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La Junta libera 28 millones para resolver los atrasos del salario social

Lun, 11/11/2013
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13874 Comentarios

Josefa C. A. (no verificado) | Mayo 3, 2022

Hola, solicite el salario social en diciembre de 2021 pero todavía no se nada. Cuanto tiempo de espera es lo normal.
Gracias y un saludo.

El DPA responde | Mayo 4, 2022

Hola Josefa,

El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017. de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.

La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es.

No obstante, en caso de demora podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.

Saludos

Ari gracia (no verificado) | Mayo 2, 2022

Hola si me han aprobado los atrasos de un año de la renta minima de inserción el 20 de abril,cuando me los pagan?me los pagan a primeros de mayo?

El DPA responde | Mayo 4, 2022

Hola Ari,

Con los datos que nos trasladas, si has sido notificada en abril, parentemente parece que deberías percibir el abono de los atrasos a principios de mayo. Ante todo decirte que esta Institución ni gestiona ni tramita los expedientes de la Renta Mínima de Inserción, por lo que te recomendamos que traslades esta consulta a Servicios Sociales que por domicilio te correspondan, donde pueden acceder a los datos de tu expediente.

Si observaras demora en el abono de los atrasos y crees que podemos ayudarte te puedes dirigir a esta Institución mediante escrito en el que nos relates de forma sucinta el problema y todas las circunstancias que lo rodean, remitiéndonos copia de toda la documentación que tengas sobre esta cuestión. En el enlace https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic tienes las diferentes vías de contacto que puedes utilizar para ponerte en contacto con el Defensor del Pueblo Andaluz.

En todo caso, la Junta de Andalucía ha puesto en servicio un correo electrónico para la información sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es

Saludos,

Rocio (no verificado) | Abril 28, 2022

Buenas tardes yo cobre 6 meses de la rmi y despues pedi los otros 6 meses y me a venido a mediados de abril la resolucion aprobada del pago de los atrasos ya k es el pago corespindiente a 6 meses del 2020 ,mi pregunta es cuando los cobraria en el mes de mayo ?

El DPA responde | Mayo 4, 2022

Hola Rocío,

con los datos que nos aportas, parece que, aparentemente, deberías percibir dichos abonos a principios del mes de mayo. No obstante, te recomendamos que te dirijas, en caso de duda, a servicios sociales comunitarios, donde podrán asesorarte adecuadamente.

Saludos

Sara (no verificado) | Abril 7, 2022

Hola buenas tardes, alguien sabría decirte por favor, porque fecha y año va tanto la renta mínima como lo ampliaciones en MALAGA, Soy de marzo 2021, llamo a la asistenta y lo único que sabe decirme, esque está grabada desde Noviembre, y que siga esperando, esto es desesperante, y sin haber cobrado tampoco los 5 meses, cuanto más vamos a tener que esperar, tengo una discapacidad vivo sola y sin ningún tipo de ayuda ni recurso, Muchas Gracias... Y suerte para todos....

Juan (no verificado) | Abril 5, 2022

Señor dpa, me ha dicho la trabajadora social que la solicitud de la rmi se hace con cita previa. Le pregunto, que hago si no hay cita en el plazo que me den para solicitar la renovacion? Y me contesta que si se me pasa el plazo que presente una solicitud nueva porque da exactamente lo mismo. Es así? Por favor responda.

El DPA responde | Abril 6, 2022

Hola Juan,

La ampliación de Renta Mínima de Inserción debe presentarse en, preferentemente, en los centros de Servicios Sociales, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Es decir, que puedes presentar tu ampliación de forma telemática o presencial en cualquier Registro, registro telemático u oficina de correos, para ello, debes presentar en el plazo establecido (durante los tres últimos meses de percepción de la prestación, antes de agotarla) la solicitud que puedes descargar aquí https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/SolicitudRMIS202005.pdf , marcando la casilla de "ampliación" . Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos, la documentación a presentar será la misma que la requerida para la concesión inicial de la RMISA. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será necesario presentar aquella documentación que ya conste en el expediente y respecto de la cual no se hayan producido modificaciones. Sí será necesario presentar, en cualquier caso, el certificado de empadronamiento histórico colectivo actualizado.

Saludos

Juan (no verificado) | Abril 7, 2022

Gracias por la respuesta, pero preguntaba además, si es cierto que da lo mismo presentar ampliación que una solicitud nueva, que es lo que me ha dicho la trabajadora social.

El DPA responde | Abril 8, 2022

Hola Juan,

Hay diferencia respecto a los efectos económicos; si lo presentas como ampliación los efectos se van a retrotraer al día 1 del mes siguiente en que finalice la prestación, mientras que si solicitas una nueva, los efectos económicos se tendrán en cuenta desde el día 1 del mes siguiente a la entrada de tu solicitud en el registro correspondiente. Si te queda alguna duda puedes llamarnos al 954212121 y la aclaramos.

