
PROGRAMA MÁS INFORMACIÓN SEPARATA MEDIACIÓN (PDF)
Hace ahora diez años que el Defensor del Pueblo Andaluz (dPA) impulsó un cambio de paradigma en la gestión de quejas, incorporando la mediación como punta de lanza de la cultura de paz en la institución. Esta metodología, basada en la voluntariedad de la participación, el diálogo y el consenso, se ha consolidado como sello distintivo en nuestra Comunidad Autónoma y como referente para otras defensorías del Estado.
A la luz de los resultados positivos obtenidos en los procesos de mediación y de la satisfacción mostrada por la ciudadanía y las administraciones, tanto locales como autonómicas, queremos celebrar una jornada de reflexión y debate sobre nuestro modelo de mediación.
La mediación del Defensor del Pueblo Andaluz (dPA), tras una década de experiencia, ha dotado a esta Institución de un enfoque directo, transversal y participativo, innovando frente a la tradicional mirada que resuelve los conflictos de manera unilateral. El cambio de paradigma que ha supuesto la mediación ha consistido en abrir un espacio para la autocomposición de soluciones por parte de administraciones y ciudadanía, apoyado en profesionales y técnicas mediadoras de la Defensoría.
|
Organizan: Defensor del Pueblo Andaluz Fecha: 15 de abrilde 2026 Lugar: Sevilla Fundación CajaSol (C/ Chicarreros, 1. 41001 Sevilla ) |
| P R O G R A M A : |
(descargar el programa en PDF)
08:30h. Recepción de asistentes y entrega de documentación
09:00h. Inauguración del acto.
- - D. José Antonio Nieto Ballesteros Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía.
- - D. Lorenzo del Río Fernández. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla
- - D. Jesús Maeztu Gregorio de Tejada. Defensor del Pueblo Andaluz
09:30h. “Mediación: por qué un modelo de intervención propio”
- - Dña. Marina Otero. Asesora del área de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz
Pausa - Café
10:00h. Mesa redonda "Experiencias de participación en procesos de mediación del dPA"
Modera: Dña. María José Ruiz. Asesora Técnica de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz
- - Dña. Pilar López. Asesora jurídica de colectivo de ciudadanía.
- - D. Raul Castilla. Alcalde de Sanlucar la Mayor (Sevilla).
- - D. Álvaro Burgos. Delegado Teritorial de Agricultura de la Junta de Andalucía en Huelva.
- - Dña. Nuria Sampedro. Jefa del Servicio de Asistencia Técnica y Urbanismo en la Delegación de Asistencia a Municipios y Emergencias de la Diputación Provincial de Granada.
- - D. José Antonio Cebrián. Asesor del área de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz.
Video de testimonios en la utilización de la Medicaión del Defensor
12:00h. Mesa redonda "Retos y desafíos para la mediación administrativa"
Modera: D. Daniel Romero Suárez. Asesor del área de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz.
- - D. Esteban Rondón. Director General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía.
- - D. Luis Miguel Blanco. Magistrado de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León.
- - D. Eduardo Candau. Consejero Asesor del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales
13:15h Cierre de la jornada.
Dña. Marina Otero. Asesora del área de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz
INSCRIPCIÓN:
-
A través del siguiente FORMULARIO (se confirmará la inscripción al mismo correo que figure en el formulario)
-
A través del teléfono: 955 427 872 indicando que quieren asistir a la jornada.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
Organiza:
![]() |
Colabora:






14 Comentarios
Excelente jornada para conocer hacia dónde avanzan en mediación y gestión eficaz de conflictos la Consejería de Justicia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el Defensor del Pueblo Andaluz y otros operadores institucionales.
Para los psicólogos que nos dedicamos a este ámbito, nuestra finalidad no se limita a alcanzar acuerdos entre las partes en conflicto, sino también a reducir el impacto psicológico que estos generan y, en muchas ocasiones, incluso a restaurar el vínculo entre las personas implicadas.
El pasado año, nuestro colegio profesional, el Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental, cumplió veinte años desarrollando un área específica de Psicología y Mediación.
Además, una parte esencial de nuestra labor es la educación social. Facilitamos herramientas que permitan a las personas gestionar sus propios conflictos, evitando la polarización y contribuyendo así a una transformación progresiva de la sociedad hacia una verdadera cultura de mediación. Enhorabuena por esta jornada tan productiva.
Quiero felicitaros por la JOrnada, ha sido muy interesante. Un abrazo
Buenos días.
Gracias María José. A lo largo de estos días vamos a actualizar esta página web con más información sobre la Jornada y sobre nuestra actividad en mediación. Un saludo
En el Ayuntamiento de Madrid contamos con la experiencia, que va avanzando favorablemente. Las profesionales que desarrollamos la labor de la mediación somos trabajadoras sociales, especializadas en Mediación. Se realizan mediaciones con la administración y entre particulares en las que participa también la administración. Los trabajadores sociales son profesionales que cuentan con las habilidades del manejo de los conflictos, capacidad de trabajar en equipo, favorecer la comunicación efectiva y poner en el centro a las personas, humanizando la adminsitración.
