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Preguntamos por las medidas de reactivación en el ámbito de la Justicia en la provincia de Granada

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 21/0175 dirigida a Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Delegación Territorial en Granada, Audiencia Provincial de Granada y Decanatos de la provincia

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Nos informan de las medidas de reactivación en el ámbito de la justicia en la provincia de Granada.

11/01/2021 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz es conocedora de la situación de colapso que desde hace años vienen padeciendo los Juzgados y Tribunales, en base a la larga trayectoria de atención que ha venido desarrollando ante la situación general de funcionamiento de los órganos judiciales al igual que sobre sus instalaciones, sedes y medios materiales.

Una situación que se vio agravada por los efectos de la pandemia por coronavirus, declarada por la Organización Mundial de la Salud, el pasado 11 de marzo y en cuyo contexto el Gobierno llevó a cabo la aprobación y promulgación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Con la publicación del referido Real Decreto, se adoptaron medidas para hacer frente a esta crisis sanitaria, sin precedentes y de enorme magnitud, con el objeto de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. Así, fueron impuestas unas limitaciones a la libertad de circulación de las personas (art. 7), y en el concreto ámbito de la justicia se suspendieron los plazos procesales con las excepciones contenidas en la Disposición adicional segunda.

Una situación que provocó, además de un previsible aumento de la litigiosidad, un agravamiento de la situación de colapso ya existente en los órganos judiciales, y que esta Defensoría conoce a través de las quejas recibidas.

Para dar respuesta a esta situación, se publicó el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Administración de Justicia, con objeto de “procurar una salida ágil a la acumulación de los procedimientos suspendidos por la declaración del estado de alarma cuando se produzca el levantamiento de la suspensión” acometiendo un proceso de preparación de la Administración de Justicia tanto en la adopción de cambios normativos como organizativos.

Tal y como se recoge en la exposición de motivos, “deben adoptarse medidas en previsión del aumento de litigiosidad que se originará como consecuencias de las medidas extraordinarias que se han adoptado y de la propia coyuntura económica derivada de la crisis sanitaria”, además de garantizar “el derecho a la salud tanto de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, como de los ciudadanos y de los profesionales que se relacionan con dicha Administración, procurando de esta manera evitar situaciones de contagio”

El mencionado Real Decreto se estructura en tres capítulos (28 artículos) cuatro disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y siete disposiciones finales.

Las medidas de carácter organizativas y tecnológicas recogidas en la Ley son las relacionadas con:

  • Celebración de actos procesales mediante presencia telemática.

  • Acceso a las salas de visitas.

  • Exploración médico-forense.

  • Dispensa de la utilización de togas.

  • Atención al público.

  • Órganos judiciales asociados al COVID-19.

  • Asignación preferente de Jueces de adscripción territorial.

  • Actuaciones dentro de un mismo centro de destino.

  • Jornada laboral.

  • Sustitución y refuerzo de letrados de la Administración de Justicia en prácticas.

Se es consciente del trabajo ya realizado en este sentido. Así es de destacar algunas de las medidas que contribuyen a tal finalidad, unas ya puestas en práctica antes del estado de alarma y otras implementadas a partir del pasado 14 de marzo y trasladadas a esta Defensoría por la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo, Regeneración Democrática y Justicia de Málaga, en el contexto de la queja 20/3021, donde se informaba acerca de la “dotación de medios y sistemas disponibles en las Sedes Judiciales de Andalucía para la celebración de Actos Procesales Telemáticos y herramientas auxiliares para la realización de comunicaciones audiovisuales”:

  • La aplicación Lexnet, que una vez superada la fase inicial que establecía las bases para que los letrados y procuradores presentaran sus escritos a través de la plataforma, provocó en la siguiente fase de "revolución digital" que los propios Juzgados contaran con un método de trabajo interno también digitalizado, denominado Sistema de Gestión Procesal, lo que supuso que la tramitación de asuntos dentro de las propias dependencias judiciales se debía realizar prescindiendo también del papel.

