencia 236/2007, de 7 de noviembre”. Revista de Derecho Migratorio y Extranjería nº16. Noviembre
2007, pp. 91-129.