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Preguntamos por las ayudas al alquiler de 2018

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/2709 dirigida a Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Secretaría General de Vivienda

En esta Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se están comenzando a recibir quejas relativas a la finalización del plazo para la resolución de la convocatoria para el ejercicio 2018 de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por la Orden de 30 de octubre de 2018 de la entonces Consejería de Fomento y Vivienda, sin que hayan recaído las pertinentes resoluciones.

Dichas ayudas, que se financiarán con fondos de financiación propia de la Junta de Andalucía y fondos estatales, están previstas tanto en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, regulado por el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, como en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, regulado por el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.

La citada Orden de 30 de octubre de 2018 dispone en su apartado octavo lo siguiente:

«De conformidad con lo previsto la base décima sexta de las Bases Reguladoras, el plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes fijado en esta convocatoria para el caso de las ayudas cuya tramitación haya sido priorizada, así como las ayudas a jóvenes, y seis meses para el resto de los casos. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.»

Dado que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado día 9 de enero de 2019, ya ha vencido el plazo de tres meses para resolver las solicitudes caracterizadas como prioritarias o pertenecientes a la categoría de ayuda a jóvenes. Por el contrario, para el resto de solicitudes, la Administración aún se encuentra dentro del plazo de seis meses.

No obstante, en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se indica literalmente respecto al estado de tramitación de las ayudas: “en proceso de análisis de solicitudes”.

Aunque el retraso en la tramitación es aún incipiente, la experiencia de las convocatorias efectuadas en años previos, cuya tramitación, conclusión y materialización se ha alargado en exceso (hasta el punto de que aún está pendiente en la provincia de Sevilla la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2017, esto es, casi dos años después de su publicación en el BOJA el 6/7/2017), aconseja que por parte de esta Institución efectuemos un seguimiento directo del proceso de tramitación de la presente convocatoria, tal y como por otra parte nos demandan los propios ciudadanos en sus quejas.

Debe tenerse en cuenta que se trata de familias que no pueden con sus propios medios acceder a una vivienda en el mercado libre, ni tampoco logran acceder a una vivienda protegida con la urgencia que demanda su situación habitacional, dada la insuficiencia del parque público de viviendas respecto a la amplia demanda existente, que ni tan siquiera puede responder a las necesidades de muchas familias en una situación de especial vulnerabilidad y emergencia habitacional.

A la situación descrita, que afecta a nuestra administración autonómica, hemos de sumar la insuficiencia del parque público de viviendas y de recursos económicos que caracteriza a las corporaciones locales, viéndose reducidas también las ayudas de emergencia al alquiler que conceden los ayuntamientos a aquellos sectores de población con escasos recursos económicos, con la finalidad de posibilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en espera de que se les pueda adjudicar una vivienda protegida a través de los cauces legales establecidos.

Por tanto, cualquier retraso en la materialización de estas ayudas distorsiona la finalidad para la que fueron creadas. Como hemos podido comprobar reiteradamente a través de las quejas recibidas en esta Institución en años anteriores, frente a las expectativas de estabilidad habitacional a las que pueden dar lugar estas convocatorias, la anómala tramitación de las mismas ha provocado que muchas familias se hayan visto envueltas en procedimientos de desahucio con un resultado dramático, o que evitando dicho procedimiento hayan abandonado o renunciado a su arrendamiento, volviendo a verse en el punto de partida.

La novedad de la presente convocatoria de ayudas correspondiente a 2018 reside en que la concesión de las mismas se efectuará sin atender al procedimiento de concurrencia competitiva que obligaba a una gestión conjunta de las solicitudes y, en consecuencia, podrían dictarse resoluciones individuales al tiempo en que fueran completándose expedientes.

Como ya apuntábamos en nuestro Informe Anual 2018, aunque con la eliminación de un procedimiento en concurrencia competitiva se pierde la posibilidad de que las ayudas beneficien a las personas que más necesidad puedan tener de ellas para garantizar su derecho a una vivienda, era de esperar que al menos con este cambio se agilizase el procedimiento de concesión y abono de las ayudas, y así pudieran servir para el fin pretendido.

Sin embargo, la realidad nos muestra que ni aún así la Administración ha sido capaz de cumplir el plazo establecido para los casos que la Orden catalogó como más prioritarios.

En consecuencia, en defensa del derecho a la vivienda consagrado en el artículo 47 de la Constitución, y de los artículos 25 y 37.1.22 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo y haciendo uso de la posibilidad que contempla el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del pueblo Andaluz, se incoa queja de oficio ante la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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904 Comentarios

Milá (no verificado) | Agosto 11, 2021

Córdoba, he salido en la lista de favorables pero sin cobrar aún ni 2018/2019/2020. Alguien que haya cobrado al menos un año que lo informe por favor! Así nos hacemos una idea por qué llamas y no saben nada ... Gracias!

Jessica (no verificado) | Agosto 26, 2021

Hola yo también tengo los mismos años aprobados que usted y tampoco sé nada , cuando llamas siempre dicen que de un día para otro podemos recibir el ingreso pero nunca veo el día.

