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Recomendamos el reconocimiento del grado de discapacidad como eliminación de barreras sociales, educativas y laborales

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 21/7579 dirigida a Consejería de Igualdad Políticas Sociales y Conciliación, Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión

Se concluye actuación promovida de oficio sobre la lista de espera y demora en el procedimiento de valoración de discapacidad, discrepando con las medidas adoptadas por la Administración ante la Resolución formulada por esta Institución, estimando que aunque las mismas son positivas, no son suficientes para la superación de las situaciones descritas.

A continuación se puede  consultar la Resolución de la que la Administración nos muestra su DISCREPANCIA TÉCNICA

El Defensor del Pueblo formula Resolución ante la Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión, que contiene diversas Recomendaciones y Sugerencias en orden a la mejora del procedimiento de la valoración de la discapacidad en la comunidad autónoma de Andalucía.

ANTECEDENTES

El pasado año 2020 esta Institución comenzó a recopilar información sobre las dilaciones que veníamos apreciando en el desempeño de las competencias asignadas a los nueve Centros de Valoración y Orientación de nuestra comunidad autónoma en materia de discapacidad, especialmente en lo que atañe a la valoración de dicha situación, bien inicial, bien por vía de revisión.

Adoptamos dicha decisión una vez constatado a lo largo de 2019 que la situación en la respuesta a las peticiones de la ciudadanía, lejos de mejorar o cuando menos estabilizarse, iba en incremento y que, en consecuencia, la paralización en la actividad administrativa consecuencia de la crisis de salud pública, vendría a agravar una dificultar preexistente.

Para conocer la realidad en su fiel desenvolvimiento a lo largo de un período de tiempo razonable, decidimos desplegar una investigación de oficio a la inversa, en el sentido de valernos como campo de información de la oportunidad que propiciaban las diversas peticiones planteadas ante el Defensor del Pueblo Andaluz por las personas afectadas que sufrían las demoras aludidas.

De este modo, hemos podido ir realizando un seguimiento estrecho de la situación objeto de análisis a lo largo de 2020 y en los meses transcurridos del año 2021, mediante las pertinentes y sucesivas peticiones de informe dirigidas a las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en las que no solo nos hemos interesado por la pretensión directamente afectante a las personas peticionarias, sino recabado datos generales de situación, volumen y carga de trabajo en los Centros de Valoración, sus posibles causas y las respuestas y medidas adoptadas por parte de la Administración competente para la normalización de su funcionamiento.

En paralelo a las tareas anteriormente descritas, recientemente tuvo lugar la publicación en el diario “SUR”, donde se denunciaba el colapso del Centro de Valoración de Málaga, provocando retrasos de hasta dos años para las personas que inician el procedimiento de reconocimiento de la discapacidad, pese a los esfuerzos de la Administración en amortiguar esta situación, tras la puesta en marcha de dos Planes de Choque con refuerzo de personal para este órgano valorador.

Esta afirmación, de alguna manera ratificaba la percepción de dilaciones recurrentes que se había alcanzado por esta Defensoría tras investigar los hechos descritos a lo largo de este tiempo.

CONSIDERACIONES

A este respecto cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, así como con el Decreto 141/1993, de 7 de septiembre, de la entonces Consejería de Asuntos Sociales, que contiene en su articulado los plazos de resolución, y los efectos de la falta de resolución expresa -determinando el mismo en seis meses, y señalando el efecto del silencio administrativo, como desestimatorio-, con situaciones como las anteriormente descritas, resulta necesaria una revisión sobre las previsiones administrativas para este procedimiento, con el único objeto de garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

En el plano práctico, se puede resumir que la dilación del procedimiento está computada desde la fecha de solicitud inicial del procedimiento hasta la notificación de la resolución a las personas interesadas, ya que la demora en sí, tiene en consideración los seis meses que marca la normativa de referencia, no haciendo un balance real de la espera tan acusada que puede soportar la ciudadanía en la valoración de la situación de discapacidad.

