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Insistimos a la Administración en la necesidad de tramitar con urgencia las solicitudes de incentivos del Plan MOVES III

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 23/5516 dirigida a Consejería de Industria, Energía y Minas, Agencia Andaluza de Energía

26/03/2024 REAPERTURA DE QUEJA DE OFICIO

La presente queja de oficio se inició (ver apertura) con objeto de conocer el estado de tramitación de solicitudes de ayudas presentadas dentro del Plan MOVES III, ante la reiteración de quejas particulares relacionadas con la falta de una resolución administrativa de concesión, o bien la falta de pago del incentivo concedido.

Con fecha 27/07/2023 recibimos el informe solicitado de la Agencia Andaluza de la Energía en el que facilitaban los siguientes datos, referidos al periodo transcurrido entre la apertura del plazo para presentar solicitudes (20 de septiembre de 2021) hasta el 24 de julio de 2023:

- Se habían presentado un total de 13.089 solicitudes, de las cuales se habían admitido a trámite un total de 12.794; estando el resto en lista de reserva provisional sin fondos asignados.

- De las 12.794 solicitudes admitidas a trámite, ya se habían resuelto 5.154 (40%), de las cuales, 295 habían sido desestimadas o desistidas; y 4.859 se habían resuelto estimatoriamente.

- En el 30% de las solicitudes resueltas estimatoriamente (1.449) se detectaron defectos y/o carencias que debían ser subsanadas. Ello supone que los expedientes habían tenido que volver a ser analizados por parte de los técnicos de la Agencia, con la consiguiente demora en los plazos de resolución; siendo el tiempo medio de resolución estimatoria de 9 meses.

- Del resto delas 7.640 solicitudes que estaban pendientes de resolver, 1.795 también habían sido ya analizadas por la Agencia, detectándose defectos y/o carencias que debían ser subsanadas en más del 81% de los casos.

- En 3.235 expedientes resueltos estimatoriamente se había aportado documentación justificativa que debía analizarse para, en su caso, poder proceder al pago; de los que 1.109 ya habían sido analizados por parte de la Agencia, habiéndose detectado en más del 65% de ellas defectos y/o carencias que debían ser subsanadas.

Manifestaba la Agencia que el alto grado de subsanaciones, tanto para la resolución de solicitudes como para la justificación de las mismas, está directamente relacionado con los numerosos requisitos de documentación administrativa y técnica que exigen las bases reguladoras del Programa. A los que había que sumar todos los relacionados con los sistemas de control adicionales derivados del Plan de medidas antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia con los que se financia.

Además justificaba que debe tenerse en cuenta la presentación masiva de solicitudes concentrada en un mismo y muy corto periodo de tiempo, superando la evolución normal de la petición de ayudas.

En todo caso, añadía que se estaban poniendo los medios necesarios para reducir, en la medida de lo posible, todos los plazos, a través del establecimiento de una tramitación 100% telemática en todas sus fases, así como la robotización y automatización de procesos para agilizar la tramitación; la puesta en marcha de planes de choque de refuerzo de personal, tanto para la contratación de personal como mediante la modificación del encargo a TRAGSATEC de la asistencia técnica y robotización de procesos; la mejora continua de la gestión de la Agencia mediante la identificación de los puntos crítico y simplificación administrativa, en la medida en que lo permiten las bases reguladoras estatales; la modelización de documentos que se tienen que presentar, para hacerlos más comprensibles y fáciles de cumplimentar; la elaboración de diferentes guías explicativas; así como la habilitación de la figura de empresas adheridas, quienes ostentan la representación de las personas o entidades beneficiarias en la solicitud, tramitación y justificación de los incentivos y la impartición de talleres específicos de formación para estas entidades a fin de minimizar al máximo el número de subsanaciones de los expedientes.

A la vista de esta respuesta entendimos que el problema por el que se inició esta actuación de oficio se encontraba en vías de solución, por lo que procedimos al cierre de la misma.