Saludos

Anónimo (no verificado) | Marzo 31, 2022

Espero que algún día se ponga de acuerdo una tercera parte de los políticos del Parlamento de Andalucía y apliquen el Artículo 248 del Estatuto de Autonomía para eliminar la figura del Defensor del Pueblo. La Junta no hace caso a los informes anuales y la RMI sigue con atrasos 3 años después. Qué sentido tiene seguir manteniendo al Defensor cuando no puede hacer nada?.

El DPA responde | Marzo 31, 2022

Buenas tardes. Como no puede ser de otro modo, respetamos tu opinión pero no la compartimos. El Defensor cumple con la normativa denunciando estas dilaciones ante la Administración competente y el Parlamento de Andalucía en su Informe Anual, según su reflexión, hay que eliminar la institución que cumple con su cometido. El 94% de nuestras resoluciones en donde hemos encontrado irregularidades por parte de la Administración son aceptadas. Finalmente, compartimos enlace de las quejas que hemos solucionados o están en vías de solución  https://bit.ly/3IY06Sh . Gracias por compartir tu opinión y no dudes que seguiremos insistiendo para eliminar las dilaciones producidas en los procedimientos de solicitud de la Renta Mínima. Un saludo

Carlos Olveira ... (no verificado) | Octubre 23, 2022

Pues yo no sé que hacer ya ni defensor ni Dios si no nos echamos a la calle nos dan!!! Yo quitaba del medio algunos más es muy way ser funcionario

Anónimo (no verificado) | Abril 1, 2022

Por supuesto que la institución del Defensor del Pueblo tiene que ser eliminada, no vale absolutamente para nada, 3 años y seguimos sin cobrar la RMI y de las renovaciones ya ni te cuento. Las irregularidades se llevan ante la justicia y no habéis llevado ninguna, así que menos cuentos chinos.

Juan (no verificado) | Abril 5, 2022

En el caso de la rmi lo que ha hecho no ha servido absolutamente para nada. Que paguen antes solicitudes nuevas que ampliaciones es completamente absurdo. Solo lo hacen para ahorrarse dinero. Y ya pidiendo documentos después de tanto tiempo, que ellos pueden consultar perfectamente, solo para alargar la resolución. A mi me han pedido que mande los periodos de inscripción del SAE. Están haciendo lo que les da la gana.

Juan (no verificado) | Marzo 29, 2022

Defensor, está usted diciendo que quien presente queja con solo 2 meses de dilación de su solicitud tendrá su expediente resuelto antes de los que llevamos mucho más tiempo esperando si no presentamos queja? Responda. Esto ya lo escribí ayer y no solo no contesta sino que no lo habéis puesto para que los demás puedan leerlo. Ya está bien de tanto engaño.

El DPA responde | Marzo 31, 2022

Buenos días Juan. En primer lugar comunicarte que los comentarios que en el sitio web del Defensor y concretamente en esta página nos trasladan se publican todos mientras que cumplan con las normas de uso de los comentario en este espacio web del Defensor del Pueblo Andaluz. Atendiendo al volumen de comentarios que recibimos, no siempre podemos publicarlos en el mismo día ya que hay que comprobar que cumplen las normas y, en el caso de que en los comentarios se nos dirija una cuestión a responder y no sean una simple opinión, intentamos responderlos.

Por otro lado, cuando recibimos escrito de queja denunciando las dilaciones de la Renta Mínima de Inserción Social nos habilitáis para solicitar información a la Administración sobre ese expediente de solicitud de la prestación ya que sin el escrito de queja no podemos solicitarlo. Solicitamos información para conocer el estado en el que se encuentra el expediente en su procedimiento y para que nos motiven, si se ha producido, la dilación en la resolución del mismo. Una vez obtenida la información y realizada la valoración jurídica del mismo, cuando existe irregularidad por parte de la Administración, trasladamos resolución con el objetivo de eliminar la dilación del expediente del interesado y de todos los demás que pudieran encontrarse en las mismas circunstancias. Si esas dilaciones no se corrigen en tiempo y forma, y la Administración no es colaboradora para solucionar el problema, incluimos estas circunstancias en el Informe Anual que trasladamos al Parlamento de Andalucía denunciando el problema y dando conocimiento a todos los parlamentarios de los distintos grupos políticos que conforman el Parlamento de Andalucía y para que actúen en consecuencia. Estas son las herramientas que nos permite la normativa.

También sabrás, que la dificutal que presenta las diferentes realidades de las distantas unidades familiares que optan a ser beneficiario de la prestación dificulta el procedimiento, por lo que una de nuestras consideraciones que venimos trasladando a la Administración es la confección de una solicitud que sea fácil de rellenar y proporcionada con los datos y documentos que aportar, con el objetivo de agilizar el procedimiento. Resumiendo, el Defensor del Pueblo Andaluz no pude solicitar la resolución de una solicitud que sufre dilaciones contrarias a la Ley si tiene conocimiento que estas dilaciones se producen en otras solicitudes. Solicitamos la solución del problema y no solo la de un expediente.