Como anteriormente se ha indicado, desde esta Defensoría se ha realizado un estudio pormenorizado sobre los tiempos medios de respuesta en las provincias andaluzas, desde que una persona solicita la valoración de discapacidad hasta que recibe la notificación de la Resolución que pone fin a este procedimiento, que se pasa a desglosar para un mejor conocimiento de los acontecimientos investigados.

En principio, en la provincia de Almería no se aprecia ninguna situación anómala en este sentido, al no contar con testimonios de personas que así lo avalen. Para el caso de la provincia de Huelva, las quejas que se reciben son muy escasas, sin que exista una certeza sobre demoras en la citación para la valoración, ni listas de espera. En ambos casos se carece de información sobre cargas de trabajo que indiquen algún tipo de anomalía relevante.

Por el contrario, en el caso de Cádiz, en primer lugar, contamos con la particularidad de que existen dos Centros de Valoración en la provincia que, lejos dar una respuesta rápida a los peticionarios, produce demoras en toda la provincia. Si bien, ya se apreciaba un retraso inicial con anterioridad a la declaración del estado de alarma, de once meses, como se observa de los datos facilitado por la propia Delegación Territorial de Cádiz, en el Informe emitido para la queja 20/1467 se apuntaba directamente “a la falta de personal”, como responsable de estos tiempos de respuesta.

En la actualidad, en la provincia de Cádiz se reconoce un incremento en los meses de espera con respecto al año anterior. Por un lado, en diciembre de 2020 la Delegación señalaba en quince meses la demora desde que se presentaba la solicitud de valoración, justificando este hecho en el elevado volumen de peticiones, reiterando la falta de personal, y sumando un retraso agudizado por la pandemia de COVID-19. Asimismo, con fecha mayo de 2021, la citada Delegación indica un retraso de diecisiete meses, en el Informe emitido para la queja 20/6924, desde que el interesado presentara su solicitud en noviembre de 2019, no siendo valorado hasta abril de 2021. Por todo ello se observa un aumento de los tiempos medios de respuesta de manera progresiva.

Al hilo de lo anterior, con fecha agosto 2021 se recibió un Informe de la Delegación Territorial de Cádiz, que aportaba información general sobre la carga de trabajo de los Centros de Valoración de Cádiz y Algeciras, indicando el tiempo medio de conclusión de procedimientos de valoración de discapacidad en la provincia, y el número anual de solicitudes recibidas en 2020, donde se indicaban los parámetros de las cargas de trabajo a los que esta provincia hace frente, así como el incremento de las demandas ciudadanas de manera escalonada.

Si bien en la provincia de Córdoba la demora existente podría ser calificada dentro de los términos de razonabilidad de la actuación administrativa, al no superar los ocho o nueve meses en los tiempos medios de respuesta a las solicitudes de valoración de la discapacidad. Sirven como soporte a esta conclusión, las quejas que se han recibido en esta Institución, que, salvo algún expediente en particular, el trámite normalmente establecido para dar respuesta a la demanda del procedimiento de valoración, parece ser acorde a los tiempos y formas que la Ley establece, no excediendo en demasía de los seis meses que, con carácter general, marca la norma.

En sentido contrario, la provincia de Granada cuenta con un retraso en la resolución de valoración de la discapacidad de diecinueve meses; dato extraído del Informe remitido por la Delegación Territorial de abril de 2021. Tomando como referencia la queja tramitada por esta Institución, queja 21/3134, la persona interesada presentó su solicitud en diciembre de 2019 y no fue valorada hasta el 15 de julio 2021.