  • La dotación de los elementos de hardware y software necesarios a los usuarios de los órganos judiciales, fiscalías, Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y Ciencias Forenses, instalando pantallas, ordenadores, tarjetas gráficas, impresoras y escáneres, así como a la formación de los profesionales afectados.

Todo ello, supone la obligatoriedad de todos los profesionales de la justicia y órganos y oficinas judiciales y fiscales, de emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de tramitación procesal.

En lo concerniente a la Comunidad Autónoma Andaluza coexisten tres sistemas aplicativos informáticos, el sistema de gestión procesal Adriano, el expediente digital, y la aplicación portafirmas para la firma digital de las resoluciones. A estos tres aplicativos, se añade la aplicación Arconte para grabación de vistas y el sistema de comunicación Lexnet.

Así, consta en la Memoria 2019 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía la transformación que se esta produciendo en el sistema de gestión procesal Adriano, en el que finalmente quedarán integradas todas las funcionalidades de tramitación procesal, de firma digital y de gestión del expediente judicial electrónico en un único sistema denominado “aplicación expediente digital”, cuya previsión inicial era de implantarse a finales de 2020 en los órdenes jurisdiccionales social y contencioso, y en el periodo 2021-2023 en las jurisdicciones civil y penal. Asimismo, durante el año 2020, quedaría implementada en las 439 Salas de vistas el nuevo sistema de grabación de vistas “Arconte Aurea”.

  • Instalación y mantenimiento del sistema de grabación con el aplicativo Arconte y equipamientos para la realización de videoconferencias (Codecs) lo que permite la realización de los Actos procesales con todas las garantías exigidas por las leyes de enjuiciamiento.

  • Implementación de un sistema de videollamadas web -Circuit- para favorecer el trabajo telemático y posibilitar al máximo la disminución del contacto personal. A estos efectos, se han facilitado usuarios de Circuit a todos los Letrados de la Administración de Justicia, todos los Fiscales, todos los Jueces y Magistrados, y a cualquier otro personal para los que sus responsables lo han solicitado, incluyendo Forenses y miembros de los IMLCF y funcionarios de los referidos órganos, alcanzando más de 3.000 usuarios activos.

Este sistema Circuit permite la realización de comunicaciones que se pueden grabar en los equipos Arconte/Arconte-Aurea de la Sala de Vistas, permitiendo recoger en los sistemas de grabación de las Salas tanto el audio como el vídeo de todos los intervinientes que lo utilicen en una sesión.

A pesar de las medidas ya adoptadas por las Administraciones Estatal y Autonómica, persiste la situación de colapso judicial antes expuesta, lo que repercute negativamente en los derechos de la ciudadanía a una tutela efectiva de jueces y tribunales sin dilaciones.

Teniendo en cuenta los objetivos perseguidos en el Real Decreto Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Administración de Justicia, y la situación de colapso de las sedes judiciales en nuestra la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Defensoría, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Autonomía de Andalucía sobre la garantía de calidad de los servicios de la Administración de Justicia, considera oportuno solicitar informe sobre la implementación de las medidas recogidas en el capítulo III del mencionado Real Decreto, relacionadas con:

  • La celebración de actos procesales, evitando la demora en los procedimientos.

  • La atención al público, bien sea de forma presencial, telefónica o telemática”, así como el acceso de la ciudadanía a los servicios electrónicos de la Administración de Justicia.

  • La prestación de servicios por los diferentes Cuerpos y categorías que de una u otra forma desempeñan sus funciones en los órganos judiciales, atendiendo a sus distintas modalidades y organización -Magistrados, Letrados Admon. Justicia, Fiscales, Forenses, Gestores, Tramitadores ...-.

  • El acceso remoto a las aplicaciones utilizada para la gestión procesal, con especial atención al expediente digital.

Es por ello que, conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 10 de nuestra Ley reguladora, se inicia actuación de oficio para que, en el marco de sus respectivas competencias, se proceda por la Delegación Territorial de Turismo, Justicia, Regeneración y Administración Local en Granada, la Audiencia Provincial y Juzgados Decanos de Granada, a evacuar informe sobre la realidad del problema expuesto y sus posibles soluciones, al objeto de poder también dar cuenta a la ciudadanía y a los operadores jurídicos.

