Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 21/5131 dirigida a Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo
En esta Institución se vienen recibiendo quejas y consultas planteando dudas de legalidad y disconformidad con el nuevo criterio de ordenación de desempate para las ofertas públicas de empleo gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) adoptado por dicho organismo, tras la aprobación de la Instrucción 2/2021 de la Dirección-Gerencia del SAE, por la que se establecen los criterios de ordenación general para la gestión de candidaturas en ofertas registradas en el sistema de intermediación laboral del Servicio Andaluz de Empleo y se modifica la Instrucción 3/2020, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las ofertas públicas de empleo.
En la instrucción Segunda, apartado 3. de la referida Instrucción se desarrollan los criterios a aplicar para desempates en el caso de ofertas de empleo gestionadas con difusión, en los términos siguientes:
“3. Como criterio de desempate, una vez aplicados los dos anteriores, se utilizarán dos valores aleatorios, que de forma automática se generan para cada oferta en el momento de su registro, sin que sea posible su modificación posterior. Estos valores serán publicados en el anuncio correspondiente a la oferta difundida y se aplicarán de la forma siguiente:
3.1. Un valor numérico aleatorio en el margen entre el 0000000 y el 99999999, que servirá como dígito de ordenación a partir del NIF/NIE de las candidaturas de manera que, se ordenará con mayor prioridad aquella candidatura cuyo NIF/NIE coincida exactamente con el dígito aleatorio calculado, y el resto se ordenarán en de manera ascendente, desbordando esta ordenación al llegar al 99999999 continuando por el 00000000. Las candidaturas que participen en este proceso con un NIE, lo harán a partir de la parte numérica de éste, y completándolo con un dígito 0 por la derecha. Esto se hace para completar con los 8 dígitos necesarios para que la ordenación sea neutral con todas las candidaturas.
3.2. Un segundo valor aleatorio alfanumérico calculado entre la A (mayúscula) y la Z(mayúscula), que servirá como criterio de ordenación por la letra del NIF/NIE, deforma ascendente, desbordando la Z por el carácter A, para aquellos casos en los que dos candidaturas compartan el mismo número de NIF/NIE”.
Las personas que se han dirigido a la Institución en relación con este asunto mantienen que la aplicación de este algoritmo relacionado con el NIF/NIE de las personas inscritas en las ofertas en difusión para desempatar es injusto y no garantiza la igualdad de oportunidades de todos los inscritos en orden a desempatar y configurar la ordenación de éstos, en aras a ser tenidos en cuenta sus candidaturas en el posterior proceso de selección de las plazas o puestos ofertados.
Consideran que ello es así, “porque la distribución de los números de NIF/NIE no es homogénea ni proporcionada en el rango numérico (0000000 – 99999999). Por ejemplo, se da una concentración muy alta de número de DNI en Sevilla, que comienzan por 27, 28 y 29, y por tanto un DNI de otra provincia menos habitada, con otra numeración, o más alejado de esta concentración se puede encontrar perjudicado o beneficiado según el algoritmo que se asigna por el sistema informático cuando se registra la oferta en difusión”.
De modo más concreto, una de las personas que se ha dirigido a esta Defensoría en relación con dicho asunto, expone que “no habría problema si esto solo pasara con las ofertas en las que el número aleatorio estuviera muy cercano a los 27000000, pero la realidad que vengo observando en las ofertas en las que me estoy inscribiendo (todas las ofertas para todas las provincias para Funcionario interino asimilado al Cuerpo Superior Facultativo de Ingenieros Industriales A1. 2004) es que cuando el número aleatorio empieza por 98, 05, 14, 20, 23, 25 o similar, nunca salgo como candidato preseleccionado con mi DNI que empieza por el número 45 (expedido en El Puerto de Santa María) y sospecho que la razón es que los inscritos en la oferta con números de DNI muy comunes por ser de provincias muy pobladas (como me consta que es el caso de Sevilla y desconozco si el de alguna provincia andaluza más) agotan enseguida el número de candidatos que se preseleccionan por el SAE”.