Se cuenta con un Informe de las cargas de trabajo de esta Delegación Territorial, con fecha 31 de marzo de 2021, donde se desglosaba el número de expedientes pendientes de tramitación por tipología, donde en lo esencial se indicaba que “(...) Esto supone una importante carga de trabajo, sobre todo si se tiene en cuenta que el Centro de Valoración cuenta para los reconocimientos y valoraciones con solo siete Equipos de Valoración y Orientación (EVOs). En cuanto al tiempo de resolución de los procedimientos depende del tipo de procedimiento. El tiempo de resolución del procedimiento de reconocimiento de grado de discapacidad y el de Revisión a instancia de parte, actualmente está en unos 19 meses. Las revisiones de oficio se realizan puntualmente...”

Para el caso de la provincia de Jaén, nos hallamos frente a una demora de once meses, materializada en diez meses para citar a las personas interesadas en este procedimiento y un mes en dictar resolución y notificarla; datos extraídos en la tramitación de la queja 20/1349.

No obstante insistir, que con anterioridad a la situación anteriormente descrita, la propia Delegación Territorial de Jaén alertaba a esta Institución, que los plazos iban en aumento por la falta de cobertura de los puestos de trabajo, con un incremento en la demanda ciudadana que solicitaba este procedimiento de valoración, pasando de los nueve meses descritos en junio de 2019, al incremento de los diez meses anteriormente señalado.

En el mismo sentido, y de manera notable destaca el retraso que soporta la provincia de Málaga, llegando a sostener una lista de espera cifrada en veinticuatro meses para los casos de valoración del grado de discapacidad, y de veintiséis meses, para las revisiones de grado que se realizan en este Centro de Valoración.

Si bien para esta demora sostenida, con fecha 26 de abril de 2021 se realizó una Recomendación desde esta Defensoría, reflejada en la queja 20/6489, y en donde la Delegación Territorial de Málaga alegaba para justificar tal circunstancia, “(...) al consabido deber de gestionar los expedientes conforme al orden de la Ley de procedimiento administrativo, y a los posibles beneficios que en las demoras puedan obtenerse a través del Plan de Choque, iniciado en el mes de agosto y concluido el 31 de diciembre, consistente en el refuerzo de personal...”. A esta Defensoría, tal previsión le resultaba bastante improbable, ya que había que tomar en consideración que previamente a la crisis sanitaria (en marzo de 2020), el Centro de Valoración de Málaga, ya reconocía un retraso de al menos dieciséis meses, y que en diciembre de 2020 resultaba un plazo de al menos dos años en la conclusión de expedientes.

Tomando como referencia estas consideraciones, se corrobora el aumento de los plazos de respuesta de la Administración, incluso pese al refuerzo previsto por los dos Planes de Choques anteriormente descritos, como se constata en la respuesta ofrecida a esta Defensoría para la queja 20/4117, tras poner de manifiesto que la persona solicitante había presentado su solicitud en diciembre de 2019, estando pendiente de valorar todavía en un Informe concluido en mayo de 2021, sin ningún tipo de referencia sobre en qué fecha aproximada podría tener lugar su cita para la valoración.

En relación a la carga de trabajo que soporta el Centro de Valoración de Málaga, consta en la respuesta a la recomendación de la queja 20/6489, de mayo de 2021, que con fecha de enero de 2021, existían un total de 10 552 solicitudes pendientes de valoración inicial y 4148 solicitudes pendientes de revisión a instancia de parte.

Del análisis de la provincia de Sevilla, se desprende que la demora soportada por el Centro de Valoración, está cifrada en dieciocho meses, según informó la dirección del EVO de Sevilla, en mayo de 2021 a esta Institución, indicando además que “nuestros tiempos siguen en aumento”.

Se constata de las quejas tramitadas tanto el plazo alegado de retraso, como el progresivo aumento del mismo. Si bien con anterioridad al estado de alarma se partía de un retraso de doce meses para la valoración inicial, y de catorce meses para la revisión del grado de discapacidad extraídos del Informe de la queja Q20/335; se ha terminado con un aumento progresivo, hasta alcanzarse los plazos anteriormente descritos, y que parecían ir en aumento.

