El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

Informarán del proceso a familias afectadas por expropiación municipal para trazado de nuevo vial

Queja número 21/2486

La persona interesada, en su nombre y en representación de los vecinos afectados por unas expropiaciones forzosas de viviendas que iba a llevar a cabo el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda para la construcción de un vial, exponía lo siguiente:

(...)

Ésto es un proyecto que viene reflejado en el Plan General de Ordenación Urbana de la localidad, del cual ya teníamos conocimiento desde hace unos años. Dicho desarrollo del citado plan ha estado parado durante años, pero a mediados del pasado mes de febrero la Gerencia Municipal de Urbanismo de la localidad nos citó a los vecinos afectados (unas 5 familias), para informarnos sobre la ejecución inminente de las obras del trazado del nuevo vial o calle, la cual pasaría por donde tenemos nuestras viviendas en las cuales es donde residimos como primera vivienda y vivienda habitual.

En la citada reunión se nos informó del importe aproximado del justiprecio con el cual seriamos indemnizados por dicha expropiación, cantidades que ronda entre 50.000 a 70.000 euros por vivienda, a la cual nos negamos ya que con esos importes no nos da para la compra de viviendas de similares característica en la zona, por ser una zona cara a consecuencia de su cercanía a la playa y zona turística.

Tras ponerle por nuestra parte todas las soluciones posibles encima de la mesa a los representantes del ayuntamiento para que nos resolvieran esta solución y dar una salida razonable a éste problema que nos afecta, ellos llegaron a la conclusión que nos fuéramos de alquiler a viviendas sociales que poseía el ayuntamiento en distintas zonas de la ciudad, a lo cual también nos negamos ya que no vamos a pagar un alquiler con nuestro dinero por unas expropiaciones de casas las cuales ya están pagadas desde hace años.

Dicho alquiler es inviable para la mayoría de las familias afectadas, ya que son personas jubiladas con pensiones mínimas que no pueden hacer frente a tal situación.

Estos días atrás hemos recibido una carta de la Gerencia Municipal de Urbanismo para ofrecer esas viviendas de alquiler el cual tendríamos que pagar de nuestro propio bolsillo, dicho alquiler no satisface las necesidades de las familias afectadas ya que en el caso de mi familia y de otras más, las cuales estamos compuesta por 4 miembros, se nos ha ofrecido una vivienda de un solo dormitorio y dicho alquiler social solo se ofrece a los padres, de los hijos no se menciona que tengamos derechos a ése alquiler, en este grupo de afectados se encuentran personas mayores y menores.

Nuestra reivindicación es que exigimos que se nos de unas viviendas de similares características a la que se nos expropia o se valoren en un precio razonable para poder hacer frente a la compra de una vivienda de similares características en la zona en la cual residimos, en el caso particular de mis padres desde hace más de 60 años.

Otra reivindicación a tener en cuenta es que no vamos a pagar ningún tipo de alquiler, ya que nosotros poseemos nuestras propias viviendas en propiedad sin hipotecas ni cargas vigentes.

(...)”

Admitida la queja a trámite, en base a los artículos 18.1 y 19.1 de la Ley reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz (Ley 9/1983, de 1 de Diciembre), solicitamos formalmente la colaboración del citado Ayuntamiento mediante la remisión del informe junto a la documentación oportuna que permitieran el esclarecimiento de los motivos de la queja tramitada.

En la respuesta emitida se nos indicaba que, efectivamente, en febrero de 2021 se mantuvieron reuniones con los afectados con objeto de comunicarles la necesidad de retomar de forma inmediata el proyecto, que por el tiempo transcurrido se procedería al archivo del anterior expediente expropiatorio y que se retomaría con la valoración de los suelos conforme a la normativa vigente actualmente para su valoración. Se dieron unos valores aproximados de las fincas y se comentaron la posibilidades reales de realojo de que el Ayuntamiento disponía en la actualidad.

Manifestaban que les coincidió por aquella fecha que la Junta de Andalucía estaba completando la ejecución de unas vivienda sociales en la zona. El hecho de ser afectados por un expediente expropiatorio les confería un carácter preferente en el Registro de Demandantes de Vivienda, así pues, desde el Departamento de Vivienda de la Gerencia municipal se les notificó la posibilidad de adjudicación de alguna de esas viviendas, en el caso de que pudieran adaptarse a sus necesidades, requiriéndoles para que manifestaran de forma fehaciente su voluntad de ser adjudicatarios de una de ellas, manifestando todos los afectados por escrito su renuncia a las mismas.

Una vez archivado el expediente expropiatorio anterior, se comenzó a trabajar en el nuevo documento, detectándose durante los trabajos de redacción del proyecto expropiatorio que existía una discrepancia entre la delimitación de esta actuación y la de la Unidad de Ejecución contigua, asimismo, se realizó un levantamiento topográfico de las fincas afectadas con una tecnología de la que la Gerencia no disponía en el momento de redactar el Estudio de Detalle aprobado y que implicaba la necesidad de revisión del límite Sur de la actuación para ajustarlo a límites de propiedad. Estas dos circunstancias habían hecho necesaria la redacción y tramitación de la Modificación nº1 del Estudio de Detalle, la cual se encontraba, en esos momentos, en tramitación.

Una vez aprobado definitivamente este Estudio de Detalle se procedería a la tramitación del correspondiente expediente expropiatorio en el que se determinaría el justiprecio conforme al Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo. Durante su tramitación se dispondrá del preceptivo período de información pública, en el que se podrá formular cuantas cuestiones se estimen convenientes, especialmente en lo que concierne a titularidad o valoración de sus derechos. Asimismo, una vez informadas las alegaciones y aprobado el expediente, se dispondrá de plazo para manifestar su disconformidad con la valoración aprobada, de lo que se dará traslado, en su caso, a la Comisión Provincial de Valoraciones a efectos de la fijación del justiprecio.

En vista de la información anterior, considerando que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

0 Comentarios

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía