Queja número 25/6397
Un ciudadano nos trasladaba que el Metro de Sevilla no permitía el acceso con animales de compañía a sus instalaciones. Disconforme con la situación, presentó escrito ante la Dirección General de Movilidad y Transportes alegando que Sevilla era la única provincia de Andalucía con metro que no permitía el acceso con animales de compañía, produciéndose, por tanto, una discriminación entre los ciudadanos andaluces.
Tras tres meses sin respuesta, presentó también escrito al correo electrónico de la entidad concesionaria Metro de Sevilla, adjuntándoles la solicitud presentada por Registro anteriormente.
En un breve lapso de tiempo, recibió respuesta por parte de dicha entidad, en la que alegaban que la Ley permite excepcionar la obligación de facilitar el acceso a animales de compañía al transporte público y privado si así lo indica su "normativa específica", haciendo alusión a su Reglamento de Servicio.
Con independencia de las cuestiones jurídicas, según el promotor de la queja esa contestación no daba respuesta a la discriminación de trato que se produce en el servicio de metro de Sevilla, frente al de las otras provincias andaluzas que sí permiten el acceso con animales.
Admitimos a trámite la queja y requerimos a la Dirección General de Movilidad y Transportes que nos indicase las medidas que podría adoptar para homogeneizar los criterios en la reglamentación de los servicios de metro de Andalucía.
En este sentido, pudimos comprobar que la normativa es diferente según la localidad de que se trate. Así, en Granada se permite el acceso de pequeños animales domésticos en transportín y perros de compañía incluso de mas de 10 kg con bozal y correa no extensible. En Málaga solo se permiten los animales de menos de 10 kg y siempre que accedan en transportín. En Sevilla, como indicaba el promotor de la queja, no es posible el acceso con animales domésticos salvo perros guía y del personal de seguridad.
Desde la Agencia de Obra Pública de Andalucía (Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda) se nos informó de que la Línea 1 del Metro de Sevilla no incumplía ninguna normativa en relación a la protección, derechos y bienestar de animales de compañía en el interior de sus trenes y estaciones.
Añadía que la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, se muestra favorable a permitir la entrada de animales de compañía en los medios de transporte, pero no obliga expresamente a ello, supeditándolo a la normativa específica de cada operador (reglamento de viajeros o de servicio).
De este modo, a pesar de la entrada en vigor de la ley 7/2023, Metro de Sevilla no incumple la ley aunque prohíba viajar con animales, por cuanto así se contempla en su Reglamento regulador.
No obstante, como administración concedente que ejerce la tutela, supervisión e inspección del servicio de transporte de la Línea 1 del Metro de Sevilla, estaban trabajando en los umbrales más ambiciosos de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, en todos los ferrocarriles metropolitanos bajo su gestión (metros de Sevilla, Málaga, Granada y Trambahía), incluyendo, por tanto, la Línea 1 del Metro de Sevilla.
Matizaban que se trata de un proceso gradual y no exento de complejidad por las particularidades de cada ferrocarril metropolitano (tipología de la infraestructura y sus estaciones o paradas), si bien reconocían que en el caso de la Línea 1 del Metro de Sevilla este proceso aún no había desembocado en una solución homogénea y equiparable al resto de metropolitanos.
Pero, tal y como se aplica en Metro de Granada, en el Trambahía, o en el Metro de Málaga, la intención sería avanzar, gradualmente y atendiendo a todos los requisitos y condicionantes técnicos de la explotación, para que se alcancen los máximos umbrales en las orientaciones de la nueva normativa de protección de animales en todos y cada uno de nuestros sistemas de transporte ferroviarios, incluida la Línea 1 del Metro de Sevilla.
Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se encontraba en vías de ser solucionado y procedimos al cierre del expediente de queja.





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