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Le garantizan alternativa habitacional ante procedimiento judicial de desahucio de la vivienda que ocupa con su pareja y tres hijos menores

Queja número 18/6215

La interesada nos trasladaba su preocupación por el procedimiento judicial de desahucio de la vivienda que ocupaba sin título con su pareja y tres hijos menores. Aunque no lo concretaba, entendíamos que no eran antiguos deudores hipotecarios a los que se hubiera embargado su vivienda. Había acudido a la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) y tenía abogado de oficio.

Posteriormente, el 10 de enero de 2019, la interesada nos comunicó que tenía fecha de lanzamiento para el día 30 de ese mismo mes y que estaban tramitando su caso en la OMDV.

En vista de ello, contactamos con personal de la OMDV,a fin de asegurarnos que la familia interesada iba a disponer de alternativa habitacional tras el desahucio.

Nos respondieron que, en efecto, esta familia tenía expediente abierto en la OMDV y se estaba trabajando con ellos. Tenían conocimiento del lanzamiento el 30 de enero, y trabajaban en coordinación con los servicios sociales del ayuntamiento.

Pero nos encontrábamos con varios problemas: el primero y principal era que no estaban inscritos en el Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, por lo que desde Emvisesa no se les podía adjudicar ninguna vivienda. A todos sus usuarios se les insistía en que tenían que estar inscritos. No constaba en su base de datos que desde que se les dijo, en 2016, lo hubieran hecho. Otro problema era que según les dicen en Bienestar Social, los recursos económicos de que disponían no se correspondían con los que declaraban: indicaban que solo procedían de la venta ambulante, pero debían existir bastantes más ingresos, procedentes de otras vías. Y otro problema era que les exigían que no se les buscase alternativa habitacional en ciertas zonas, por problemas con otras familias.

No obstante lo anterior, estaban en coordinación con los servicios sociales para que, llegado el día del lanzamiento, les buscasen alternativa habitacional por lo menos transitoria, como hacían siempre.

Indicaban que esto era lo que hacían en todos los casos de desahucios trabajados por los servicios sociales y la OMDV. No se quedaba ninguna familia sin alternativa habitacional aunque fuera transitoria. El problema era que algunas familias no aceptaban las que les ofrecía Bienestar social.

En consecuencia, considerando que la actuación de la OMDV estaba siendo correcta, en la que medida en que se garantizaba que en todo caso se les iba a ofrecer alguna alternativa habitacional, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

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