Según un Informe, sobre la carga de trabajo soportada por el CVO de Sevilla, en respuesta a una Recomendación realizada por esta Defensoría para la queja Q20/335, donde se precisaba una estimación de la situación que soportaba el Centro de Valoración en cargas de trabajo, existiendo un retraso acumulado en la grabación de los expedientes de cuatro meses de demora, pero que permitía deducir de los datos disponibles, un volumen de 11 000 solicitudes pendientes de valoración inicial y 16 000 de revisión, con fecha octubre de 2020.

Una vez analizada la situación de los Centros de Valoración en Andalucía, y las causas que provocan largas lista de espera y demoras que van mas allá de lo aceptable, se concreta que existe un retraso generalizado y estructural en gran parte de los CVO de Andalucía, motivado en su mayoría, por el volumen de la demanda ciudadana, y por desequilibrio existente entre el volumen de trabajo a realizar con el número de personas designadas para estas tareas, ya sea de índole técnica realizando los trabajos de valoración del grado en su vertiente socio-sanitario, como en tareas puramente administrativas tanto en el despacho de expediente, como en la organización de citas, entre otras.

Pese a tener en consideración las circunstancias que se han expuesto durante todos estos meses, en cierta medida anómalos por el contexto de crisis mundial pandémica que como sociedad hemos vivido, no podemos obviar esta problemática que escapa de la puntualidad, y empieza a establecerse de manera sistémica en el reconocimiento del grado. El volumen de quejas recibidas en esta Institución no deja lugar a dudas en cuanto a las demandas que presentan las personas con discapacidad y de sus familiares, que nos participan de sus necesidades y reivindicaciones diariamente en sus escritos.

Es necesario tener en cuenta que el volumen existente de población demandante, dista mucho de partir de un segmento concreto de la población andaluza, siendo la edad un factor determinante del fenómeno de la discapacidad, ya que está constatado su aumento a medida que se avanza a una edad madura, y consolidando esta tendencia a partir de los 50 años, concentrando a las personas comprendidas entre los 50 y 64 años como posibles demandante de algún tipo de valoración de la discapacidad.

En el mismo sentido, el aumento de la esperanza de vida en los países desarrollados provoca que, aunque la discapacidad aparece asociada a edades más tardías, la exposición al riesgo de la discapacidad aumenta exponencialmente con la mejora de las condiciones sociales y de salud, y esto incrementa de manera progresiva la población susceptible de sufrir alguna patología presentando demandas en el ámbito del reconocimiento del grado de discapacidad.

La línea de la normalización en la lucha por la integración de las personas con discapacidad que toda sociedad democrática impone, marca un nuevo camino a seguir donde se requiere una labor de revisión por parte de los poderes públicos a la hora de remover los obstáculos, para que se garantice el acceso al reconocimiento del grado en un cauce normalizado.

Las demoras relatadas tienen un gran impacto en la vida de las personas con discapacidad y sus familias, pero inciden de manera acusada en su situación laboral, ya que sin acceso al mercado laboral y sin formación, no es posible la incorporación a la vida activa de las personas con discapacidad, pudiendo generar marginación y pobreza con unos tiempos tan dilatados.

Por ello, desde esta Defensoría se reclama de los actores públicos actuaciones diligentes que permitan la inclusión de las personas con discapacidad en ámbitos tales como el trabajo, la educación, el transporte, la vivienda, y la recreación, y pide que se solucione cualquier tipo de práctica administrativa irregular y excluyente como son las listas de espera que se vienen aconteciendo en nuestra comunidad autónoma

Por tanto, es imprescindible renovar el compromiso adquirido con las personas con discapacidad en la recuperación de su derecho a una buena Administración, poniendo especial énfasis en la eliminación de cualquier traba burocrática, o conducta omisiva existente, a la hora de acceder a su reconocimiento de grado de discapacidad, requisito imprescindible para obtener los beneficios sociales que las normativas especificas les garantizan y que están destinados a la eliminación de barreras sociales, educacionales y laborales existentes.