En nuestra experiencia la formación en la propia administración está ayudando a cambiar la visión de los profesionales de la administración
Muchas felicidades por el impulso de la mediación preventiva administrativa, seria deseable que se implemente en todos los municipios andaluces, precisamente ese era uno de los propósitos de nuestras jornadas. Algunas Diputaciones andaluzas están impulsándolo, pero para la ciudadanía solamente. Hay que avanzar con la participación de la administración también. “predicar con el ejemplo” y crear cultura en los conflictos en las relaciones cotidianas de la ciudadanía y su administración.
En cuanto a la formación de origen del mediador compartimos que puede serlo cualquier profesional bien formado y con las competencias necesarias y adecuadas en gestión y resolución de conflictos. Los trabajadores sociales ya traen de su formación de grado el impulso y como dices complementado con la formación especializada en mediación y su entrenamiento que es muy necesario.
Muchas gracias por la participación en las jornadas y por contactarnos
Sería conveniente que cuando en vía judicial se detecta que el requisito de procesabilidad se ha cumplido sólo a los efectos de admisión de la demanda (lo que está ocurriendo masivamente con la Oferta Vincalente y con la Conciliación), sin voluntad real de trabajar las partes el conflicto, el Juez derive en el proceso a la mediación intrajudicial.
Hola Mariola gracias por la aportación y compartir la experiencia de lo que detectas sobre las prácticas de los MASC. La propuesta que haces podría ser una opción, cuando el supuesto de hecho ocurra o se perciba, se pueda reconducir el asunto al espacio del intento genuino de gestión alternativa de conflicto donde un tercero lo promueva a través de la mediación. La parte negativa para la mediación es que nuevamente no llegarían las partes por su propia voluntad sino por decisión de otro. Seguro que te gustaría al cierre de la jornada, y compartir esta intranquilidad de muchos sobre la posición en la que queda la mediación con respecto a otros MASC.
En relación con estas jornadas de mediación quisiera comentar que desde el ayuntamiento de Alameda, se hizo solicitud para que se lleve a cabo la mediación por parte de la oficina del defensor del pueblo y robusto capital, fondo inversión que pretende desahuciar a un vecino de alameda "Xxxx" (persona con xxx xxxxxxxxxxxx xxx xx%). Mediación para intentar llegar a un acuerdo de adquisición del mismo, ya que ante notario han hecho vecinos de Alameda su compromiso de adquirirlo para cedérselo como una solución habitacional. Esta no se puede llevar a cabo por que no hay un mediador por parte del fondo de inversión. Es una situación muy dolorosa ya que es una persona totalmente dependiente que tiene la espada de Damocles de ser lanzado a la calle en cualquier momento, a pesar de poder encontrar una solución y no es posible por que el fondo de inversión no posibilita el realizar dicha mediación. Solicito como Alcalde de alameda, que por quién proceda se articulen esos espacios de diálogo entre las partes que eviten la situación tan dura que sufre Xxxx, más aun cuando existe un clamor de todas las vecinas y vecinos de Alameda ( se han recogido 4700 firmas de apoyo en un pueblo de 5000 habitantes) para hallar una solución que evite a Xxxx encontrarse en una situación aún más vulnerable, de la que ya se encuentra. Gracias y Un saludo.
Estimado alcalde como conoció en nuestra visita nuestra oficina quisiera poder impulsar un espacio de soluciones dialogadas y pactadas. Nos consta que el juzgado trata de promover en la misma línea, la limitación para este asunto de la mediación que es tan efectiva es la voluntariedad. Que al mismo tiempo es la esencia del proceso, querer sentarse. La mediación es un proceso esencialmente voluntario, para ir, para quedarse o no, y para acordar o no, las personas protagonistas del asunto y con capacidad de decisión. Deseamos poder intentarla pero necesitamos que todos los implicados quieran, dificultándolo un escenario que ya esta condicionado por su tramitación judicial.
LA MEDIACIÓN ADMINISTRATIVA DEBERIA VERSE COMO UNA VERDADERA SOLUCIÓN A LOS CONFLICTOS ENTRE ADMINISTRACION Y LOS PARTICULARES. LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINSITRATIVA FISCALIZA LA ACTUACION DE LA ADMINSTRACIÓN POR LO QUE NO RESUELVE EN SÍ EL PROBLEMA, SINO QUE OBLIGA A RETROTRAER LOS ACTOS ADSMINISTRATIVOS.
