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Nos informan del estado de la vivienda y zonas comunes tras permuta

Queja número 21/2674

La persona interesada refería que accedió a su vivienda, ubicada en uno de los bloques de nueva construcción de un barrio sevillano, como resultado de la permuta de otra vivienda de la barriada y que había presentado numerosas quejas por diferentes desperfectos tanto de su vivienda como del inmueble (ascensor, portero eléctrico, placas solares, garajes inhabilitados, ...), así como por problemas de convivencia con el vecindario (ruidos, venta de drogas, suciedad, ...). El 5 de marzo de 2021 presentó una reclamación ante Emvisesa, a la cual no había recibido respuesta.

Paralelamente desde la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) le habían reclamado el cambio de titularidad de los suministros, gestión que no había efectuado como forma de presión ante sus reclamaciones, que no consideraba debidamente atendidas. En este sentido le indicamos que sus quejas por la situación del inmueble no le eximían del cumplimiento de las condiciones que asumió en el contrato, y le aconsejamos que regularizara los mismos.

Admitida la queja a trámite nos dirigimos a la citada Oficina Municipal y en el informe recibido de Emvisesa se indicaba que a la Hoja de Reclamaciones presentada el 5 de marzo de 2021 se dio respuesta el 28 de marzo.

Sobre los desperfectos de la promoción y de la vivienda nos indicaban que el ascensor del bloque sufría entrada continua de agua cada vez que se producían precipitaciones, debido a la incorrecta pendiente de evacuación de aguas de la planta baja, lo que había ocasionado las averías de la instalación. Se había trasladado escrito a la empresa constructora del edificio para que subsanara las deficiencias en repetidas ocasiones y, a pesar de ello, se había reparado de manera continua el ascensor, Informados por la empresa responsable del mantenimiento del peligro que suponía la utilización de un ascensor en esas condiciones, se optó por esperar a una solución del problema por parte de la empresa constructora respecto a la entrada de agua para evitar daños mayores.

En cuanto a las luces de la comunidad, con fecha 5 de marzo de 2021 se comenzó la reposición de luminarias en mal estado por parte de Emvisesa, a pesar de tratarse de elementos fungibles, cuyo mantenimiento correspondía a la comunidad de inquilinos.

Las puertas de acceso a contadores, azotea y a garajes se habían enviado a reparar de manera reiterada, así como las cerraduras de acceso a garajes y azotea. La última de las reparaciones se produjo en el mes de julio.

Se remitió reclamación a la empresa mantenedora de las placas solares para que cursara visita de inspección. La última solicitud de revisión a la empresa mantenedora encargada de la instalación se realizó el 3 de septiembre.

El mantenimiento de los depósitos de agua potable se realizaba de manera correcta y recurrente, habiéndose inspeccionado recientemente y permanecían sellados.

En diciembre se repusieron los extintores robados. Se dio traslado nuevamente a la empresa mantenedora para que procediera a una nueva revisión y reposición.

Se había trasladado a la empresa mantenedora la inspección y reparación de los porteros electrónicos.

Sobre manchas en el suelo, paredes, azulejos, etc... no constaba ninguna reclamación acerca del mal estado de la vivienda en la fecha de entrada a la misma.

En cuanto a los problemas de ruidos, molestias, suciedad, en definitiva, problemas de convivencia en la promoción, estaban aplicando el Protocolo de Convivencia sobre los inquilinos de la promoción, y se aplicarían las sanciones que correspondieran, no obstante, respecto a esta problemática, a pesar de que el mantenimiento de las promociones le corresponde afrontarlo a las Comunidades de Arrendatarios, en el caso de algunas promociones, como era el caso de la que nos ocupaba, por parte de Emvisesa se venían asumiendo las reparaciones de los desperfectos que se causaban de manera continua y persistente, ante la escasez de recursos de la Comunidad.

Resaltaba el informe que nos encontrábamos ante un asunto complejo, ya que respecto al mantenimiento de las zonas comunes, insistían en que se trataba de una obligación que le correspondía a los inquilinos de las viviendas, por lo que si éstos no asumían el cuidado, limpieza, y un uso responsable dentro de las actuaciones normales de convivencia que debían imperar en una promoción, era muy complicado que estas se encontraran en un estado óptimo, puesto que a pesar de ser reparadas, de manera inmediata volvían a ser vandalizadas. Ello, sin entrar a valorar el coste que suponía la realización de todas estas reparaciones de manera permanente.

Concretamente, en la promoción que nos ocupaba, Emvisesa había tenido que afrontar un gasto de 197.046 € en mantenimiento de zonas comunes y viviendas, a pesar de ser un gasto que debía asumir la Comunidad.

Por otro lado, la persona inquilina formalizó el contrato de su vivienda con fecha 23 de junio de 2020, entregándose la vivienda el 9 de julio, asumiendo todos los costes de la mudanza Emvisesa. En dicho contrato de arrendamiento se recogía en la Estipulación Quinta que el arrendatario se comprometía a efectuar el cambio de titularidad en la contratación de los suministros de agua, electricidad y gas natural, en el plazo de 1 mes desde la entrega de la vivienda. Transcurridos 15 días de dicho plazo, sin que se hubiera efectuado y comunicado a Emvisesa, esta última, procedería a dar de baja estos suministros.

La persona afectada no procedió a ello, habiendo transcurrido más de un año desde el plazo dado para tramitarlos y a pesar de haberle realizado varios requerimientos instándole al cambio de los mismos. El resto de los inquilinos de la promoción, habían realizado los cambios pertinentes. Habiendo incurrido, por tanto, en un incumplimiento contractual, se trasladó el expediente a la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda, para la apertura de un expediente al amparo del Protocolo de Convivencia encontrándose actualmente el expediente en dicha oficina.

Con toda esta información consideramos que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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