Le reconocen a su madre derecho de acceso al servicio de atención residencial como modalidad de intervención más adecuada

Queja número 17/1382

La madre de la interesada, reconocida como Gran dependiente, estaba padeciendo la demora en la aprobación del recurso propuesto a favor de la misma, consistente en Servicio de Atención Residencial.

Con el informe recibido, la documentación que obraba en la queja y la normativa que resultaba de aplicación al presente caso, en virtud del artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formulamos Resolución a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla en el sentido de que se dictase resolución aprobando el programa individual de atención del dependiente y se diera plena efectividad al recurso correspondiente.

En su respuesta, la citada Delegación informó que con fecha 18 de julio de 2018 se citó resolución aprobando el mismo y reconociendo el derecho de acceso al servicio de atención residencial como modalidad de intervención más adecuada.

Al haber sido aceptada la Resolución formulada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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