Especialmente preocupa a esta Defensoría las personas con discapacidad más severamente afectadas, que tienen mayores dificultades en el ejercicio de sus derechos y se encuentran objetivamente en una situación mas vulnerable, ya que presentan una mayor necesidad frente a situaciones como las relatadas. Estos hechos reclaman la atención de los poderes públicos y toda su voluntad política.

Finalmente, estimando que los tiempos de resolución del procedimiento del reconocimiento de grado de discapacidad son inaceptables por los argumentos anteriormente señalados, y considerando que pese a las posibles medidas paliativas que hayan tenido los Dos Planes de Choques acometidos por las Delegaciones Territoriales para descongestionar las listas de espera, la conclusión que se extrae tras estos meses de análisis es; que son insuficientes.

Llegados a este punto, y teniendo en cuenta las Recomendaciones ya emitidas en este asunto, y que han sido citadas a lo largo de escrito, de conformidad a la posibilidad contemplada en el artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz, nos permitimos trasladarle la siguiente

RESOLUCIÓN

RECOMENDACIÓN 1: Que se acometan actuaciones de carácter estructural y permanente en la dotación de personal de los CVO, actualizando las ratios de población demandante en relación a los puestos de trabajo existentes, cubriendo las necesidades y prioridades reales de las personas que solicitan el reconocimiento del grado de discapacidad.

RECOMENDACIÓN 2: Que las situaciones anteriormente descritas se eleven a los órganos administrativos competentes en la toma de decisiones de índole presupuestaria para la dotación de recursos humanos, técnicos o de otra índole, que permitan garantizar un procedimiento eficaz, en donde la acción de la Administración se ágil y eficaz como marca la Ley.

RECOMENDACIÓN 3: Que tomando en consideración la obligación legal que establece la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, se desarrolle por vía reglamentaria el procedimiento administrativo de reconocimiento de grado de discapacidad.

SUGERENCIA 1: Que se determinen las estrategias a seguir para garantizar criterios homogéneos en la actuaciones por provincia, buscando un intercambio en la adopción de buenas prácticas para los casos de discrepancias significativas en los criterios de organización, y que pueden suponer la existencia de desigualdades en la ciudadanía andaluza.

SUGERENCIA 2: Que se aproveche la oportunidad digital para facilitar la respuesta administrativa a las personas interesadas, simplificando los pasos a seguir en términos burocráticos, a través de las herramientas de la sociedad del conocimiento.

DISCREPANCIA TÉCNICA

El Defensor del Pueblo Andaluz inició de oficio actuaciones que se registraron con el número de queja arriba indicado, dirigidas a investigar las razones por las que en nuestra comunidad autónoma, las competencias asignadas a los nueve Centros de Valoración y Orientación en materia de discapacidad, presentaban significativos retrasos a las solicitudes en la valoración para el reconocimiento del grado de discapacidad, tanto en su fase inicial como en la vía de revisión.

Si bien, en el mismo momento del inicio de la actuación de oficio, el Defensor del Pueblo Andaluz acordó dirigir resolución a la Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión, teniendo como sustento el campo de información que propiciaban las diversas peticiones que desde el año 2019 las personas afectadas de estas dilaciones habían acercado a esta Institución, y que quedaba expresada en los siguientes términos:

Recomendación: Que se acometan actuaciones de carácter estructural y permanente en la dotación de personal de los CVO, actualizando las ratios de población demandante en relación a los puestos de trabajo existentes, cubriendo las necesidades y prioridades reales de las personas que solicitan el reconocimiento del grado de discapacidad.

Recomendación: Que las situaciones anteriormente descritas se eleven a los órganos administrativos competentes en la toma de decisiones de índole presupuestaria para la dotación de recursos humanos, técnicos o de otra índole, que permitan garantizar un procedimiento eficaz, en donde la acción de la Administración se ágil y eficaz como marca la Ley.