31/10/2022 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz siendo conocedora del colapso que desde hace años vienen padeciendo los Juzgado y Tribunales, y el agravamiento de la situación que produjo la pandemia por coronavirus, declarada por la Organización Mundial de la Salud en marzo de 2020, procedió a la incoación del presente expediente, ante el previsible aumento de la litigiosidad.

Desde esta perspectiva y punto de vista, tras la publicación del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Administración de Justicia, iniciamos la presente actuación de oficio para que, en el marco de sus respectivas competencias, se procediera por la Delegación Territorial de Turismo, Justicia, Regeneración y Administración Local en Granada, la Audiencia Provincial y Juzgados Decanos de la provincia de Granada, a evacuar informe sobre la implementación de las medidas recogidas en el capítulo III del mencionado Real Decreto, exponiendo la realidad del problema expuesto y sus posibles soluciones, al objeto de poder también dar cuenta a la ciudadanía y a los operadores jurídicos.

En concreto se solicitó información sobre la celebración de actos procesales, evitando la demora en los procedimientos; la atención al público, bien sea de forma presencial, telefónica o telemática”, así como el acceso de la ciudadanía a los servicios electrónicos de la Administración de Justicia; la prestación de servicios por los diferentes Cuerpos y categorías que de una u otra forma desempeñan sus funciones en los órganos judiciales, así como el acceso remoto a las aplicaciones utilizada para la gestión procesal, con especial atención al expediente digital.

Tras el análisis y valoración de los informes recibidos, se nos informó por los distintos órganos judiciales de las distintas medidas organizativas implantadas en materia de prevención de riesgos laborales, medidas de carácter tecnológico y de personal, así como las carencias detectadas a la fecha de la emisión de informes.

En este sentido la Audiencia Provincial de Granada nos trasladó que tras la declaración del estado de alarma, las incidencias que la suspensión de las actuaciones judiciales pudieron provocar en la tramitación de los recursos ante su Sección fueron nulas, habida cuenta de que, no obstante la suspensión de las deliberaciones señaladas para los meses de Marzo y parte de Abril, fueron deliberando todos los asuntos mediante el sistema de videoconferencia “Circuit”, de tal modo que una vez que se permitió la celebración de actos procesales no esenciales se procedió al nuevo señalamiento de las deliberaciones que habían quedado suspendidas intercalando con señalamientos.

En lo referido a la atención al público, se implementaron todo tipo de medidas para preservar la salud de la ciudadanía así como del personal que dispensaba los servicios.

Así, se habilitaron líneas telefónicas, correos electrónicos y destinaron personal para atenderlos, todo ello conforme lo dispuesto en la Carta de Servicios de los Ciudadanos ante la Administración de Justicia, y que siempre se ha prestado.

Por lo que respecta al acceso remoto a las aplicaciones utilizadas para la gestión procesal, con especial atención al expediente digital, no se trasladan incidencias en algunos de los Decanatos, bien por que se trabajó de forma presencial, bien por el buen funcionamiento de las mismas.

En otros informes nos trasladaron que si bien el “Sistema Circuit” está diseñado para la celebración de juicios y visitas de manera telemática, ofrece numerosos problemas prácticos, entre ellos la limitación del numero de personas que pueden asistir a la sesión (especialmente en procedimientos con numerosos testigos, la incompatibilidad con los micrófonos de la Sala de Vistas y la imposibilidad de su grabación directa para acceso posterior a su contenido a todos los intervinientes.

En otras ocasiones la existencia de tan solo un sistema de videoconferencia para varios Juzgados provoca que se puedan solapar señalamientos de ambos Juzgados, así como del servicio común que se encarga de realizar los exhortos cuando las declaraciones son por videoconferencias.