En todo caso instábamos a la Agencia Andaluza de la Energía a la urgente tramitación de las solicitudes admitidas que aún estarían pendientes de resolver y que aún no habían sido objeto de análisis (6.182 según tabla aportada), muchas de las cuales se habían presentado hacía más de seis meses.

Asimismo le instamos a la urgente tramitación de las solicitudes cuya cuenta justificativa se había presentado y aún no se había analizado (2.126 según resultaba de la diferencia entre solicitudes de ayuda concedida justificadas y ya analizadas).

En relación con el programa de ayudas MOVES III hemos tramitado con posterioridad una queja individual relativa a una solicitud de ayuda para adquisición de vehículo eléctrico, presentada con fecha 23/08/2023, que quedaba registrada en la lista de Reserva Provisional del programa, a la espera de disponibilidad presupuestaria.

En esta ocasión preguntábamos a la Agencia Andaluza de la Energía el motivo por el que el incremento del crédito inicial asignado a la convocatoria MOVES III se había destinado exclusivamente al programa de incentivos 2 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos), según quedó recogido en la Resolución de 30 de junio de 2023 de la Agencia, publicada en BOJA núm. 128, de 6/07/2023.

Asimismo le solicitamos que nos informase acerca de las solicitudes del Programa de incentivos 1 (Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y pila de combustible) en lista de reserva por falta de fondos y, en su caso, medidas que se hubieran adoptado o se pudieran iniciar para incrementar el crédito asignado a este programa.

En la respuesta ofrecida por la Agencia Andaluza de la Energía nos explicaban que las conversaciones con el IDAE para ampliación de fondos del programa MOVES III tuvieron lugar en diciembre de 2022, aunque se aprobó en marzo de 2023. En aquel momento el balance del programa ponía de manifiesto un déficit de 3,5 millones de euros en la actuación 2, mientras que en la actuación 1 había fondos disponibles para nuevas solicitudes por casi 9,5 millones de euros.

Sin embargo, a fecha 22 de diciembre de 2023 se contabilizaban 2.049 expedientes dentro de la actuación 1 en lista de reserva de fondos, por importe de 8,27 millones de euros de incentivo.

Por ello, a fin de conseguir una mayor eficacia en la gestión de los fondos, y tras la publicación del Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, se consultó al IDAE la posibilidad de redistribución de los fondos totales. Tras la respuesta recibida, se había comunicado a través de Resolución, de 22 de diciembre de 2023, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía (publicada en BOJA núm. 247, de 28/12/2023) la modificación de la convocatoria en cuanto a la asignación disponible para cada actuación, quedando del siguiente modo:

  • Tipo de Actuación

    Importe Ayuda

    Programa de Incentivos 1: Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y pila de combustible

    49.832.385,30

    Programa de incentivos 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

    49.832.385,30

    TOTAL

    99.664.770,60

 

Esta información sobre el número de solicitudes cuya tramitación procede tras la asignación de nuevos fondos valoramos que impacta sobre el estado de tramitación de las ayudas del programa MOVES III.

En este sentido, debemos poner de manifiesto que seguimos recibiendo quejas ciudadanas por los mismos motivos que justificaron el inicio de la presente queja de oficio, esto es, por falta de una resolución administrativa de concesión, o bien por falta de pago del incentivo concedido.

Pero no solo han sido quejas ciudadanas, recientemente recibíamos escrito de un centro de automóviles de grandes dimensiones, que acoge a cuatro marcas de concesionarios, poniendo de manifiesto que han tramitado casi 500 expedientes en el Plan MOVES III en nombre de su clientela. Solo se habrían cobrado en torno a 20 solicitudes desde el 2020, de modo que representan menos del 5% de las solicitudes presentadas.

Ante estas circunstancias, y transcurrido un tiempo prudencial desde que la Agencia Andaluza de la Energía nos informase sobre las medidas adoptadas para la mejora de la tramitación de las solicitudes de ayuda del programa MOVES III, esta Institución ha procedido a reabrir el expediente de queja y ha decidido interesar la emisión de un nuevo informe a los efectos de actualizar los datos proporcionados en su día.

