Queja número 25/12028
La queja fue tramitada por el Defensor del Pueblo Andaluz, a fin de analizar las actuaciones de las autoridades ante el deficiente estado de conservación del inmueble denominado “Hacienda de La Mata’ en Arahal (Sevilla).
En su día solicitamos el necesario informe ante el Ayuntamiento de Arahal y la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla.
Finalmente, con todos los trámites seguidos, hemos obtenido información del Ayuntamiento de la localidad con fecha 26 de febrero de 2026 en la que se viene a reseñar:
“A) Del Procedimiento Orden de Ejecución Obras de Mejora y Conservación en la Hacienda La Mata de Arahal (Sevilla):
• Acta Informe de Inspección.
• Informe Técnico de fecha 20/11/2025.
• Informe Técnico fecha 09/02/2026.
• Informes jurídicos de fecha 10/02/2026.
* Decreto Nº 2025/60375 de 10/02/2026 acordando incoación de Orden de Ejecución.
B).- Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y la Real Hermandad de la Santa Caridad y Misericordia para la Cesión de Uso de la Hacienda "La Mata del Santo Cristo” para su Adecuación al Uso Turístico suscribo con fecha 02/06/2008.
Resaltar que dicho convenio carece de eficacia conforme se desprende de la estipulación quinta, sexta y novena del mencionado convenio.
C).- En la actualidad en nuestro Municipio se encuentra en fase de elaboración y tramitación la aprobación del PGOM, estando previsto incorporar y dotar de protección a la Hacienda de olivar denominada "la Mata".
Asimismo nos encontramos manteniendo reuniones con los propietarios del inmueble al objeto de suscribir un nuevo Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Arahal y los propietarios de La Hacienda La Mata, que coadyuve al mantenimiento y conservación de dicho inmueble.
En base a todo lo anterior y pese a no ostentar en la actualidad de protección patrimonial ha sido incluido entre los proyectos a solicitar Anticipo Reintegrable conforme a las Bases que regula la Creación y Gestión de Fondo Financiero Extraordinario de Anticipos reintegrables a Ayuntamientos, Entidades locales Autónomas, Mancomunidades y Consorcio de la provincia de Sevilla 2025, línea 1. A tal efecto, adjunto acompaño la siguiente documentación:
1).- Informe iniciativa inversora de fecha 27/10/2025: Nombre del Proyecto: "Intervención en la Hacienda de Olivar La Mata".
2).- Certificado del Pleno Extraordinario celebrado en fecha 30/10/2025, de 02/11/2025) acordando acogerse a la convocatoria "Bases por las que se regula la creación y gestión de un Fondo Financiero de Anticipos Reintegrables a Ayuntamientos de la provincia de Sevilla'', en cuyo punto 11 se encuentra:
"Intervención en la Hacienda de Olivar "La Mata". Por un importe de 200.000 Euros."
3).- Solicitud de Anticipo Reintegrable de fecha 03/11/2025 con cargo al Fondo financiero. Línea 1.
4) .- Resolución de fecha 16/12/2025 de Reconocimiento con cargo al Presupuesto de Diputación de Sevilla 2025 a la localidad de Arahal de anticipo reintegrable de fecha 17/12/2025”.
Así mismo, la Delegación Territorial de Cultura y Deporte en Sevilla señalaba con fecha 19 de diciembre de 2025:
“1. ANTECEDENTES.
Con fecha 26/11/2025 el Sr. Defensor del Pueblo Andaluz dirige comunicación a la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla, por la que pone en su conocimiento la presentación de la queja, motivada por el escrito presentado, en la que se solicita a esta Delegación Territorial y al Ayuntamiento de Arahal información sobre el régimen de protección del inmueble denominado Hacienda de La Mata en Arahal, ante el estado de abandono del citado inmueble.
2.- INFORME.
Consultado el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, en lo concerniente al municipio de Arahal, en la provincia de Sevilla, se constata por este Departamento que la citada Hacienda de La Mata, no figura inscrita en el mismo en ninguna de las categorías protección establecidas por la vigente legislación sobre patrimonio histórico.
La bibliografía consultada señala que se trata de una interesante edificación, que aparece como una de las haciendas más antiguas de la provincia, su origen podría datarse en el siglo XVI, si bien gran parte de su fábrica actual correspondería al siglo XVIII, y conserva algunos de los elementos más significativos de los sistemas tradicionales de producción de aceite: mantiene íntegro el molino, con la viga aún en su lugar de origen, y parte de la bodega, y su planta responde fielmente al modelo tradicional de los molinos de aceite preindustriales.
Por otra parte, se ha obtenido certificado catastral sobre la titularidad del inmueble, que se adjunta al presente informe, en el que consta como propietaria del mismo la Hermandad de la Santa Caridad y Misericordia de Arahal”.
Según la respuesta recibida, hemos podido actualizar el estado del inmueble y que viene a ratificar la oportunidad de definir unos trabajos de mantenimiento, así como del proyecto de procurar un proceso de restauración completo una vez que concluyan las conversaciones con la titularidad del bien.
Ciertamente, la concreción y detalle de la situación ha venido ofrecida en esta ocasión desde los servicios urbanísticos municipales. Dado que el informe pone de manifiesto la actuación del ayuntamiento de Arahal, en aplicar medidas de impulso necesarias ante la titularidad del inmueble, consideramos que, en estos momentos, procede continuar con sus gestiones a la espera de la definición de esas actuaciones anunciadas para lograr un marco de colaboración con la titularidad y, a la vez, promover proyectos efectivos de intervención en las labores de conservación y mantenimiento del recinto.
En todo caso, es intención de esta Institución disponer de iniciativas de seguimiento que resulten oportunas para conocer la evolución del asunto tratado en la presente queja y, en particular, las medidas que aporten unas condiciones de vigilancia y seguridad que permitan estabilizar la situación y evitar nuevos daños que dificulten y agraven el estado del recinto de cara a garantizar los mejores resultados de los futuros proyectos de conservación.
En este particular, también apuntamos la necesidad de evaluar un proyecto de uso y aprovechamiento público de la mano de la implicación del Ayuntamiento por abordar esta cuestión que afecta a un elemento tan característico de la arquitectura rural del entorno.
Por tanto, desde esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz no podemos dejar de posicionarnos en favor del impulso ante las medidas de conservación y protección de la Hacienda de La Mata, requiriendo de las Administraciones Públicas competentes las actuaciones que hemos apuntado y que vienen a ratificar la oportunidad de los pronunciamientos realizados con motivo de quejas anteriores de contenido similar que abordaban la situación de haciendas y fincas de labor del Bajo Guadalquivir con un especial interés arquitectónico y etnológico.
En todo caso, persistiremos en la labor de continuidad y seguimiento que el asunto merece y que ocupará la atención del Defensor del Pueblo Andaluz en futuras intervenciones, contado con la implicación de entidades ciudadanas comprometidas con este patrimonio.
Finalmente agradecemos la atención ofrecida desde el Ayuntamiento de Arahal y la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla lo largo de la tramitación de la presente queja.
Procedemos a concluir nuestras actuaciones
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