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Nos informan de las medidas de apoyo en el Registro Civil de Morón de la Frontera ante la presencia del Centro Penitenciario Sevilla II

Queja número 19/4402

El Defensor del Pueblo Andaluz acordó la apertura de queja de oficio para conocer las medidas de apoyo en el Registro Civil de Morón de la Frontera ante la presencia del Centro Penitenciario Sevilla II.

Así, por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Admón. Local se emitió informe del siguiente tenor literal:

El número de órganos que engloba el partido Judicial de Morón de la Frontera, así como las plantillas detalladas de cada uno de ellos (las cuales están todas cubiertas por personal funcionario titular o interino) son los siguientes:

 

GESTIÓN TRAMITACIÓN AUXILIO

1ª I/I nº 1 de Morón de la Front. (violencia sobre la mujer)

2

3

1

1ª I/I nº 2 de Morón de la Front.(Registro Civil)

3

3

1

Servicio Común del Partido Judicial

1

1

2

Juzgado de Paz de la Puebla de Cazalla

2

0

1

Juzgado de Paz de

Montellano

1

0

1

 

Tal y como se puede apreciar en la tabla anterior, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 2 encargado del Registro civil tiene en plantilla un funcionario más del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. Dicho incremento precisamente tiene su justificación en el mayor volumen de actividad que genera el Registro Civil.

No obstante, desde la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal se mantiene una política de refuerzos orientada a dar soporte a los órganos judiciales con necesidades especiales que, por el incremento sustancial de volumen de asuntos u otras situaciones, requieran de personal de apoyo. Dentro de esta actuación, con fecha 1 de abril de 2017 se nombró en el Juzgado de Primera Instancia e instrucción n.° 1 de Morón de la Frontera un refuerzo perteneciente al Cuerpo de Tramitación procesal y Administrativa que, en la actualidad, permanece prestando servicios.

Por ultimo se informa que la asignación de un refuerzo a un órgano judicial concreto se revisa de forma trimestral, sin que se haya recibido ninguna nueva petición de refuerzo para los Juzgados del Partido Judicial de Morón de la Frontera, a excepción de la petición de prórroga respecto al refuerzo asignado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 1.

No obstante, se prestará especial atención a la situación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 2 por si hubiera necesidad de incrementar la plantilla mediante la asignación de un funcionario de refuerzo”.

Una vez estudiado detenidamente su contenido, no observamos que exista una infracción de alguno de los derechos fundamentales y libertades reconocidos en la Constitución, que nos permita la adopción de alguna de las medidas que prevé el artículo 29.1 de la Ley 9/83, de 1 de Diciembre, reguladora de esta Institución.

Por ello, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en este expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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