Página 114 - Los Derechos Pol2

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“identidad cultural europea”
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y por ende a la necesidad de forma parte
de ese sustrato personal previo (ser nacional de un Estado miembro) para
aspirar a la plenitud de derechos que conlleva la ciudadanía europea.
Partiendo de la anterior premisa, han existido algunas iniciativas para
facilitar la integración de los residentes extranjeros de terceros países
desde la perspectiva de la ciudadanía. La más destacada es la conocida
como “ciudadanía cívica”, que será objeto de nuestra atención en las
siguientes líneas.
Este concepto partió de una Comunicación de la Comisión Europea del
año 2000 (COM-2000-757, de 22 de noviembre), a través de la cual se
pretendía acercar a los residentes extranjeros a la ciudadanía europea,
siguiendo las recomendaciones del Consejo Europeo de Tampere
(1999)
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, como política de integración de los inmigrantes en la UE
basada en un conjunto común de derechos referenciados en la Carta
de Derechos Fundamentales de la UE. En la misma dirección transita
el Comité Económico y Social Europeo -CESE- en sus Dictámenes
365/2002, 593/2003 y 1169/2006. Algunos autores vislumbran dos
interpretaciones distintas respecto a la ciudadanía cívica en la Comisión
Europea y en el CESE: para la Comisión sería un status privilegiado de
los residentes de terceros países asentados más establemente en la UE,
pero diferenciado de la ciudadanía europea, mientras que el CESE realiza
una interpretación más extensiva y pretende equiparar la ciudadanía
cívica a la europea
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.
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Sostener ese sustrato “identitario” cultural previo, teniendo en cuenta la diversidad de la actual UE de los
27, es ciertamente una alambicada ficción histórica y política, ya que hay serias dificultades para encontrar el
nexo común cultural entre Letonia y Portugal, entre Chipre y Luxemburgo… Sin embargo, además de las con-
secuencias sobre los derechos fundamentales de los residentes extranjeros que conlleva su afirmación y que
analizamos en estas líneas, la “identidad cultural europea” se está esgrimiendo desde hace años por aquéllos
que se oponen al ingreso de determinados candidatos a formar parte de la Unión (principalmente Turquía).
En este sentido también fue bastante reveladora la polémica respecto a la posible inclusión (no llevada a cabo
finalmente) de una referencia a las “raíces cristianas de Europa” en el Tratado para la aprobación de una Cons-
titución Europea, auspiciada por algunos partidos conservadores europeos y representantes de las iglesias
cristianas de Europa. Es destacable el seguimiento de la repercusión pública de esta cuestión contenida en
RUIZ, Antonia Mª y SAMPEDRO, Víctor; La Constitución Europea en la prensa española de ámbito nacional: un
análisis comparativo de El País, El Mundo y ABC. DT 1/2005. Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales
y Estratégicos. Madrid, 2005.
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Establecía como regla general el principio de trato justo a los residentes de terceros países en la Unión
Europea.
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LUCAS MARTÍN, Javier de y otros; Los derechos de participación de los extranjeros… cit., pp. 190-193.
La ciudadanía cívica.