SERIA CONVENIENTE UN MARCO LEGISLATIVO DONDE SE VIESE LA MEDIACION/CONCILIACIÓN NO COMO UNA"CESIÓN" DE LA ADMINISTRACIÓN SINO COMO UN MEDIO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS QUE ARTUICULA UN MECANISMO MULTIDISCIPLINAR QUE AGILIZA LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES, ESCLARECIENDO LOS HECHOS Y FACILITANDO AL PARTICULAR EL CONOCIMIENTO TÉCNICO-JURIDICO DE LA REALIDAD DE SU PROBLEMA; EVITANDO EL INDESEABLE "SILENCIO ADMINSTRATIVO". SE FACILITARÍA ASÍ, ENORMEMENTE, LA POSIBILIDAD DE LLEGAR A ACUERDOS QUE PERMITIESE A LA ADMINSITRACIÓN ACTUAR DE FORMA AGIL Y EFICAZ.
Exactamente Juan Luis no lo podías explicar mejor¡ muchísimas gracias por tu valiosa aportación y potente conclusión
Considero que la Mediación Intrajudicial en Andalucía es ya una realidad, gracias al apoyo y soporte constante de la Junta de Andalucía (que en 2022 implantó en sede judicial los PIMAS, y en 2024 los SEMPAS, y en breve los SEMCAS). Aún así, aún hay reticencias por parte de muchos operadores jurídicos (pues teniendo la Ley de Mediación familiar andaluza desde 2009 y la de Civil y Mercantil desde 2012), se sigue hablando de "desconocimiento" y de que no "hay tal cultura", por lo que la Ley 1/25 ha venido a despertar conciencias: el sistema clásico de litigación ha variado, y es hora de dar plena confianza al proceso, y a la responsabilidad de las partes en la búsqueda de la mejor solución a sus conflictos, yendo más allá de un simple requisito de procesabilidad. Gracias a la Defensoría por tanto apoyo, soporte y formación durante años, y felicidades por iniciar el impulso del proceso en la jurisdicción administrativa.
Muchas gracias Mariola, efectivamente Andalucía tiene un gran apoyo en sus juzgados con los servicios implementados desde 2022, también es de celebrar¡ toda apuesta por la mediación es necesaria y también la contenciosa que es la que pretendemos impulsar tras 10 año de mediación en la mediación admirativa preventiva. Todos tenemos que seguir avanzando ¡¡¡ lo importante es estar en marcha, claro que si¡
En mi práctica profesional he tenido recientemente **dos experiencias de mediación empresarial especialmente satisfactorias**, que considero de interés para su análisis durante la jornada.
En el primer caso, un cliente acudió a mi Despacho con varias reclamaciones judiciales por **impago de deudas**, algunas de las cuales habían sido inadmitidas por no cumplirse correctamente el requisito de procedibilidad (se omiten nombres de empresas por confidencialidad). Una de las deudas ascendía a **100.000 €**, respecto de la cual se había enviado una oferta vinculante sin obtener respuesta, iniciándose posteriormente la vía judicial.
Se decidió iniciar paralelamente un proceso de **mediación empresarial**, contactando con el departamento jurídico del grupo empresarial de la sociedad deudora. Lo primero fue celebrar una **sesión informativa**, ya que, pese a tratarse de grandes empresas, existe todavía un notable desconocimiento sobre la mediación. Se explicó su carácter confidencial, su flexibilidad y su valor para **preservar las relaciones comerciales**, permitiendo además soluciones creativas.
El asesor jurídico de la empresa deudora reconoció que debieron haberse sentado antes a negociar, que la mediación era un buen gesto y que estaban conformes con los servicios prestados por el acreedor, al que consideraban un proveedor “esencial”. Su objetivo era alcanzar una **solución integral**, incluyendo la parte ya judicializada y la pendiente de ampliación, **sin aplicar quitas**, abonando la totalidad de la deuda.
No obstante, la empresa se encontraba inmersa en un **proceso de reestructuración bajo un Plan de Viabilidad (art. 805 TRLC)**, lo que exigía máxima confidencialidad. Estimaban que, una vez cerrado el plan, podrían liquidar la deuda íntegra entre abril y mayo del próximo año. Se puso de manifiesto que un acuerdo voluntario permitiría al acreedor **asegurar el cobro íntegro en 4-5 meses**, frente a los **2-4 años** que podría suponer un procedimiento judicial con su ejecución, y siempre condicionado a la recuperación de la empresa, por lo el ahorro en tiempo y la posibilidad de adelantar el resultado de la Sentencia mediante una acuerdo ha resultado para ambas empresas un exito.
El segundo caso fue una mediación para la **recuperación de una deuda con una empresa rusa**, que no daba señales de vida. La mediación se inició a través de **WhatsApp**, utilizando herramientas de **traducción mediante IA**, lo que permitió salvar la barrera idiomática. A día de hoy, existe un **acuerdo firmado** y el deudor ha abonado ya el **primer plazo**.
Ambos casos muestran cómo la mediación empresarial, incluso en contextos complejos y transnacionales, puede ser una herramienta **eficaz, ágil y realista** para la resolución de conflictos y la recuperación de deudas.