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Sí colocó en lugar visible la tarjeta por movilidad reducida: le devolverán el importe de la sanción cobrada

Queja número 19/3250

La interesada, titular de Tarjeta Acreditativa para Aparcamiento de Personas de Movilidad Reducida, exponía que el 12 de diciembre de 2018, a las 17:08 horas, su vehículo se encontraba correctamente aparcado en aparcamiento para personas con movilidad reducida, teniendo su tarjeta debidamente colocada, siendo la misma original y no fotocopia como se hacía constar en la multa recibida.

Debido al error cometido por los agentes, el coche fue retirado por la grúa municipal, teniendo que recogerlo en el depósito, ocasionándole el gasto de 156,85 euros por su retirada, además del perjuicio de encontrarse en la calle, sin vehículo y teniendo en cuenta su movilidad reducida.

Al retirar el coche del depósito se comprobó que la tarjeta no era fotocopia sino original, por lo que pedía la anulación de la sanción impuesta y la devolución de la tasa liquidada por el traslado y depósito de su vehículo.

Admitida la queja a trámite ante el Ayuntamiento de Sevilla, solicitamos que, dado que según la reclamante quedó acreditado al retirar su vehículo del depósito que la tarjeta expuesta era la original y no fotocopia, nos indicara si se estimaba su pretensión de que le fuese anulada la sanción impuesta y se le devolviera, en consecuencia, la tasa abonada por traslado y depósito del vehículo.

En el informe remitido por el Departamento de Gestión de Sanciones se acordaba el archivo del expediente sancionador y la baja de las actuaciones, iniciándose los trámites para la devolución de las tasas por la retirada del vehículo. Sin embargo, en contradicción con ello, recibimos un nuevo escrito de la afectada indicando que, con posterioridad, le había sido notificada resolución en el expediente sancionador, confirmando la sanción impuesta (que había abonado) y la improcedencia de la devolución de las tasas por la retirada del vehículo.

En consecuencia, volvimos a dirigirnos al Ayuntamiento interesando que se nos indicara si se iban a devolver a la afectada las citadas cantidades o, de no ser así, que se nos expusieran las razones por las que ello no se estimaba procedente, pese a lo señalado en el escrito del Departamento de Gestión de Sanciones de 23 de julio de 2019.

Según la nueva respuesta recibida, se reiteraba la estimación del recurso de reposición y su derecho a la devolución de la multa impuesta, así como de la tasa abonada por la prestación del servicio de retirada de grúa.

Consiguientemente, estimando que habían sido aceptadas por parte municipal la demanda de anulación de la sanción impuesta y de la tasa devengada y acordada la devolución de las cuantías respectivas, entendimos que no resultaban precisas nuevas actuaciones por nuestra parte en este expediente de queja al encontrarnos ante un asunto solucionado.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2 Comentarios

Nicolás López H... (no verificado) | Marzo 31, 2022

Buenos días, la consulta es la siguiente:
El presunto infractor estaciona en un estacionamiento para personas con movilidad reducida, exponiendo en el salpicadero un documento de la Junta de Andalucia de la solicitud de una nueva tarjeta de movilidad reducida, ya que la original se le habia extraviado. La tarjeta se extravió en el año 2019 y la sanción fué puesta por el Agente el 18/02/202, por no exponer la tarjeta reglamentaria.

El DPA responde | Abril 6, 2022

Hola Nicolás,

Con los datos que nos facilitas, no tenemos claro si el documento que estaba visible en el salpicader acredita la posesión de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, o únicamente se trata de una solicitud. En cualquier caso dadas las consecuencias legales que conllevan el impago de multas o sanciones administrativas, el Defensor del Pueblo Andaluz recomendienda que, en caso de disconformidad con la misma, se utilicen los medios legalmente previstos para mostrar esa disconformidad (por ejemplo, presentación de alegaciones y recursos, ya sean administrativos o judiciales) pero que, en ningún caso, se dejen de abonar las mismas sin utilizar estos medios.

Por otra parte, si la persona solicitó el duplicado de la tarjeta en 2019 y aun no ha obtenido respuesta por parte de la administración, puede, si lo desea,  ponerse en contacto con esta Institución para que podamos prestarte nuestra ayuda. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con sus datos personales y toda la documentación que tenga sobre esta cuestión.

Por último te recordamos que nuestra intervención no interrumpe los plazos ordinarios previstos en el expediente sancionador.

Saludos,

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