Recomendación: Que tomando en consideración la obligación legal que establece la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, se desarrolle por vía reglamentaria el procedimiento administrativo de reconocimiento de grado de discapacidad.

Sugerencia: Que se determinen las estrategias a seguir para garantizarcriterios homogéneos en la actuaciones por provincia, buscando un intercambio en la adopción de buenas prácticas para los casos de discrepancias significativas en los criterios de organización, y que pueden suponer la existencia de desigualdades en la ciudadanía andaluza.

Sugerencia: Que se aproveche la oportunidad digital para facilitar la respuesta administrativa a las personas interesadas, simplificando los pasos a seguir en términos burocráticos, a través de las herramientas de la sociedad del conocimiento.

Ante dicha Resolución, la Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión, contestó en los términos solicitados por el artículo 29 de la Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz, señalando que la regulación interesada tuvo lugar en virtud del Decreto 255/2021, de 30 de noviembre, por el que se regulan la organización y las funciones de los centros de valoración y orientación de personas con discapacidad en Andalucía y se desarrolla el procedimiento para la valoración del grado de discapacidad en la comunidad autónoma.

Igualmente, en respuesta a nuestra Recomendación, la Dirección General de personas con Discapacidad trasladaba a esta Defensoría el gran esfuerzo que se estaba realizando para obtener refuerzos estructurales de recursos humanos, y solicitaba el apoyo de esta Institución para que hiciéramos valer esta deficiencia ante las Consejerías competentes en materia de Hacienda y Administración Pública.

Sin perjuicio de lo anterior, y ante una nueva petición de Informe por nuestra parte, la citada Dirección General proporcionó los datos actualizados objetivos de situación que solicitábamos, sobre los tiempos medios de respuesta para la valoración y revisión del grado de discapacidad y la adecuación de los puestos de trabajo de los Centros con el único objetivo de alcanzar conclusiones definitivas y las mejoras que se hubieran podido producir tras la aprobación del Decreto 255/2021.

A este respecto, se han tenido en cuenta todas las aportaciones que en este Informe se han realizado, con especial cuidado en considerar los días que median desde que las personas solicitan su cita de valoración o de revisión de grado y son llamadas. No obstante, se hace necesario subrayar, tal y como la propia Administración señala, que los promedios no están calculados teniendo en cuenta el momento final de la notificación de la resolución dictada, sino hasta el momento anterior de la asignación de cita.

Sobre la adecuación de los puestos de trabajo en relación a las necesidades existentes de la ciudadanía, no se puede obviar que son los propios Centros de Valoración y Orientación los que informan a esta Institución que la causa directa que la demora existente es “el déficit de personal e incumplimiento de la ratio establecida, tanto del personal técnico como del personal administrativo, que se deriva desde el Decreto 258/2005, de 29 de noviembre y ahora del actual Decreto 255/2021, de 30 de noviembre” .

Sin entrar a desglosar la relevante cantidad de comunicaciones que la ciudadanía acerca a esta Institución alertando diariamente sobre los retrasos crónicos que existen para este procedimiento administrativo, ni realizar un análisis exhaustivo de los centros afectados por provincias, el volumen de solicitudes y los tiempos de respuesta, debemos en todo caso reproducir el tenor de la Exposición de Motivos del Decreto-ley 14/2022, de 20 de diciembre, por el que se adoptan medidas de carácter extraordinario y urgente en materia de Renta Mínima de Inserción Social, bono social térmico y de simplificación de los procedimientos de expedición del título de familia numerosa y de atención a las personas con discapacidad en Andalucía, donde expresamente se recoge que “(…) Existe una importante saturación de trabajo en los Centros de Valoración y Orientación de Andalucía. El problema más acuciante al que se enfrentan es el de la demora a la hora de resolver el procedimiento de grado de discapacidad. La valoración del grado de discapacidad constituye la piedra angular alrededor de la que gira todo el sistema de servicios sociales relacionado con los servicios y prestaciones del colectivo de personas con discapacidad.