Asimismo, hemos estimado oportuno reiterar la petición que dirigimos a la Agencia Andaluza de la Energía para la urgente tramitación, por un lado, de las solicitudes admitidas que aún estarían pendientes de resolver y, por otro, de las solicitudes cuya cuenta justificativa se ha presentado para su oportuno pago, en su caso.

02/10/2023 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Iniciamos esta actuación de oficio (ver apertura) con objeto de conocer el estado de tramitación de solicitudes de ayudas presentadas dentro del Plan MOVES III, tras haber recibido quejas ciudadanas relacionadas con la falta de una resolución administrativa de concesión, o bien la falta de pago del incentivo concedido.

En el curso de esta actuación solicitamos la colaboración de la Agencia Andaluza de la Energía a fin de solicitarles información en relación con el asunto objeto de la presente queja de oficio.

Recibimos informe de la Agencia Andaluza de la Energía en el que se nos facilitan los siguientes datos, referidos al periodo transcurrido entre la apertura del plazo para presentar solicitudes (20 de septiembre de 2021) hasta el 24 de julio de 2023:

- Se han presentado un total de 13.089 solicitudes, de las cuales se han admitido a trámite un total de 12.794; estando el resto en lista de reserva provisional sin fondos asignados.

- De las 12.794 solicitudes admitidas a trámite, ya se han resuelto 5.154 (40%), de las cuales, 295 han sido desestimadas o desistidas; y 4.859 se han resuelto estimatoriamente.

- En el 30% de las solicitudes resueltas estimatoriamente (1.449) se detectaron defectos y/o carencias que debían ser subsanadas. Ello supone que los expedientes han tenido que volver a ser analizados por parte de los técnicos de la Agencia, con la consiguiente demora en los plazos de resolución; siendo el tiempo medio de resolución estimatoria de 9 meses.

- Del resto delas 7.640 solicitudes que están pendientes de resolver, 1.795 también han sido ya analizadas por la Agencia, detectándose defectos y/o carencias que deben ser subsanadas en más del 81% de los casos.

- En 3.235 expedientes resueltos estimatoriamente se ha aportado documentación justificativa que debe analizarse para, en su caso, poder proceder al pago; de los que 1.109 ya han sido analizados por parte de la Agencia, habiéndose detectado en más del 65% de ellas defectos y/o carencias que deben ser subsanadas.

Manifiesta la Agencia que el alto grado de subsanaciones, tanto para la resolución de solicitudes como para la justificación de las mismas, está directamente relacionado con los numerosos requisitos de documentación administrativa y técnica que exigen las bases reguladoras del Programa. A los que hay que sumar todos los relacionados con los sistemas de control adicionales derivados del Plan de medidas antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia con los que se financia.

Además justifica que debe tenerse en cuenta la presentación masiva de solicitudes concentrada en un mismo y muy corto periodo de tiempo, superando la evolución normal de la petición de ayudas.

A este respecto señala que la Agencia Andaluza de la Energía ha puesto en marcha, en apenas 3 años, los 9 programas de ayudas cuya gestión ha sido derivada a las CC.AA. por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con más de 45.000 expedientes presentados admitidos a trámite; entre los que se encuentra MOVES IIl.

En todo caso, añade que se están poniendo los medios necesarios para reducir, en la medida de lo posible, todos los plazos, a través de:

- El establecimiento de una tramitación 100% telemática en todas sus fases, así como la robotización y automatización de procesos para agilizar la tramitación: como la detección de duplicidades en la Base de Datos Nacional de Subvenciones; automatización de consultas, como la comprobación de la identidad del beneficiario, de estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social, de la Hacienda Estatal y Autonómica; o de integración con el Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la unta de Andalucía, GIRO (automatización de contabilizaciones de resoluciones, de pagos, o de verificaciones de cuentas activas de los beneficiarios), entre otras actuaciones.

- La puesta en marcha de planes de choque de refuerzo de personal, tanto para la contratación de personal como mediante la modificación del encargo a TRAGSATEC de la asistencia técnica y robotización de procesos para la gestión de los incentivos del programa de movilidad MOVES lll.