El Defensor del Pueblo Andaluz cumple con la función que le encomienda el Estatuto de Autonomía de Andalucía con las herramientas que el desarrollo normativo pone a nuestra disposición para la resolución de la irregularidades que puedan ser cometidas por la Administración pública. Gracias y un saludo

 

Rocio (no verificado) | Marzo 25, 2022

A ver, que yo me aclare, entonces si no presento un escrito de queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz por la dilación en la resolución de mi solicitud de prestación de la Renta Mínima de Inserción Social no movéis un dedo?. Y qué pasa con el resto de las miles de familias que llevan años esperando cobrar la RMI, también os tienen que presentar un escrito de queja?. No tenéis vergüenza. Por cierto, a ver si el Defensor del Pueblo el Sr. Jesús Maeztu se baja el sueldo en solidaridad con ese 35% de la población de Andalucía que estamos en riesgo de pobreza y/o exclusión social, que este señor cobra 68.150,30€ de dinero público al año, me parece una inmoralidad.

Juan (no verificado) | Marzo 24, 2022

En la delegación de Cádiz, me devuelven llamada y me dicen cuando pregunto cómo va mi expediente: "tiene usted que esperar porque estamos mirando solicitudes de enero de 2021". Le contesto que mi solicitud de renovación es anterior a esa fecha. En ese momento es cuando la busca y me dice que no me toca todavía pero sin ninguna explicación, por más que se la pedí. Así están actuando, como les da la gana

Rocio (no verificado) | Marzo 23, 2022

Pues yo llevo 3 años esperando a que Juanma Moreno me pague la RMI, y ahí sigo, con el expediente abierto y eso que soy una persona con Discapacidad. Voy a la Asistente Social y me dice que no tiene datos nuevos, que siga esperando, llamo a la Delegación Territorial y me dicen que el expediente está en estudio, que tenga paciencia, contacto con el Defensor del Pueblo y me dice que no tiene acceso a mi expediente. Entonces qué?, me encadeno en la puerta del Palacio de San Telmo y hago huelga de hambre?. Viendo el panorama seguro que dejan que me pudra allí. Este maltrato a las personas más vulnerables tendría que estar castigado con cárcel.

Rafa (no verificado) | Marzo 24, 2022

Rocío no des más vueltas denuncia en el juzgado y verás como se soluciona tu problema yo lo hice coje primero un abogado de oficio es mejor

Juan (no verificado) | Marzo 24, 2022

El defensor debería informarse de oficio de que orden llevan el las resoluciones y no solo ampararse en todas las dilaciones, porque dilaciones las tienen todas y cada una de las solicitudes. Pero hay casos que son ya para denunciar.

Juan (no verificado) | Marzo 24, 2022

La junta se salta todas las normas y el defensor del pueblo no es capaz de actuar de oficio, así vamos. Eso ya no es dilación, dilación es tardar más de 2 meses, eso tiene otro nombre que es delito y por tanto, sabiendo el defensor del pueblo que hay casos como el tuyo y como el mío y más que habrá no haga nada de nada. Porque la queja que dice no sirve para nada, puesto que solo hace un requerimiento como lo podemos hacer nosotros mismos. Ya está bien de tanto engaño.

El DPA responde | Marzo 24, 2022

Buenos días Rocio. Seguramente no nos hemos explicado bien con respecto al acceso a los expedientes de solicitud de la Renta Mínima. Como sabes, el Defensor del Pueblo Andaluz no gestiona ninguna ayuda o prestación, por tanto, el acceso a los expedientes de estas ayudas o prestaciones lo tienen los Organismos o Instituciones que las convocan y/o gestionan. Por otro lado, la normativa establece que el acceso a la información de estos expedientes la tiene el interesado o la entidad que gestione los datos para el fin que fueros entregados, en este caso se entrega a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación para solicitar la prestación de la RMIS, por lo que la ley nos inabilita para acceder a estos expedientes. 

La única forma de que el Defensor del Pueblo Andaluz pueda acceder a tu expediente es dándonos tu consentimiento a través de un escrito de queja donde denuncias, en este caso concreto, la dilación en la resolución de tu solicitud de prestación de la Renta Mínima de Inserción Social, esto es, que la Administración a revasado el tiempo legal para resolver tu expediente. Por esto, siempre invitamos a todos los que escriben en este foro que nos trasladen escrito de queja detallándonos el problema y adjuntando la documentación que crean de interés para que el Defensor del Pueblo Andaluz se pueda dirigir a la Administración en tu nombre y pregunte por tu expediente, con la intención de impulsar la resolución de tu solicitud y te digan si eres beneficiaria o no. Es IMPORTANTE que el escrito de queja este correctamente firmado. Si decides trasladarnos escrito de queja puedes realizarlo a traves de las diferentes vías de comunicación que ofrecemos a la ciudadanía en este enlace (El Defensor en un clic). Esperamos que te hayamos clarificado nuestra función en este aspecto. Gracias y un saludo

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