En el preámbulo de la Instrucción 2/2021 se justifican los cambios introducidos en la misma en la necesidad de “dar un paso más en los criterios que se aplican para ordenar las candidaturas que se inscriben en estas ofertas, garantizando que ninguna incidencia de tipo tecnológico que afecte a la disponibilidad de los servicios web o dificultades de acceso a Internet por parte de las personas usuarias, puedan condicionar la posibilidad de inscripción y posicionamiento de una candidatura en una oferta de empleo”.
A partir de esa necesidad de mejora se dicta la referida Instrucción que incorpora un nuevo criterio para aplicar “en los casos en los que la ordenación, según la adecuación al perfil del puesto y la disponibilidad para ofertas de empleo, no sea suficiente para ordenar las candidaturas inscritas en una oferta en difusión, de cara a determinar el número de personas candidatas a enviar a la entidad empleadora, atendiendo al número de curriculum por puesto solicitado en el formulario de oferta”.
Sin embargo, las personas que se han dirigido a esta institución en relación con este asunto, consideran que “aunque un algoritmo genera aleatoriamente “un valor numérico aleatorio en el margen entre el 0000000 y el 99999999, que servirá como dígito de ordenación a partir del NIF/NIE de las candidaturas” y “un segundo valor aleatorio alfanumérico calculado entre la A (mayúscula) y la Z (mayúscula), que servirá como criterio de ordenación por la letra del NIF/NIE”, este método sigue sin garantizar el principio de igualdad reconocido constitucionalmente para el acceso a la función pública por una mera cuestión matemática”.
En conclusión, las personas interesadas nos trasladan que el sistema les otorga menos probabilidades de ser seleccionadas incluso antes de que se genere aleatoriamente el número de desempate como consecuencia de la propia distribución de la población andaluza.
Ante este contexto, solicitan la intervención de esta Institución al considerar que el sistema “es injusto y no garantiza la igualdad de oportunidades de todos los inscritos por un motivo puramente matemático, la distribución de la variable que constituye mi número de DNI” y solicitan la modificación de los criterios de ordenación de los demandantes inscritos en las ofertas, o la forma de proceder al “sorteo” de quienes deben ser los preseleccionados.
Por cuanto antecede, y teniendo en cuenta los hechos reseñados, y ante la posible afectación de los derechos de las personas que pudieran resultar perjudicadas por la situación descrita, se ha iniciado actuación de oficio en aplicación de lo establecido en el art.1.1, en relación con el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz y nos hemos dirigido a la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo a fin de que nos informen sobre las cuestiones expuestas que pudieran afectar a los derechos que se derivan para la ciudadanía de los artículos 23.2, 35 y 103.1 de la Constitución Española y de los artículos 26 y 133.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, solicitando que se nos remita información al respecto, a la mayor brevedad, de conformidad a lo establecido en el art. 18.1 de nuestra Ley reguladora.
32 Comentarios
Hola Otro Apaleado;
Para poder informarte cómo podemos ayudarte ante esta cuestión que nos planteas debes remitirnos escrito en el que concretes las circunstancias en las que se están produciendo estos hechos, el órgano administrativo que está motivando la misma y, en su caso, si has dirigido escrito de denuncia al mismo.
Nuestras vías de contacto son las siguientes: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic
Con objeto de agilizar la tramitación, si no utilizas la vía de la sede electrónica (para la que es necesario tener firma electrónica), te recomendamos que acompañes copia de toda la documentación que poseas sobre esta cuestión y, en especial, escrito firmado con todos tus datos personales.
Si tienes dudas puedes llamarnos al teléfono 954 21 21 21.
Saludos,
La situación injusta descrita es más que evidente.
No se entiende que con los recursos de los que dispone el SAE no sean capaces de detectarlo y diseñar un sistema más eficiente y justo.