- La realización de una labor de mejora continua de la gestión de la Agencia mediante la identificación de los puntos crítico y simplificación administrativa, en la medida en que lo permiten las bases reguladoras estatales; entre las actuaciones más recientes se encuentra la modificación de la convocatoria del Programa mediante Resolución de 30 de junio de 2023, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía (BOJA N.* 128, de 6 de julio), para introducir modificaciones que incidirán en la agilización de la tramitación de los expedientes.

- La modelización de documentos que se tienen que presentar, para hacerlos más comprensibles y fáciles de cumplimentar, afín de minimizar las subsanaciones en los expedientes (como, por ejemplo, el DNSH, DACI, cesión de datos, condiciones acceso programa, cuenta justificativa y certificado financiación).

- La elaboración de diferentes guías explicativas sobre, por ejemplo, cómo presentar las solicitudes, la documentación de justificación, sobre cómo deben presentarse los justificantes de pago; de preguntas frecuentes; cómo dar de alta las cuentas bancarias en sistema GIRO; o sobre las claves para una correcta justificación de las ayudas, entre otras; las cuales están disponibles en la página web de la Agencia y en el aplicativo de tramitación de las ayudas.

- La habilitación de la figura de empresas adheridas, quienes ostentan la representación de las personas o entidades beneficiarias en la solicitud, tramitación y justificación de los incentivos (salvo en el caso de las entidades locales y el sector público institucional de las administraciones públicas). Dado que son dichas empresas las que presentan la documentación ante la Agencia en nombre de sus clientes, se están impartiendo talleres específicos de formación para estas entidades a fin de minimizar al máximo el número de subsanaciones de los expedientes. En concreto, ya se han impartido 63 talleres (57 relacionados con el proceso de presentación de solicitudes; y 6 para la presentación de la documentación justificativa necesaria para el pago).

A la vista de esta respuesta entendimos que el problema por el que se inició esta actuación de oficio se encuentra en vías de solución, por lo que procedimos al archivo de la misma.

En todo caso hemos estimado oportuno instar a la Agencia a la urgente tramitación de las solicitudes admitidas que aún estarían pendientes de resolver y que aún no han sido objeto de análisis (6.182 según tabla aportada), muchas de las cuales se presentaron hace más de seis meses.

Asimismo le hemos instado a la urgente tramitación de las solicitudes cuya cuenta justificativa se ha presentado y aún no se ha analizado (2.126 según resulta de la diferencia entre solicitudes de ayuda concedida justificadas y ya analizadas).

Consideramos que de este modo se lograría garantizar en mejor medida el derecho a la buena administración contenido en el artículo 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en lo que se refiere al derecho de todos ante las Administraciones Públicas a que sus asuntos se traten de manera objetiva e imparcial y sean resueltos en un plazo razonable.

07/07/2023 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Mediante Resolución de 7 de julio de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, publicada en BOJA núm. 133, de 13 de julio de 2021, se convocaron los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril (Programa MOVES III).

Su finalidad no es otra que el impulso a la descarbonización y eficiencia del sector del transporte, avanzando hacia una movilidad cero emisiones, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

Por ello, el programa MOVES III contempla dos tipos de incentivos: la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Dicha convocatoria establecía que el plazo de presentación de las solicitudes de incentivos comenzaría el día 20 de septiembre de 2021, finalizando el día 31 de diciembre de 2023 o bien, con anterioridad, mediante resolución expresa de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía.

El interés de la ciudadanía por acceder a estos incentivos ha supuesto la presentación masiva de solicitudes concentrada en un mismo y muy corto periodo de tiempo, superando la evolución normal de petición de ayudas que venía gestionando la Agencia Andaluza de la Energía, tal como nos confirman en uno de los informes remitidos a esta Institución con ocasión de la tramitación de una queja individual por falta de pago de la ayuda.