Por tanto, más allá del conjunto de circunstancias que parecen condicionar en negativo la falta de cumplimiento del artículo 21 del Decreto 255/2021, de 30 de noviembre, esta Institución no puede pasar por alto que existe una barrera administrativa infranqueable para que las personas que están afectadas por cualquier situación de discapacidad pueden obtener el reconocimiento que la Ley faculta.

Lo que nos lleva a discrepar técnicamente con el Informe emitido por la Administración en relación al conjunto de Recomendaciones que le dirigimos en noviembre de 2021, por estimar que aunque se valoran en positivo todas las medidas que parece se están adoptando, no permiten concluir que se estén adoptando medidas que permitan concluir una resolución diligente y efectiva para la superación de las situaciones descritas, provocando la vulneración de los derechos de las personas con discapacidad y sus familias.

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

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11 Comentarios

Rosa Maria (no verificado) | Julio 25, 2023

Bdias,mi hija está pendiente de revisión para renovar su discapacida,reconocida con un 69%,le caducó el 28/7/23 y me dieron un justificante en valoración para presentarlo en los organismos donde recibimos ayuda por su discapacidad ,pues nos han dado de baja de todas y me dicen que sin la tarjeta renovada no hay nada que hacer!es triste e injusto,que puedo hacer?

El DPA responde | Julio 26, 2023
Hola Rosa María,

Por lo que nos cuentas en tu consulta, parece que has solicitado una revisión del grado de discapacidad de tu hija y aun se encuentra a la espera de ser valorada. En ese caso, si lo deseas puedes enviarnos  una comunicación con objeto de que podamos estudiar tu caso y, si corresponde, conocer el estado de tu solicitud. Ello lo podrás realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tiene firma digital) (enlace). Si no tiene firma digital y utiliza correo electrónico o nuestra página web, no te olvides de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante). A esta comunicación deberás adjuntar toda la documentación que poseas sobre este asunto, especialmente la copia del registro de entrada de la solicitud de valoración.

No sabemos del contenido de su escrito, si la revisión se ha producido a instancia de parte o una revisión de oficio por parte de la propia administración. En este sentido le informamos que el artículo 12 de Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de  discapacidad.l establece lo siguiente:

4. Cuando la Administración competente no haya revisado el grado de discapacidad en plazo, por causas ajenas a la persona interesada, se mantendrá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución

No nos dice tampoco cuales son los organismos que le han suspendido las ayudas por  tener en trámite dicha renovación.

Si precisas información adicional sobre cómo debes proceder, puedes consultar nuestra página web (www.defensordelpuebloandaluz.es) o llamar al teléfono 954212121

Por otra parte te informamos de que el teléfono 900 55 55 64 es un servicio de información de la Junta de Andalucía para cuestiones que afectan a personas con discapacidad. También puedes recibir información a través del correo electrónico discapacidad@juntadeandalucia.es y del teléfono-fax 955 512 074, servicios habilitados para aquellas personas que presenten discapacidad auditiva. Una de las dudas que atienden es sobre el reconocimiento del grado de discapacidad.

Saludos.

Manuel arjona j... (no verificado) | Junio 21, 2023

Llevo intentando k me den cita para reconocimiento inicial de la vista de ojo derecho sin vista ninguna y ojo izkierdo con baja visibilidad y no consigo k me cojan el teléfono para pedir cita pido por favor k me ayuden con este problema

El DPA responde | Junio 27, 2023

Hola Manuel, con los datos que nos trasladas nmo alcanzamos a entender tu consulta, pues no queda claro su deseas solicitar una cita para valoración de Discapacidad, o bien una cita con el especialista en oftalmología del Servicios Andaluz de Salud. Por favor, si lo deseas, llámanos al 954212121 y te atenderemos.

Saludos

Jose Miguel (no verificado) | Mayo 29, 2023

En mi caso he presentado solicitud de reconocimiento de grado de discapacidad con fecha 18/11/2022 en Córdoba. Hoy 29/05/2023 he conseguido hablar con la Consejería y me informan que en Córdoba, desde que se presenta la solicitud hasta que comunican cita para evaluación el plazo actual es de 19 MESES y aumentando. ¿Cómo puede ser esto posible? ¿Qué formas hay de reclamar? Es incomprensible que, en mi caso, no podamos optar a becas y ayudas necesarias para un menor por culpa del retraso funcionarial.

El DPA responde | Junio 2, 2023

Hola José Miguel,

por los datos que nos facilitas, parece que has solicitado una valoración del grado de discapacidad y aun te encuentras a la espera de ser valorado. En ese caso, si lo deseas puedes enviarnos  una comunicación con objeto de que podamos estudiar tu caso y, si corresponde, conocer el estado de tu solicitud. Ello lo podrás realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tiene firma digital) (enlace). Si no tiene firma digital y utiliza correo electrónico o nuestra página web, no te olvides de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante). A esta comunicación deberás adjuntar toda la documentación que poseas sobre este asunto, especialmente la copia del registro de entrada de la solicitud de valoración.

Si precisas información adicional sobre cómo debes proceder, puedes consultar nuestra página web (www.defensordelpuebloandaluz.es) o llamar al teléfono 954212121

Por otra parte te informamos de que el teléfono 900 55 55 64 es un servicio de información de la Junta de Andalucía para cuestiones que afectan a personas con discapacidad. También puedes recibir información a través del correo electrónico discapacidad@juntadeandalucia.es y del teléfono-fax 955 512 074, servicios habilitados para aquellas personas que presenten discapacidad auditiva. Una de las dudas que atienden es sobre el reconocimiento del grado de discapacidad.

Saludos

Sabrina Alferez... (no verificado) | Enero 12, 2023

Hola fui en diciembre 2022 a cvo de Málaga y la única respuesta que tuve fue que avía ido para que la señora del mostrador me mandara para mi casa eso fue la contestación que recibí con mal carácter y malos modales yo cogí mucha depresión por la manera que la señora me trató

El DPA responde | Enero 18, 2023

Hola Sabrina,

con los daos que nos trasladas no alcanzamos a comprender lo sucedido en el Centro de Valoración, no sabemos i habías sido citada y no te atendierom, si acudiste sin cita previa, si estás a la espera de la valoración, o cual es tu caso concreto, por lo que no podemos darte una respuesta adecuada.

Si lo deseas puedes llamarnos al 954212121

Saludos

María Jesús (no verificado) | Marzo 30, 2022

Realicé la solicitud en agosto de 2021. Se que aún es pronto (han pasado 8 meses) pero yo me encuentro en la siguiente situación con 41 años: rechazada incapacidad permanente con juicio contra el INSS en Enero de 2024, despedida por ineptitud sobrevenida y sin reconocimiento de la discapacidad. No sé qué hacer

El DPA responde | Marzo 31, 2022

Hola María Jesús. Si te parece, puedes llamarnos al 954 212121 y contarnos con más detalle tu problemática. Gracias y un saludo

Mª Dolores Torr... (no verificado) | Marzo 15, 2022

Añadir a las demoras, increíbles en Málaga, que las personas, que sólo dejan entrar con cita previa, les hacen esperar en la calle. Días de lluvia, frío, o calor, es tremendo que tengan que esperar personas con minusvalías fuera sin tener dónde sentarse, siendo que dentro hay espacios amplios y sólo se puede entrar con cita. Es surrealista ver personas pasando frío o bajo la lluvia y que dentro los asientos estén vacíos.
En los colegios, hospitales,... no hay distancias, entran todos,...creo que los protocolos deberían revisarse y normalizar medidas que son excesivas y atentan contra la dignidad de las personas, en este caso con minusvalías o están allí para ser valoradas.
Qué menos se les trate con humanidad y tengan dónde resguardarse o sentarse.

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