Y partimos de la base que se quiere diseñar un sistema ALEATORIO para proveer candidatos a un puesto de trabajo, hecho que es en sí un despropósito. La selección debería hacerse en base a méritos.
Bueno, Dímelo a mi, que después de presentarme muchas veces a ofertas del SAE, finalmente resulto candidato a un puesto de trabajo, en el que demuestro tener mas experiencia en el sector y mas formación relacionada (Lo se porque en mi pueblo estamos unos 7000 habitantes y nos conocemos todos). Pues Bien, llevando un currículo echo a medida al puesto, demostrando la experiencia con certificados oficiales, y presentando los cursos de formación que me preparan aun mas para el puesto, e incluso el certificado de "no delitos sexuales" resulta que le dan el puesto a dos personas que lo único que llevaron fue la copia de la oferta que publico el Sae con la citación a la entrevista. Cuando me entere por el SAE de la resolución (por que ellos, el Ayuntamiento, ni se molestaron en decirme la el resultado ni entregarme el papel que se debe entregar después de la entrevista en el SAE) le pedí explicaciones al Concejal de empleo. Y la respuesta fue, precisamente, que no me cogieron porque todo el mundo tiene derecho a trabajar para el ayuntamiento (yo entiendo de que se refería a sus amigos) y por eso no cogieron al mas preparado, sino que cogieron al amigo de cubatas en la adolescencia del encargado de valorar en la entrevista). Y estoy hablando de un puesto en el que se trabaja con niños haciendo deporte, y en los que hay que estar al cargo de unas instalaciones en las que se debería valorar la formación en primeros auxilios y extinción de incendios, algo que yo si domino y los otros candidatos elegidos no, además de mas de un año de experiencia en el sector .
Esta claro que el método que mantiene el SAE para otorgar Empleo publico beneficia a los corruptos, porque cuando fui también a la oficina del SAE a explicarle lo sucedido, ellos me dijeron que no podían hacer nada, y que no hay forma de denunciar estas irregularidades, es decir se convierten en colaboradores necesarios para realizar estas irregularidades. Y cuando les pedí que me dijeran que motivos había puesto el ayuntamiento para desecharme a mi o para seleccionar a los otros me contestaron que fue un simple: "Otros motivos". En fin, echo sucedido en un pueblo de Andalucía como cualquier otro.
Esto es una estafa, aqui ha tongo, si a antes era difícil que te llamaran ahora menos todavía, parece que nos lo hacen mas mas difícil a los que queremos trabajar.....
Buenos días, quisiera presentar una queja por el modo de selección de candidatos para las ofertas del SAE, y que como puedo comprobar no soy la única, todo se resume a que tengas la suerte ("loteria"), de que tu número de DNI., coincida con el número aleatorio publicado en la oferta, y que cumplas unos requisitos mínimos para poder inscribirte, que tengas en tu demanda la ocupación por la que se solicita el puesto que se reduce a 6, que pienso que ya que todo se reduce al número aleatorio, no debería haber máximo de ocupaciones y poder inscribirte en la que te interese en ese momento. Aparte pienso que se podía publicar el listado de los solicitantes que han accedido al puesto en oferta, por supuesto aplicando la ley de protección de datos, que seguro existe algún modo de hacerlo, para que todo quede bien claro, y todos los demandantes al menos inscritos en las ofertas, podamos saber que todos los criterios se han cumplido, sobre todo los relativos al número aleatorio.
Encantada de saludarles...., bueno, encantada a la vez que ATÓNITA tras leer el presente artículo, pues andaba buscando en Google precisamente "QUÉ SIGNIFICA" este texto que ahora aparece de nuevas para mi en los anuncios de empleo ofertado por el propio SAE cuando me he topado con esta publicación del defensor del pueblo andaluz que en lugar de aclarar mi duda me ha dejado perpleja del todo, como digo, pues aún estoy más perdida al no entender exactamente QUÉ FIN TIENE, POR QUÉ MOTIVO, EN QUÉ MOMENTO, ENTRE QUIENES....etc, SE PRODUCE EL SUPUESTO DESEMPATE EN CUESTIÓN que estos números y letra tienen la misión de solventar....¿¿??