Lógicamente, esta presentación masiva de solicitudes ha tenido como consecuencia el retraso en la resolución de concesión de incentivos a las personas que los han solicitado, así como en el pago de los mismos desde la presentación de la necesaria cuenta justificativa.

En este sentido venimos recibiendo quejas ciudadanas relacionadas con ambas situaciones, bien la falta de una resolución administrativa de concesión o bien la falta de pago del incentivo concedido.

A modo de ejemplo podemos citar algunas quejas tramitadas en las que hemos observado esta situación.

Así, en la queja 22/7469 podíamos conocer que la solicitud formulada con fecha 18/10/2021 fue resuelta con fecha 7/06/2022 y que, presentada la oportuna cuenta justificativa, con fecha 27/07/2022, siete meses después se encontraba pendiente de análisis.

En la queja 23/2894 transcurrían nueve meses desde la presentación de solicitud a la resolución de concesión (del 23/11/2021 al 26/08/2022) y otros nueve meses después tampoco se había iniciado el análisis de la cuenta justificativa presentada con fecha 19/09/2022.

La queja 23/4446 se admitía a trámite porque la solicitud presentada con fecha 7/06/2022 aún se encontraba en trámite, según la información que constaba en la plataforma de tramitación a fecha 31/05/2023.

Teniendo en cuenta las consideraciones expuestas, se ha estimado oportuno promover una actuación de oficio con objeto de conocer el alcance del problema y proponer soluciones al mismo.

En el curso de esta actuación nos hemos dirigido a la Agencia Andaluza de la Energía (Consejería de Industria, Energía y Minas), como organismo encargado de la tramitación de este tipo de ayudas.

Nos interesa conocer el número de solicitudes presentadas en el programa MOVES III, plazo medio para su resolución y número de ellas que se encontrarían pendientes de resolución, con identificación de la fecha de presentación de solicitud.

Asimismo nos interesa conocer el número de solicitudes de ayuda concedidas dentro del Plan MOVES III con cuenta justificativa presentada y completada pendiente de análisis, en su caso, para proceder al pago.

Igualmente queremos conocer las medidas que, según informan, están adoptando para agilizar la tramitación de expedientes y proceder al pago de los incentivos con la mayor rapidez posible.

Consideramos que se encuentra afectado el derecho a la protección de las personas consumidoras que garantiza el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y que el artículo 51 de la Constitución española define como uno de los principios que deben regir la actuación de las Administraciones públicas.

Asimismo, de forma indirecta, a través de la finalidad perseguida con el programa, el derecho a un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable previsto en el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Igualmente se encuentra implicado el derecho a una buena administración, contenido en el artículo 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que comprende el derecho de todos ante las Administraciones Públicas a participar plenamente en las decisiones que les afecten, obteniendo de ellas una información veraz, y a que sus asuntos se traten de manera objetiva e imparcial y sean resueltos en un plazo razonable.

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35 Comentarios

Alvaro villar merino (no verificado) | Octubre 30, 2023

En abril de 2022 compre un coche híbrido enchufable, a día de hoy y tras llamar varias veces a la junta no me han pagado los 5000 euros que me tienen que abonar y los necesito para la compra de una vivienda , no encontramos ni ayuda ni solución

El DPA responde | Noviembre 7, 2023

Hola Álvaro,

Entendemos la situación que nos trasladas y lamentamos los inconvenientes causados por la demora de su solicitud tanto a nivel económico como personal.

En principio, y tal y como informamos en esta publicación, según el informe que se nos ha remitido al respecto, la Agencia Andaluza de la Energía está poniendo los medios necesarios para reducir, en la medida de lo posible, los plazos para agilizar la tramitación de solicitudes de ayuda del programa MOVES III, dándonos traslado de todas las medidas que se están desarrollando.

Al mismo tiempo hemos insistido a dicha Agencia en la urgencia en tramitar las solicitudes admitidas pendientes de resolver. Asimismo estamos haciendo un seguimiento de la situación en la que se encuentran las solicitudes pendientes.