Manoli (no verificado) | Agosto 11, 2021

Buenas antes contestaban más gente Alós mensajes ya preguntas algo y no dicen nada yo no sé si esque an cobrado ya algunos en Córdoba por lo menos seguimos igual sin listas x salir y sin pagos esperemos alguna noticia antes que acabe el mes.

David ruiz (no verificado) | Agosto 10, 2021

Hola! Se sabe cuando empiezan a pagar la ayuda de alquiler en la provincia de Córdoba? Gracias!

ANOnimus (no verificado) | Agosto 20, 2021

si, pero solo lo sabe El Creador

Manoli (no verificado) | Agosto 7, 2021

Buenas alguien sabe algo de los pagos en Córdoba gracias

Mounya (no verificado) | Agosto 6, 2021
El DPA responde | Agosto 9, 2021

Hola Mounya. Nos ha llegado tu comentario pero no vemos el contenido. Creemos que se debe a tu navegador. Tendrás que actualizar tu navegador o cambiar a otro navegador para poder publicar el contenido de tu comentario. Gracias y un saludo.

PETICIÓN A DPA (no verificado) | Agosto 2, 2021

Buenas tardes.
¿Podía su defensoría pedir por favor, en nombre de los usuarios de esta su web, a María Francisca Carazo Villalonga o si no procede, por altísimo cargo inalcanzable, a quien corresponda de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio que publiquen y actualicen en adelante en la web de notificaciones y publicación de la convocatoria de Ayudas Alquiler 2018 de la Junta de Andalucía las resoluciones de la misma?

Pego aquí el enlace que por incompleto resulta ineficaz y absurdo pues no representa realidad alguna.

(https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyorden...)

Se lo agradeceremos todos DPA, un saludo.

El DPA responde | Agosto 3, 2021

Buenos días. Pasamos tu petición a los compañeros para su valoración. Gracias y un saludo

El poder de la goma (no verificado) | Agosto 20, 2021

es más, como hay provincias que incluso publican resoluciones de solo dos o tres beneficiarios da la impresión de que todo está actualizado al dedillo y haber gente esperando resoluciones, incluidas requerimientos de documentación, que ya se publicaron en boja semanas atrás y han perdido la ayuda.
Es cierto, que actualicen todo o mejor que cierren esa página. Ya nos leemos el BOJA nosotros, total, hay que estar detrás de ellos....

Díganos su valo... (no verificado) | Agosto 5, 2021

... Si tenemos diez días para aportar documentación tras publicar en BOJA resoluciones y esta web no se actualiza nos obliga a leer el BOJA todos los días. La verdad es que prefiero ocupar mi tiempo en otras lecturas mas productivas.

Nuria sevilla (no verificado) | Julio 29, 2021

En la.ayuda alquiler.cv19 salgo pendiente de evaluación?se sabe algo?

ANOnimus (no verificado) | Septiembre 1, 2021

Como en el cole

Nuria sevilla (no verificado) | Julio 29, 2021

Buenas DPA estoy a la.espera de que que a usted le conteste la junta de que paso con mi queja?

El DPA responde | Julio 30, 2021

Buenos días Nuria. Como ya sabes, para tener información del estado de tu expediente de queja tendrías que llamarnos al 954 212121 ya que por este medio no podemos suministrar información. Un saludo

Nuria sevilla (no verificado) | Julio 30, 2021

Vale gracias,lunes le llamo,un saludo!

Anónimo (no verificado) | Julio 27, 2021

Me ponía crédito 0 ,que quiere decir eso?

El DPA responde | Julio 29, 2021

Con respecto a las ayudas de alquiler de la vivienda habitual desde el Defensor aconsejamos que os pongais en contacto con el buzón de vivienda de la Junta de Andalucía.

https://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda/portal-web/web/areas/vi...

Milagros (no verificado) | Julio 28, 2021

Según entiendo significa que el crédito para las ayudas se ha agotado aunque si es así deberían publicarlo en BOJA. También esta la cuestión de que según dice la administración el crédito de 2019 fue insuficiente y algunas personas se han quedado sin cobrar ese año. Yo me leí las bases y según entiendo, en todo caso el crédito se agotaría en 2020 y no en 2019 ya que la ayuda son de tres años y el crédito sería para esos tres: yo he presentado reclamación y estoy a la espera de que se resuelva. Espero haberte podido ayudar. Un saludo desde Granada.

Vcg (no verificado) | Julio 26, 2021

Buenos días! Aquí en Málaga salieron las beneficiarás el 30 de abril y de pagos aun nada.. Ni en fomento saben nada, ni hacienda... Nadie.... Y ya van tres meses.. Más tres años de espera...

Lucia (no verificado) | Julio 25, 2021

Yo eche la ayuda del alquiler de 2018 el día 9 de enero, cuando lo cobraré??

nunca (no verificado) | Julio 26, 2021

...

Manuela (no verificado) | Julio 23, 2021

Hola alguien sabe algo delos pagos en Córdoba gracias

Milá (no verificado) | Julio 22, 2021

Buenas, se sabe algo del pago 2018 en Córdoba. He salido en la lista de favorable pero sin ningún ingreso aún...

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