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La Administración reconoce el derecho del dependiente con discapacidad a acceder a un centro residencial adecuado a su perfil, el Servicio de Atención Residencial para personas con discapacidad intelectual

Queja número 18/5046

El reclamante manifiesta el importante problema que sufren su hermano y él, a causa de la falta de un recurso adecuado para el primero, en virtud de su situación de dependencia.

Específicamente refiere el interesado que su hermano tiene reconocida una Gran Dependencia (Grado III), desde el año 2016, en virtud de su discapacidad mental, con un 65 % de valoración, pero carece del recurso que precisa, que concreta en un Centro Residencial.

Nos dice que su hermano precisa un Centro en régimen de residencia, dado que es necesario que se controle su medicación y sus actuaciones diarias y que, hasta la fecha, él ni siquiera puede irse tranquilo a trabajar porque su hermano toma la medicación de forma arbitraria, a pesar de que se la deja escondida.

Concluye resaltando la urgencia de que se tome una decisión, ya que hace años que la Administración debió haber asignado la plaza residencial oportuna.

Interesados ante la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, se nos informa que en fecha 7 de noviembre de 2018, tras la tramitación del correspondiente procedimiento para la revisión del PIA , se dicta resolución por la que se reconoce al afectado el derecho de acceso al servicio de atención residencial para personas con discapacidad intelectual “RGA Hermana Clara”, en Sevilla, como modalidad de intervención más adecuada de entre los servicios y prestaciones económicas previstos en función de su situación de dependencia.

A la vista de la información recibida, consideramos que el asunto por el que el interesado solicitaba la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz ha quedado solventado, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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