Si se encuentra entre las que todavía no se han tramitado, puedes ponerte en contacto con nosotros dirigiéndonos un escrito de queja, con la documentación  que posea.

Puedes ponerte en contacto con esta Institución a través del teléfono 95212121 o utilizando las vías de contacto que figuran en el siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic.

Saludos.

Rocío Rodriguez... (no verificado) | Octubre 21, 2023

Adquirí un vehículo eléctrico en agosto de 2021, presentando la documentación para el moves3 el día 4 de octubre de 2021. En abril de 2022 se me concedió y un par de meses después se pudo justificar. Lleva justificada desde junio de 2022 y a día de hoy no ha cambiado de estado. Una auténtica estafa, han pasado 26 meses desde la compra, 24 desde la presentación de la solicitud.

El DPA responde | Octubre 26, 2023

Estamos haciendo un seguimiento de la situación  en la que se encuentran las solicitudes pendientes.

Si se encuentran entre las que todavía no se han tramitado puedes ponerte en contacto con nosotros dirigiéndonos un escrito de queja, con la documentación  que posea.

Puedes ponerte en contacto con esta Institución a través del teléfono 95212121 o utilizando las vías de contacto que figuran en el siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic.

MARIA ANGELES C... (no verificado) | Octubre 17, 2023

Con respecto al plan MOVES III he presentado oportunamente todos los documentos requeridos desde mi primera solicitud el 14/10/2023 así como todas la subsanaciones posibles. Resuelta el 29/07/2022 y justificación presentada y admitida el 25/05/2023 aún no he recibido el ingreso de los 5000€ solicitados.
Son más de 2 años desde la solicitud. La esperanza de recibir oportunamente el importe para asumir el coste del vehículo que adquirí y me ha ocasionado problemas de financiación y perjuicio en mis finanzas personales. He leído las explicaciones ofrecidas por el órgano competente de la gestión de las ayudas y, en ningún caso, nadie asume la responsabilidad por el perjuicio que me puede ocasionar el haber confiado en la resolución diligente y en tiempo razonable de lo que se ha publicitado sobradamente.
Manifiesto mi queja y agradecería me informaran, ya que no encuentro forma , del ingreso de la ayuda solicitada, probada y aprobada.

El DPA responde | Octubre 23, 2023

Hola María Ángeles:

Entedemos la situación que nos trasladas y lamentamos los inconvenientes causados por la demora de su solicitud tanto a nivel económico como personal.

En principio, y tal y como informamos en esta publicación, según el informe que se nos ha remitido al respecto, la Agencia Andaluza de la Energía está poniendo los medios necesarios para reducir, en la medida de lo posible, los plazos para agilizar la tramitación de solicitudes de ayuda del programa MOVES III, dándonos traslado de todas las medidas que se están desarrollando.

Al mismo tiempo hemos insistido a dicha Agencia en la urgencia en tramitar las solicitudes como la suya, admitidas pendientes de resolver.

Le indicamos que si en un tiempo prudencial, continúas sin tener respuesta de la Administración,  nos dirijas escrito informánfonos que aún no se ha resuelto el asunto.

Puedes ponerte en contacto con esta Institución a través del teléfono 95212121 o utilizando las vías de contacto que figuran en el siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic.

Saludos.

Cristobal Lopez (no verificado) | Septiembre 11, 2023

En mi caso la solicitud de ayuda para Plan Moves iii la presentó mi empresa de renting en junio de 2022 y a la fecha (sept 2023) no hay respuesta.

El DPA responde | Septiembre 14, 2023

Estimado Cristobal, sabemos de los retrasos y estamos a la espera de concluir el informe dirigido a la Agencia Andaluza de la Energía.

MJ (no verificado) | Septiembre 4, 2023

¿Hay alguna novedad sobre este tema?

El DPA responde | Septiembre 8, 2023

Estimado MJ pasamos tu consulta a los compañeros que llevan la queja para que se actualice la información en cuanto hay alguna novedad. Un saludo.

Para cualquier información más detallada os rogamos que utilicéis el enlace de presentar un escrito o queja: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario

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