En relación a la prestación de servicios de los diferentes cuerpos que desarrollan sus funciones en los órganos judiciales, el Decanato de Motril nos hacía partícipes de los problemas ocasionados “Por las bajas, jubilaciones se han agotado las bolsas de funcionarios interinos, alargándose los plazos para cubrir dichas vacantes. Debiendo soportar los trabajadores restantes esta carga. Así mismo en este partido Judicial no se ha dispuesto ninguna medida de apoyo, salvo un funcionario, para videoconferencias. Se ha previsto el aumento de jornada en algunos Órtganos, como Juzgado Mixto num 3,4 y juzgado de lo Penal, que no se ha llegado a determinar y concretar a esta fecha”

Preocupada esta Defensoría por aquellas situaciones en las que las dilaciones judiciales producidas por una sobrecarga de asuntos, que impide “dar satisfacción a las pretensiones del ciudadano” se tramitó el expediente de queja 22/534, con la finalidad de poner en conocimiento de la Consejería competente en materia de Justicia la relación de órganos judiciales que acumulan un número de procedimientos respondiendo a “...causas estructurales, teniendo en cuenta que el titular del órgano judicial supera el indicador de dedicación y que por lo tanto se debe a la acumulación y pendencia de procedimientos …”

En la provincia de Granada se incluyó el Juzgado de lo Social n.º 4.

La falta de medios materiales y/o personales detectada fue determinante para motivar la queja de oficio, con el objeto de que se valore y se tenga en cuenta por la Administración Autonómica dichas disfunciones a la hora de adoptar medidas en cuanto a recursos materiales y de personal, así como proponer la creación de nuevos órganos judiciales. A estos efectos se solicitó informe sobre el problema expuesto y sus posibles soluciones, así como los concretos órganos judiciales que han sido propuestos para su creación en los dos últimos años.

Como respuesta a la petición de informe, la Consejería nos concretó las medidas referidas a su provincia y que han supuesto en 2020 la creación del Juzgado de Primera Instancia nº19 de Granada, y los Juzgados de Paz de Alhedín, Cullar Vega, Cenes de la Vega, Monachil y Otura. En el ejercicio 2021 el incremento de la plantilla en la Secretaria de la Audiencia Provincial de Granada y el Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada, y en el presente año 2022 el Juzgado de lo Social nº8 de Granada.

Igualmente, medidas de autorefuerzo en las Secciones de las Audiencias Provinciales y Juzgados de lo Penal, de Familia y Primera Instancia, que en Granada supusieron la participación en la realización de las mismas de 97 personas funcionarias, y medidas de refuerzo de la plantilla de Auxilios Judiciales (1 en Granada, 1 en Motril y 1 en Santa Fe).

Respecto al Plan de reactivación de la Administración de Justicia para 2021, supuso una medida de auto refuerzo de prolongación de jornada en la provincia de Granada de 29 Gestores, 30 Tramitadores y 29 Auxilios (total de 88 funcionarios), estando en evaluación el resultado del plan para valorar la puesta en marcha de actuaciones concretas en los órganos judiciales que lo requieran.

Tras el análisis de la situación de los partidos judiciales, se reinicia el proceso de despliegue de de los Servicios Comunes de Partidos Judicial en Loja y Almuñecar.

En cuanto al despliegue de la Oficina Judicial y Fiscal, durante 2022 culminará dicho proceso entre otras en la Fiscalía Provincial de Granada, y la implantación de la mayoría de las Oficinas Judiciales en Andalucía.

Por último, respecto a la infraestructuras y modernización digital, la ejecución de las obras de adecuación de las plantas 6ª a 8ª del edificio Caleta en Granada, instalación de la Sala Gesell en el Complejo judicial Caleta, sede de los Juzgados de lo Penal y los Juzgados de Violencia de la Mujer, Juzgados de Huéscar y Loja, y la instalación de sistema de cita previa por internet en los Registros Civiles de Granada, Motril y Santa Fe.

Hemos de trasladar a los operadores jurídicos nuestra satisfacción por las acciones realizadas ante una situación tan compleja como la vivida durante los periodos de los sucesivos estados de alarma, cuyas medidas fueron necesarias para preservar la salud así como para garantizar los servicios esenciales. Si bien se han constatado determinadas situaciones que han requerido medidas que entendemos están en vías de solucionarse y que serán objeto de seguimiento desde esta Defensoría.

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