Me explico, partiendo de mi desconocimiento absoluto de que hubiera que desempatar en alguna fase del proceso de nuestra candidatura como desempleados a una oferta de trabajo publicada por el SAE, de repente me encuentro con esta info contenida en el anuncio de empleo del SAE a modo de aviso que nunca antes había visto en este tipo de anuncios y me entero de golpe que dicho texto responde a un DESEMPATE que hay que realizar y del que tampoco tenía ni idea de que podía tener que llegar a realizarse ni por qué, ni para qué, ni entre quién..., y lo peor, o mejor dicho, lo que me ha dejado en shock concretamente, es que de la lectura de este artículo he deducido, como digo desde mi absoluto desconocimiento previo del supuesto escenario, QUE NI SIQUIERA TODOS LOS CANDIDATOS PRESENTADO O INSCRITOS A UNA OFERTA DE TRABAJO TIENEN LA POSIBILIDAD O DERECHO DE SER INCLUIDOS Y EVALUADOS PARA DICHA OFERTA por el mero hecho de haberse postulado ¡¡¡¡!!!! Díganme.... ¿es esto así? ¿sólo deciden evaluar o incluir como candidatos a un numero x del total de personas inscritas a la oferta? ¿en serio? y de ser así... ¿por quéééé??? ¿porque no tienen ganas suficientes, o tiempo o ánimos o no es su obligación evaluar la candidatura de todos los postulantes una por una para rehazar, en todo caso, la que no reuna de primeras los requisitos exigidos para participar en el proceso? ¿tienen que limitar el número de candidatras por alguno de estos jod...... motivos? ¿eso es lo que significa todo este rollo del desempate??? ¡¡O ESTOY EQUIVOCADA!!? Por favor, díganme que estoy equivocada, que me he ido por los cerros de Úbeda, que no me he enterado donde hay que desempatar y por qué....
Yo siempre he estado convencida de que tanto si se presentan 5 como si se presentan 5000 candidatos a una oferta del SAE, todos ellos, siempre que cumplan con los requistos mínimos imprescindibles requeridos que marca la propia oferta, serían incluidos para ser evaluados o entrevistados...o en definitiva, entrar a formar parte del proceso de selección para el puesto, ya que como preselección o primera criba está la propìa inscripción RESTRINGIDA que permite exclusivamente el registro de los perfiles que se ajusten a unos criterios determinados y, por otra parte, el hecho de permanecer tan sólo tres días en activo este tipo de ofertas de empleo publicadas a diferencia de las de índole particular o privado que se quedan expuestas de forma fija en el tablón de anuncios del SAE.... Pero ya digo, con esto del desempate, si resulta que de verdad es tal y como he entendido al leer este artículo, si esta gente se quita de encima a candidatos correcta y legitimamente inscritos por alguna causa sin justificación licita como el que sean demasiados en número, por ejemplo..... de verdad que es lo que me faltaba ya por ver en todo este circo de terror que tenemos montado en España....
Así que si alguien fuera tan amable de ayudarme con este interrogante se lo agradecería... ¡¡salud y suerte!!
Hola MariARTera;
Te agradecemos los comentarios que nos trasladas. Como ves, en la queja de oficio que hemos abierto recientemente hemos tenido en cuenta comentarios que nos han trasladado y que nos han servido para conocer la visión de la ciudadanía en esta cuestión.
Hemos dado cuenta de tu comentario al área que tramita la queja. En todo caso, si quieres conocer mejor la tramitación de esta actuación de oficio, te sugerimos que nos remitas un escrito trasladándonos tus reflexiones y, sobre todo, tus datos de contacto.
Para ello debes hacernos llegar un escrito de queja a través del siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario aportando, en su caso, la documentación que tengas.
Saludos,